Convenio Colectivo de Sec...e Asturias

Última revisión
02/03/2005

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de OFICINAS Y DESPACHOS (33000905011981) de Asturias

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2004 en adelante

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RESOLUCION de 2 de febrero de 2005, de la Consejeria de Industria y Empleo, por la que se ordena la inscripcion de las nuevas tablas salariales del año 2004, del sector de Oficinas y Despachos, en el Registro de Convenios Colectivos de la Direccion General de Trabajo. (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 50 de 02/03/2005)

RESOLUCION de 2 de febrero de 2005, de la Consejería de Industria y Empleo, por la que se ordena la inscripción de las nuevas tablas salariales del año 2004, del sector de Oficinas y Despachos, en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo.

Visto el Acta de la Comisión Deliberadoradel Convenio colectivo (código 3300905, C-35/97), del sector de Oficinas y Despachos, recibida en el Registro de la Dirección General de Trabajo el 1 de febrero de 2005, en la que se acuerda las nuevas tablas salariales del año 2004, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 4 de agosto de 2003, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Industria y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo, por la presente,

RESUELVO

Primero.Ordenarsu inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.Disponersu publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 2 de febrero de 2005.El Director General de Trabajo (P.D. autorizada en Resolución de 4 de agosto de 2003, BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 12 de agosto de 2003).2.284.

Anexo

A la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social

En Oviedo a veinticinco de enero de 2005, se reúne la Comisión Deliberadora del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos del Principado de Asturias, con la asistencia de la siguiente representación:

- Parte social:

Por la Unión General de Trabajadores: Don Luis García Martínez.

Por Comisiones Obreras: Don José Manuel Fernández Cuesta.

- Parte empresarial:

Don José Ramón Alonso Menéndez.

Don Félix Arnáez Criado.

Después de las oportunas deliberaciones acerca de la situación del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos del Principado de Asturias, adoptan los siguientes acuerdos:

Primero.Declararla vigencia del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos del Principado de Asturias, firmado el día 23 de junio de 1997, con las modificaciones introducidas en las tablas salariales como consecuencia de la actualización con los incrementos del I.P.C. habidos.

Segundo.Actualizarlas tablas salariales y demás conceptos económicos contenidos en el texto del Convenio en un 3,2%.

Acompañan al presenta acta, anexos I y II, donde se reflejan las nuevas tablas de salarios y resto de conceptos retributivos, formando parte integrante de la misma.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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