Convenio Colectivo de Sec... de Murcia

Última revisión
09/05/2011

Revision. Convenio Colectivo de Sector de ORGANIZACIONES EMPRESARIALES DE TRANSPORTES (30001985011994) de Murcia

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2011 en adelante

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Resolucion de 20 de abril de 2011, de la Direccion General de Trabajo, por la que se dispone la inscripcion en el registro y publicacion del acuerdo, de Modificacion de Convenio; Nº de expediente, 300/0002/2011; referencia, 201144120002; denominacion, Organizaciones Empresariales de Transportes; codigo de convenio, 30001985011994; (codigo anterior, 3001985); ambito, Sector. (Boletín Oficial de la Región de Murcia num. 103 de 07/05/2011)

Preambulo

Visto el expediente de Convenio Colectivo de Trabajo y de conformidad con lo establecido en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

Resuelvo

Primero.-

Ordenar la inscripción en el correspondiente registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos, de este Centro Directivo, de Modificacion de Convenio; número de expediente, 300/0002/2011; referencia, 201144120002; denominación, ORGANIZACIONES EMPRESARIALES DE TRANSPORTES; código de convenio, 30001985011994; (código de convenio anterior 3001985); de ámbito, Sector; suscrito con fecha 07/03/2011, por la Comisión Negociadora. Con notificación a la misma.

Segundo.-

Notificar la presente resolución a la Comisión Negociadora del acuerdo.

Tercero.-

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia, 20 de abril de 2011.

El Director General de Trabajo, Por delegación de firma.-El Subdirector General de Trabajo, (Resolución 01-10-2007), Pedro Juan González Serna.

ACTA

Acta de la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para las organizaciones empresariales de transporte y sus trabajadores de la Región de Murcia publicado en el BORM de fecha 10/01/2011 En Murcia, siendo las 11.00 horas del día 4 de marzo de 2011, y en la sede de la Federación Regional de Organizaciones Empresariales de Transporte de Murcia, FROET, se reúnen las personas reseñadas a continuación, representantes de los trabajadores y empresas afectados por el Convenio Colectivo de Trabajo para las Organizaciones Empresariales de Transporte y sus Trabajadores de la Región de Murcia con la finalidad de proceder a la corrección de errores que se observan en el artículo tercero, jornada.

Por la parte empresarial:

D. Pedro Díaz Martínez (Federación Regional de Organizaciones Empresariales de Transporte de Murcia, FROET), D. Francisco José López Martínez (UNIÓN DE TRANSPORTISTAS MURCIANOS), D. Isidro García León (Asociación Regional de Empresas de Transporte Interior e Internacional de Mercancías), D. José Luis Sánchez Ruiz (FENEBUS MURCIA).

Asesor: Benigno Manuel Romero Nicolás.

Por la parte social:

D. José RabalConesa, D. Javier ArnalSánchez, D. Pedro Luis Sánchez Mellado, D. José Antonio Martínez Veracruz.

Asesor: D. Pedro VallésAmores.

El objeto de la reunión es proceder a la corrección de errores advertidos en el texto del articulado 3º referente a la Jornada.

El contenido quedará con la siguiente redacción: "La jornada laboral efectiva será de 1715 horas anuales para todo el personal, incluido en este convenio y 40 horas semanales efectivas desarrolladas de lunes a viernes inclusive."

El horario de trabajo se fijará anualmente en el Calendario Laboral, y se distribuirá en una jornada partida de 8 horas diarias de trabajo efectivo, teniéndose en consideración la necesidad de cubrir las reuniones y asambleas que puedan realizarse en la organización, siendo compensadas esas posibles prolongaciones con descansos dentro de la misma semana, de tal forma que en ningún caso se superen las 40 horas semanales efectivas.

No obstante, en el periodo comprendido entre el 15 de junio al 15 de septiembre, ambos inclusive, los trabajadores afectados prestarán su servicio en jornada continuada de 8 a 15 horas, sin perjuicio de que por necesidades del funcionamiento de la organización, el horario de trabajo deba prestarse en jornada partida.

Para los trabajadores incluidos en este Convenio, será festivo el lunes de Pascua y, con carácter de media jornada, los días 24 y 31 de diciembre.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluida la reunión a las 12.30 horas del día al principio indicado, firmando la presente acta, en prueba de conformidad, todos los asistentes.

Acta de la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para las Organizaciones Empresariales de Transporte y sus trabajadores de la Región de Murcia.

En Murcia, siendo las 11.00 horas del día 7 de marzo de 2011, y en la sede de la Federación Regional de Organizaciones Empresariales de Transporte de Murcia, FROET, se reúnen las personas reseñadas a continuación, representantes de los trabajadores y empresas afectados por el Convenio Colectivo de Trabajo para las Organizaciones Empresariales de Transporte y sus Trabajadores de la Región de Murcia con la finalidad de proceder a la aprobación de la tabla salarial vigente en el ejercicio económico 2011.

Por la parte empresarial:

D. Pedro Díaz Martínez (Federación Regional de Organizaciones Empresariales de Transporte de Murcia, FROET), D. Francisco José López Martínez (UNIÓN DE TRANSPORTISTAS MURCIANOS), D. Isidro García León (Asociación Regional de Empresas de Transporte Interior e Internacional de Mercancías), D. José Luis Sánchez Ruiz (FENEBUS MURCIA).

Asesor: Benigno Manuel Romero Nicolás.

Por la parte social:

D. José RabalConesa, D. Javier ArnalSánchez, D. Pedro Luis Sánchez Mellado, D. José Antonio Martínez Veracruz.

Asesor: D. Pedro VallésAmores.

El objeto de la reunión es proceder a la aprobación de la tabla salarial vigente para el ejercicio económico 2011 según lo establecido por el artículo 5º del citado Convenio Colectivo.

Se acuerda que sobre la tabla salarial vigente a 31/12/2010, se aplicará una subida total del 3%(IPC regional-real del 2010), según anexa a la presente acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluida la reunión a las 12.30 horas del día al principio indicado, firmando la presente acta, en prueba de conformidad, todos los asistentes.

TABLA SALARIAL 2011

(Aplicación desde el 01/01/2011 al 31/12/2011)

3 % IPC Regional

Mensual Euros

Anual Euros

GRUPO A PERSONAL SUPERIOR Y TECNICO

Director del Departamento Jurídico

2.758,77

39.023,90

Director de Área

2.617,49

37.045,91

Director Departamento

2.214,92

31.409,99

Jefe Administración Contable

1.884,21

26.780,02

Jefe Departamento

1.570,49

22.387,98

Técnico

1.392,50

19.896,06

GRUPO B PERSONAL DE ADMINISTRACION

Oficial administrativo

1.204,04

17.257,63

Administrativo

1.047,00

15.059,01

Auxiliar

772,50

11.216,08

GRUPO C PERSONAL SERVICIOS AUXILIARES

Responsable Mantenimiento

1.047,00

15.059,01

Ordenanza

772,50

11.216,08

GASTOS LOCOMOCION (Artículo 9)

Anuales

401,08