Convenio Colectivo de Sector de OCIO EDUCATIVO Y ANIMACION SOCIOCULTURAL (28102145012018) de Madrid
Convenios
Convenio Colectivo de Sec... de Madrid

Última revisión
18/11/2019

Revision. Convenio Colectivo de Sector de OCIO EDUCATIVO Y ANIMACION SOCIOCULTURAL (28102145012018) de Madrid

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Octubre de 2019

Tiempo de lectura: 8 min

Tiempo de lectura: 8 min

Documento oficial en PDF(Páginas 34-36)

RESOLUCION de 14 de octubre de 2019, de la Direccion General de Trabajo de la Consejeria de Economia, Empleo y Competitividad, sobre registro, deposito y publicacion de la revision salarial del convenio colectivo del Sector de Ocio Educativo y Animacion Sociocultural. (Codigo 28102145012018). (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid num. 273 de 16/11/2019)

Examinada el acta de revisión salarial del convenio colectivo del Sector de Ocio Educativo y Animación Sociocultural, suscrita por la Comisión Paritaria el día 11 de julio de 2019, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 6 del Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 5 del Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y con el artículo 14 del Decreto 193/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, esta Dirección General

RESUELVE

1. Inscribir dicha revisión salarial, del convenio colectivo, en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 14 de octubre de 2019.-La Directora General de Trabajo, María de Mingo Corral.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL I CONVENIO COLECTIVO DE OCIO EDUCATIVO Y ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

En Madrid, a 11 de JULIO de 2019 se reúnen en la sede de FeSP-UGT Madrid las personas que a continuación se detallan en representación de sus respectivas organizaciones.

Por AMESOC.

Mercedes González.

Por EDUCATIA.

José Luis Antolín Navarredonda.

Por FeSP-UGT Madrid.

Margarita Domínguez.

Ernesto Olmedillas Soria.

Por FREM-CCOO.

Adina Manzano.

Isabel Galvín Arribas.

Dando cumplimiento al acuerdo alcanzado en el Instituto laboral de la Comunidad de Madrid el viernes 21 de junio de 2019, se procede a concretar las tablas salariales desde Octubre de 2019, para lo no recogido en el nuevo texto del párrafo cuarto del ART 44:

Al respecto de 2019, con efectos a partir del día 1 de octubre de 2019, se incrementarán las tablas salariales del presente convenio, según el Índice de Precios de Consumo (IPC) del año 2018 que determine el Instituto Nacional de Estadística (INE) u organismo oficial que lo sustituya, garantizándose en todo caso un incremento del 1%. La comisión negociadora firmará el acuerdo salarial correspondiente y se encargará de su registro y deposito en la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid y publicación en el BOCM. Son de aplicación exclusivamente para actividades, programas, actuaciones y demás acciones contempladas en los ámbitos del convenio cuya licitación pública o privada y procedimiento público o privado de contratación, sea cual fuera su naturaleza, hubiese comenzado una vez publicado el presente convenio colectivo en el BOCM (7 de julio de 2018) y al respecto del personal que preste servicios en dichos contratos y licitaciones y al respecto de la parte concreta de su jornada de prestación de servicios en los mismos. No son aplicables a prorrogas de contratos o de servicios anteriores a dicha publicación y entrada en vigor del presente convenio y que no recojan revisión de costes.

Y de acuerdo con lo expresado en nuevo punto de la Disposición Transitoria Primera:

3º.- En el supuesto de la no aplicación de las tablas salariales con efectos desde 1 de octubre de 2019 por no cumplirse todos los requisitos establecidos en el artículo 44 párrafo cuarto, se aplicarán las tablas aprobadas por la comisión paritaria y publicadas el 23 de marzo de 2019 con un incremento del 1,4%. Correspondiente al IPC del año 2018 para la Comunidad de Madrid. La comisión negociadora firmará en su caso el acuerdo salarial correspondiente y se encargará de su registro y deposito en la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid y de su publicación en el BOCM.

Y debiendo tener en cuenta que el SMI para el año 2019 es de 900€

Esta comisión paritaria RESUELVE que:

Desde Octubre de 2019 para lo no recogido por el ART 44, y en cumplimiento de la Disposición Transitoria Primera, se elaboran las siguientes tablas salariales, resultantes de aplicar el IPC de 2018 de la Comunidad de Madrid (1,4%) sobre las elaboradas por la comisión paritaria del convenio y publicadas en el BOCM el día 23 de marzo de 2019, y dar cumplimiento al Salario Mínimo Interprofesional vigente.

DESDE OCTUBRE DE 2019+1,4% PARA LOS RECURSOS NO INCLUIDOS EN EL ART. 44 CON UN MÍNIMO DE 900 €

PUESTOS I CC OCIO EDUCATIVO Y ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

SALARIO BASE MENSUAL

SALARIO BASE ANUAL

Grupo I. Personal Directivo

Director/a Gerente

1.513,89 €

21.194,49 €

Grupo II. Personal Directivo y de Gestión

Jefe/a de Departamento

1.324,66 €

18.545,18 €

Director/a de programas y equipamientos

1.324,66 €

18.545,18 €

Coordinador/a de proyectos pedagógicos, de ocio y tiempo libre

1.277,35 €

17.882,86 €

Titulado/a de Grado

1.277,35 €

17.882,86 €

Técnico/a de gestión

1.277,35 €

17.882,86 €

PUESTOS I CC OCIO EDUCATIVO Y ANIMACIÓN SOCIOCULTURAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

SALARIO BASE MENSUAL

SALARIO BASE ANUAL

Grupo III. Personal de atención directa en equipamientos de cultura de proximidad y proyectos socioculturales

Técnico/a Especialista

1.230,03 €

17.220,52 €

Animador/a Sociocultural

1.182,72 €

16.558,20 €

Mediador/a Intercultural Educativo

1.182,72 €

16.558,20 €

Experto en Talleres o Tallerista

1.111,76 €

15.564,70 €

Informador/a Juvenil

1.111,76 €

15.564,70 €

Informador/a

993,49 €

13.908,89 €

Grupo IV. Personal de atención directa

Coordinador/a de actividades y proyectos de centro

1.135,42 €

15.895,88 €

Monitor/a de ocio educativo y Tiempo Libre

993,49 €

13.908,89 €

Controlador/a

900,00 €

12.600,00 €

Grupo V. Personal de Administración

Agente comercial

993,49 €

13.908,89 €

Oficial Administrativo

993,49 €

13.908,89 €

Auxiliar Administrativo

900,00 €

12.600,00 €

Recepcionista / Telefonista

900,00 €

12.600,00 €

Taquillero/a

900,00 €

12.600,00 €

Grupo VI. Personal de Servicios Generales

Cocinero/a

1.182,72 €

16.558,20 €

Ayudante/a de cocina

990,19 €

13.862,68 €

Empleado/a de Mantenimiento

900,00 €

12.600,00 €

Conductor/a

900,00 €

12.600,00 €

Empleado/a de Limpieza

900,00 €

12.600,00 €

Auxiliar de Servicios Generales

900,00 €

12.600,00 €

Los asistentes firman la presente acta y, en conformidad con su contenido, y delegan en D. Ernesto Olmedillas Soria para que realice los trámites necesarios para su registro en el sistema REGCON y posterior publicación en el BOCM.

(03/36.448/19)