Convenio Colectivo de Sec...e Asturias

Última revisión
22/03/2006

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de OFICINAS Y DESPACHOS (33000905011981) de Asturias

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2005 en adelante

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



RESOLUCION de 15 de febrero de 2006, de la Consejeria de Industria y Empleo, por la que se ordena la inscripcion de la actualizacion de las tablas salariales de 2005, del sector de Oficinas y Despachos, en el Registro de Convenios Colectivos de la Direccion General de Trabajo y Empleo. Codigo numero 3300905 (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 67 de 22/03/2006)

RESOLUCION de 15 de febrero de 2006, de la Consejería de Industria y Empleo, por la que se ordena la inscripción de la actualización de las tablas salariales de 2005, del sector de Oficinas y Despachos, en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo y Empleo.

Visto el acta de la Comisión Deliberadora del Convenio colectivo (código número 3300905, C-35/97), del sector de Oficinas y Despachos, recibida en el Registro de la Consejería de Industria y Empleo el 14 de febrero de 2006, en la que se acuerda la actualización de las tablas salariales de 2005, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 15 de febrero de 2005, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Industria y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo y Empleo, por la presente,

RESUELVO

Primero.Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo y Empleo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.Disponer su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 15 de febrero de 2006.El Director General de Trabajo y Empleo (P.D. autorizada en Resolución de 15 de febrero de 2005, BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 25 de febrero de 2005).3.395.

Anexo

En Oviedo, a 27 de enero de 2006, se reúne la Comisión Deliberadora del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos del Principado de Asturias, con la asistencia de la siguiente representación:

- Parte social:

Por la Unión General de Trabajadores: Don Cecilio J. Areces Argüelles.

Por Comisiones Obreras: Don José Manuel Fernández Cuesta.

- Parte empresarial:

Don José Ramón Alonso Menéndez.

Don Félix Arnáez Criado.

Interviene el representante de la Unión General de Trabajadores y pone en conocimiento del resto de los asistentes que debido a la ausencia de don Luis García Martínez, que hasta ahora venía representado en esta Comisión a la Unión General de Trabajadores, esta organización autoriza para sustituirle a don Cecilio J. Areces Argüelles, con D.N.I. número 10585582-Q, en la Comisión Paritaria del Convenio. A tal efecto, hace entrega del acta de autorización a esta Comisión, quien la acepta y da por válida.

Después de las oportunas deliberaciones acerca de la situación del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos del Principado de Asturias, adoptan los siguientes acuerdos:

Primero.Declarar la vigencia del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos del Principado de Asturias, firmado el 23 de junio de 1977, con las modificaciones introducidas en las tablas salariales como consecuencia de la actualización con los incrementos del I.P.C. habidos.

Segundo.Actualizar las tablas salariales y demás conceptos económicos contenidos en el texto del Convenio en un 3,7%.

Acompañan al presente acta, anexos I y II, donde se reflejan las nuevas tablas de salarios y resto de conceptos retributivos, formando parte integrante de la misma.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)

Copyright ? 2006 Iberley Informaci?n Legal S.L.