Convenio Colectivo de Sec...de Melilla

Última revisión
17/01/2007

Revision. Convenio Colectivo de Sector de PANADERIA (52000335011985) de Melilla

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2005 en adelante

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Revision Salarial para los años 2005 y 2006 del Convenio Colectivo del Sector de Panaderia de la Ciudad Autonoma de Melilla (Codigo de Convenio nº 5200335) (Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla num. 4346 de 10/11/2006)

Preambulo

Visto el Acta de la Comisión Negociadora del CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE PANADERÍA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, suscrito por la Asociación de Fabricantes y Expendedores de Pan de Melilla y por la Representación de los trabajadores.

Primero

Que dicho Acuerdo, fue presentado en el Área Funcional de Trabajo y Asuntos Sociales de esta Delegación del Gobierno en Melilla, el día 17 de octubre de 2006.

Segundo

Que en el mismo no se aprecia ninguna infracción de la legalidad vigente y sus cláusulas no contienen estipulaciones en perjuicio de terceros.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 
Primero

Que este Área Funcional de trabajo y Asuntos Sociales es competente para resolver la presente solicitud, en virtud de: a) Las competencias que le han sido atribuidas por Resolución del Excmo. Señor Delegado del Gobierno, publicadas en el Boletín Oficial de Melilla el día 25 de abril de 2000; b) Artículo 2 del Real Decreto 1040/1981 de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de los Convenios Colectivos.

Segundo

Que el artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, otorga facultades a la Autoridad laboral competente en orden al registro, publicación, depósito y notificación de los Acuerdos Colectivos pactados en el ámbito de su competencia.

ESTA ÁREA DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

ACUERDA:

1°.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de este Área Funcional de Trabajo y Asuntos Sociales, así como el subsiguiente depósito del Texto y demás documentación original.

2°.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla -BOME-.

3°.- Ordenar se notifique esta Resolución a la Mesa Negociadora del mismo.

En Melilla a 6 de noviembre de 2006. El Director del Área Funcional de Trabajo y Asuntos Sociales. Manuel Requena Cabo.

A la atención del Director del Área Funcional de Trabajo y Asuntos Sociales de Melilla.

A la Oficina Pública de Registro de Convenios Colectivos.

En Melilla, a 16 de octubre de 2006, reunidos los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Sector de Panadería de la Ciudad Autónoma de Melilla, publicado en BOME 4.052 de 16 de enero de 2004, ante el Director del Área Funcional de Trabajo y Asuntos Sociales, COMUNICAN: Que al amparo de la normativa vigente (R. D. 1040/1981), solicitamos aprobación, registro y orden de publicación en el Boletín Oficial de Melilla, tanto del acuerdo como de las tablas salariales del año 2006.

Los domicilios a efectos de notificación serán los siguientes:

POR LA ASOCIACIÓN EMPRESARIAL: Plaza 1º de mayo S/N Bajo.

POR LA REPRESENTACIÓN SINDICAL:

Por CC. OO. Plaza 1º de Mayo S/N 3ª planta. Por UGT. Plaza 1º de Mayo S/N 1ª planta. La Comisión Negociadora, delega el registro del presente Acta al Secretario de la Mesa Negociación, D. Juan Jesús Pascual Sánchez.

ACTA

En Melilla, a 10 de octubre de 2006, se reúnen en la Confederación de Empresarios de Melilla, sito en Plaza 1º de Mayo S/N, de una parte los representantes de la Asociación de Fabricantes y Expendedores de Pan de Melilla, así como los representantes de los Sindicatos CC. OO y UGT, como componentes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Sector de Panadería de la Ciudad Autónoma de Melilla y:

EXPONEN:

1º.- Que las partes anteriormente señaladas, han venido manteniendo numerosas reuniones para la negociación del Convenio Colectivo del Sector, representando en todo momento a la absoluta mayoría del mismo, a nivel de la Ciudad Autónoma de Melilla.

2º.- Que, en cumplimiento de las conclusiones de la reunión mantenida el día 10 de octubre de 2006, los componentes de la Comisión Negociadora:

DICTAMINAN:

PRIMERO

Que no se alcanza un acuerdo para el establecimiento de un nuevo convenio colectivo.

SEGUNDO

La Comisión Negociadora ante la falta de acuerdo decide hacer efectiva la cláusula/artículo 2 del actual Convenio Colectivo del Sector de Panadería, publicado en el bome nº 4.052 de fecha 16 de enero de 2004.

TERCERO

Que tras la lectura del Art. 2 párrafo tercero y conociendo que el IPC final del año 2005 (3,7%) pasando a la unidad exacta superior, el incremento salarial para el año 2006, será del 4%.

Se adjunta la tabla salarial anexa.

CUARTO

Ambas partes acuerdan remitir el presente Acta, al Área Funcional de Trabajo de la Delegación del Gobierno de Melilla, para su registro, aprobación y publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad.

POR LA REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:

- D. Jerónimo Pérez Hernández

- D. Mohamed Haddu Amar

POR LA REPRESENTACIÓN SINDICAL:

Por UGT: Juan Jesús Pascual Sánchez

Por CC. OO. Andrés Pascual Martínez

Y sin más asuntos que tratar, firman la presente acta en prueba de conformidad los asistentes a la reunión.

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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