Última revisión
19/09/2022
Revision, Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de LAVANDERIAS INDUSTRIALES (35001435011978) de Las Palmas
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022 en adelante
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Acuerdo suscrito por los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Provincial del SECTOR DE LAVANDERÍAS INDUSTRIALES DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS, de fecha 29/04/2022 para la firma de la prórroga del texto del Convenio Colectivo. (Boletín Oficial de Las Palmas num. 113 de 19/09/2022)
Convenio o Acuerdo: LAVANDERÍAS INDUSTRIALES DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS.
Expediente: 35/01/0104/2022.
Fecha: 12/09/2022.
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN.
Destinatario: INOCENCIO GONZÁLEZ TOSCO.
Código 35001435011978.
VISTO el Acuerdo suscrito por los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Provincial
del SECTOR DE LAVANDERÍAS INDUSTRIALES DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS, de fecha
29/04/2022 para la firma de la prórroga del texto del Convenio Colectivo vigente, hasta el día 31/12/2022, anexando
a la misma las “Tablas Salariales prorrogadas para el año 2022”, con efectos retroactivos al 01/01/2022
VISTO el informe emitido por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la provincia de Las Palmas de
fecha 22/08/2022 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de
23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE número
255, 24/10/15), en el Real Decreto 713/2010,de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos
Colectivos de trabajo; así como en el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo
del Gobierno de Canarias, aprobado por el Decreto 9/2020, de 20 de febrero, (BOC número 44, de 04/03/2020),
esta Dirección General de Trabajo,
ACUERDA
PRIMERO. Ordenar la inscripción del Acuerdo de prórroga del Convenio Colectivo Provincial del “SECTOR DE LAVANDERÍAS INDUSTRIALES DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS”, suscrito por la comisión negociadora, hasta el día 31/12/2022, anexando al mismo las “Tablas Salariales para el año 2022”, en el Registro Territorial de Convenios Colectivos como anotación del Convenio número 2865 y su notificación a la Comisión
Negociadora.
SEGUNDO. Depositar el texto original del mismo en el Servicio de Promoción Laboral, de esta Dirección
General de Trabajo.
TERCERO. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
EL DIRECTOR GENERAL DE TRABAJO, Alejandro Ramos Guerra.
ACTA MESA NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LAVANDERÍAS INDUSTRIALES DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS.
Siendo las 09:30 horas del día 29 de abril de 2022, en los locales de CECAPYME, sitos en la calle Reyes Católicos, número 35 en Las Palmas de Gran Canaria, se reúnen las siguientes personas:
POR LA PARTE EMPRESARIAL:
DOÑA ANA MOTOS CANO, POR LAVANDERÍA SELAVA.
DON CELESTINO FALCÓN LOZANO, POR LAVANDERÍA ROLOFA.
DON JOSÉ JUAN FALCÓN LOZANO, POR LAVANDERÍA ROLOFA.
DON SIMÓN DÍAZ SANZ, POR LAVANDERÍAS MECÁNICAS CRISOL.
DON MARIO ROMERO MANRIQUE DE LARA, POR ILUNION LAVANDERÍAS DE CANARIAS.
DON ANTONIO SANTANA CRUZ, POR LAVANDERÍA LOS MOCANES.
DON SANTIAGO HERNÁNDEZ LÓPEZ, POR LAVANDERÍA MOGÁN.
ASESOR:
DON JUAN ANTONIO RODRÍGUEZ MONTESDEOCA.
POR LA PARTE SOCIAL:
POR COMISIONES OBRERAS:
DON FCO. JAVIER RODRÍGUEZ DEL ROSARIO, CRISOL.
DOÑA RAFAELA NURIA SAAVEDRA ALEMÁN, CRISOL.
DOÑA CLARA ISABEL OJEDA MARTÍNEZ, CRISOL.
DON OLEGARIO SANTANA HERRERA, CRISOL.
DOÑA MAGNOLIA JIMÉNEZ MARTÍN, CRISOL.
DON RAFAEL J. RODRÍGUEZ DEL ROSARIO, CRISOL.
DOÑA SABRINA C. HERNÁNDEZ RAMÍREZ, CRISOL.
DOÑA CINTIA GONZÁLEZ PERDOMO, CRISOL.
DON LUIS ADAME LÓPEZ, ILUNION.
DON JONATHAN TAISMA SUÁREZ, ILUNION.
DON AITOR ALEJANDRO HARDT CHININO, ILUNION.
DON JUAN JOSÉ FRANCO DÍAZ, ILUNION.
DON FERNANDO SALVADOR DOS SANTOS FALCÓN, ILUNION.
DON PEDRO JESÚS DELGADO HERNÁNDEZ, ILUNION.
DON JOSÉ CRISTÓBAL PALENCIA VERDE, ILUNION.
ASESOR:
DOÑA ELSA POSADA SANTANA.
Los asistentes se reconocen mutuamente, tanto a ellos como, a las organizaciones que representan, la capacidad y legitimación suficientes para el presente acto.
Todos los asistentes acuerdan por unanimidad lo siguiente:
1) Prorrogar el Convenio hasta el 31 de diciembre de 2022.
2) Crear una Comisión de texto para ir adaptando el texto del Convenio a la nueva Normativa Laboral y RealesDecretos que nos son de aplicación.
3) Una subida salarial del 2.5%, con efecto retroactivo al 01/01/2022. Se adjuntan las tablas salariales de aplicación a la presente acta como Anexo I.
4) La patronal y empresas representadas se comprometen al abono de los atrasos que pudieran corresponder conjuntamente con la nómina del mes siguiente a la firma del presente documento.
Para aquellas categorías profesionales insertadas en las tablas salariales que en cómputo anual no alcancen
la retribución correspondiente al SMI (BOE número 46) se aplicará el correspondiente Plus a cuenta SMI del vigente Convenio que en su Disposición Final señala:
Este complemento salarial retribuirá, en su caso, las posibles diferencias salariales existentes entre las retribuciones brutas anuales del Convenio Colectivo de Lavanderías Industriales de la Provincia de Las Palmas más las retribuciones y complementos recogidos en el punto 3 y el Salario Mínimo Interprofesional aprobado por el Gobierno para cada año.
1. Este complemento retributivo que en esta disposición final se pacta, trae causa de la subida del Salario Mínimo Interprofesional publicada en el BOE número 46 de 26 de febrero de 2022 (R.D. 152/2022 de 22 de febrero).
2. Las condiciones pactadas en esta disposición final forman un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación, serán consideradas globalmente, no admitiéndose por consiguiente aplicación parcial de sus pactos.
3. Las empresas abonarán a las personas trabajadoras, en concepto de “Plus SMI”, la diferencia existente, conforme a las siguientes reglas:
CONCEPTOS A EFECTO DEL CÁLCULO
Se adicionarán para el cálculo todos los ingresos que por todos los conceptos viniesen percibiendo los trabajadores en cómputo anual, incluidos los complementos salariales a los que se refiere el artículo 26.3 del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre.
FORMA DE PAGO
El abono del Plus SMI en su cuantía anual se efectuará mediante su prorrateo en doce pagas, es decir, en las doce mensualidades ordinarias.
• Las cuantías en los casos de jornada parcial se abonarán en la proporción correspondiente.
En prueba de su conformidad firman la presente acta en la representación que ostentan, las personas antes reseñadas.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levantó la sesión, siendo las 13:00 horas del día arriba indicado, firmando todos los asistentes en prueba de conformidad
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, siendo las 12:00 horas del día arriba indicado, firmando todos los asistentes en prueba de conformidad.
TABLA SALARIAL CONVENIO DE LAVANDERÍAS INDUSTRIALES DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS PARA EL AÑO 2022
(TABLA OMITIDA. VER PDF)
