Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS EXPENDEDORAS Y DE FABRICACION DEL PAN...175011982) de Cuenca
Convenios
Convenio Colectivo de Sec... de Cuenca

Última revisión
08/05/2023

Revision. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS EXPENDEDORAS Y DE FABRICACION DEL PAN (16000175011982) de Cuenca

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022 en adelante

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Resolución de 04 de mayo de 2023, de la Delegación Provincial de Economía, Empresas y Empleo en Cuenca, por la que se registra y publica el acuerdo de revisión de las tablas salariales definitivas para el año 2022, 2023 y 2024 del Convenio Colectivo para las Industrias Expendedoras y de Fabricación de pan para la provincia de Cuenca. (Boletín Oficial de Cuenca num. 54 de 08/05/2023)

Vista el Acta del del acuerdo de la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo para las Industrias Expendedoras y de Fabricación de pan para la provincia de Cuenca (código de convenio nº 16000175011982), suscrita con fecha 30 de marzo de 2023, de una parte por representantes de la organización empresarial Asociación Provincial de Fabricantes y Expendedores pan de Cuenca, y de otra por representantes de los sindicatos Unión General de Trabajadores (UGT) y Comisiones Obreras (CCOO), y de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el artículo 2.1 a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, y en el Decreto 79/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo,
Esta Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, resuelve:

Primero. Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos, con notificación a la Mesa Negociadora quien queda advertida de que ningún trabajador podrá percibir como salario cantidades inferiores al salario mínimo interprofesional que se establezca en cada momento de vigencia del convenio.

Segundo. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca».

Cuenca, 04 de mayo de 2023.

El Delegado Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

Óscar Javier Martínez García.

REUNIÓN DE LA MESA NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LAS INDUSTRIAS EXPENDEDORAS Y DE FABRICACIÓN DE PAN DE LA PROVINCIA DE CUENCA

En Cuenca, a 30 de marzo de 2023

En la Delegación de Cuenca del Jurado Arbitral Laboral de Castilla-La Mancha en Cuenca, siendo las 10:00 horas del día 30 de marzo de 2023, se reúnen en representación de la Asociación Provincial de Fabricantes y Expendedores pan de Cuenca D. Jose Antonio Barón Ramírez, Doña Laura Tevar, D. Raúl Martínez Real y como asesores jurídicos D. Jesús Hontana Torremocha y D. Diego Ruiz Yuste y en representación de los trabajadores, por el sindicato CCOO, D. Pedro José Lucas Bermúdez, y por el sindicato UGT, D. Jose María Morena Saiz, D. Felix Huete Molina y D. Jesús Laín Calleja, todos
miembros de la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo para las Industrias Expendedoras y de Fabricación de pan para
la provincia de Cuenca.

MANIFIESTAN

PRIMERO.- Se reúne la Comisión Negociadora a los efectos de valoración de la cláusula de revisión salarial recogida en el artículo 5, párrafo 2, del texto del Convenio Colectivo de panaderías.

SEGUNDO.- Dicha cláusula dice lo siguiente: “En el supuesto de que la tasa o variación media interanual del IPC del año 2022 supere el 5 %, operará una revisión salarial en el exceso hasta el 0,5 %, pudiendo alcanzar la subida salarial definitiva una vez hecha esta revisión, el 2 %.”

ACUERDOS

1.- Aplicación de la cláusula:

Debido a que la tasa o variación media interanual del IPC en el año 2022 ha sido superior al 5,5%, ambas partes muestran su conformidad en revisar las tablas salariales del año 2022 en un 0,5%, alcanzando así la subida máxima de un 2%.

2.- Tablas salariales

Se adjuntan a la presente acta como anexo I, II y III las tablas salariales definitivas para el año 2022, 2023 y 2024.

3.- Pago de atrasos
El abono de los salarios atrasados por la aplicación de esta revisión salarial, se harán efectivos al mes siguiente desde la publicación en el BOP de la presente acta.

4.- Salvaguarda del Salario Mínimo Interprofesional

Aun pudiendo existir categorías cuyo salario base, según tablas actualizadas, pueda quedar por debajo del SMI, esta circunstancia debe ser valorada caso por caso atendiendo a las condiciones retributivas de cada persona trabajadora, garantizándose en todo caso el importe mínimo del SMI.

5.- Autorización para tramitar el Acuerdo.

Se faculta a Beatriz Mª Calonge Pizarro, para la presentación en el Registro de Convenios (REGCON) del texto de la presente acta a efectos de su registro y posterior publicación en el Boletín Ofi cial de la Provincia de Cuenca.

En prueba de conformidad, se firma el presente acuerdo, en el lugar y fecha arriba indicados

TABLA SALARIAL

(OMITDA. VER PDF)