Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE LA MADERA Y CORCHO (VENCIDO. Ver 8...5011981) de Alicante
Convenios
Convenio Colectivo de Sec...e Alicante

Última revisión
22/11/2013

Calendario. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE LA MADERA Y CORCHO (VENCIDO. Ver 80100085012017) (03000355011981) de Alicante

Sector Provincial. Validez desde 01 de Enero de 2014 en adelante

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min

Actualizacion del calendario laboral del Convenio Colectivo de ambito provincial de industria de la madera y corcho de alicante para el año 2.014 (Boletín Oficial de Alicante num. 223 de 22/11/2013)

Preambulo

Habiéndose depositado en esta Dirección Territorial de Economía, Industria, Turismo y Empleo el Acta de la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de ámbito provincial de INDUSTRIA DE LA MADERA Y CORCHO DE ALICANTE, celebrada el día 4 de los corrientes, en la que se acuerda actualizar el calendario laboral del Convenio Colectivo para el año 2.014 y que ha sido inscrita en el Registro de Convenios de esta Dirección Territorial, procede su publicación inmediata en el Boletín Oficial de la Provincia.Alicante a 18 de Noviembre de 2.013

EL DIRECTOR TERRITORIAL DE ECONOMIA INDUSTRIA, TURISMO Y EMPLEO

Rafael Muñoz Gómez

ACTA DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE INDUSTRIAS DE MADERA Y CORCHO DE LA PROVINCIA DE ALICANTE.

ASISTENTES

Por la parte social:

Por FECOMA-CC.OO.:

D Jorge Garcia Veloso

D Javier Alandes Garcia

D Miguel Montalban Gamez

D Juan Antonio Menarguez Garri

D. Miguel Angel Martínez Jiménez

Por MCA-UGT:

Dª Loli Gallego Carrasco

D. Adolfo Durán Guaza

Dª Cristina Aparicio Gómez

Por la parte empresarial:

Dª Nuria Atiénzar Pérez

En Alicante, siendo las diez horas del día cuatro de noviembre del año dos mil trece, en los locales de AEMMA, y con la asistencia de los señores reseñados al margen, tiene lugar la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Industrias de la Madera y Corcho de la provincia de Alicante, con el siguiente único Punto del ORDEN DEL DÍA:

- Establecimiento del calendario laboral para el año 2014.

Tomando como referencia la jornada anual del año 2013, de 1752 horas, recogida en el IV Convenio Estatal de la Madera, se establece el mismo número de horas como jornada anual para 2014, sin perjuicio de lo que se acuerde al respecto en el Convenio Estatal de la Madera.

El posible exceso podrá compensarse con el disfrute como días libres y remunerados, con preferencia a otros de los siguientes:

- 2 y 3 de enero; 17 de abril; 2 de mayo; 10 de octubre; y 24, 26 y 31 de diciembre.

Este cómputo anual de días se ha realizado suponiendo que ninguna festividad patronal coincida en sábado ni con los días anteriormente señalados en el calendario del año 2014, y bajo el supuesto de que en el periodo de vacaciones se den 22 días laborables, y la jornada sea de ocho horas por día.

Las partes se emplazan al próximo día 13 de noviembre, para revisar la tabla salarial de grupos que entrará en vigor el 1 de enero de 2014.

La Comisión Negociadora faculta a Miguel Montalbán Gámez para la presentación de la presente acta en la Dirección Territorial de Trabajo.

*1321640*