Convenio Colectivo de Sec...e Asturias

Última revisión
03/03/2008

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de OFICINAS Y DESPACHOS (33000905011981) de Asturias

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2007 en adelante

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Resolucion de 4 de febrero de 2008, de la Consejeria de Industria y Empleo, por la que se ordena la inscripcion de la revision salarial del año 2007 del Convenio del sector de Oficinas y Despachos, en el Registro de Convenios Colectivos de la Direccion General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo. Codigo 3300905 (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 52 de 03/03/2008)

Visto el acta de la Comisión Deliberadora del Convenio Colectivo del sector (código 3300905, expediente C-35/97), Oficinas y Despachos, recibido en el Registro de la Dirección General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo el 1-2-08, en la que se acuerda la revisión salarial del año 2007, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 3-9-07, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Industria y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo y Empleo, por la presente,

RESUELVO

Primero.Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 4 de febrero de 2008.El Director General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo (P.D. autorizada en Resolución de 3-9-07, publicada en el BOPA de 17-9-07).3.331.

Revisión salarial del Convenio colectivo del sector de oficinas y despachos del principado de asturias

En Oviedo, a 23 de enero de 2008, se reúne la Comisión Deliberadora del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos del Principado de Asturias, con la asistencia de la siguiente representación:

Parte social:

Por la Unión General de Trabajadores: D. Luis García Martínez.

Por Comisiones Obreras: D. José Manuel Fernández Cuesta.

Parte empresarial:

D. José Ramón Alonso Menéndez.

D. Félix Arnaez Criado.

Después de las oportunas deliberaciones acerca de la situación del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos del Principado de Asturias, adoptan los siguientes acuerdos:

Primero.Declarar la vigencia del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos del Principado de Asturias, firmado el día 23 de junio de 1997, con las modificaciones introducidas en las tablas salariales como consecuencia de la actualización con los incrementos del IPC habidos.

Segundo.Actualizar las tablas salariales y demás conceptos económicos contenidos en el texto del Convenio en un 4,2%.

Acompañan al presenta acta, anexos I y II, donde se reflejan las nuevas tablas de salarios y resto de conceptos retributivos, formando parte integrante de la misma.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)

Las presentes tablas serán de aplicación siempre de acuerdo con los textos del vigente Convenio Colectivo.

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