Convenio Colectivo de Sector de PIROTECNIA (80000325011997) de Comunidad Valenciana
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Convenio Colectivo de Sec...Valenciana

Última revisión
25/01/2019

Revision. Convenio Colectivo de Sector de PIROTECNIA (80000325011997) de Comunidad Valenciana

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2017 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 273-274)

RESOLUCION de 28 de diciembre de 2018, de la Direccion General de Trabajo y Bienestar laboral, por la que se dispone el registro y publicacion del acuerdo de la comision paritaria del convenio colectivo de pirotecnia de la Comunitat Valenciana sobre revision salarial con efectos desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2017 (codigo numero 80000325011997). [2019/316] (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana num. 8472 de 25/01/2019)

Vista el acta de acuerdo de fecha cuatro de noviembre de 2018, de la comisión paritaria del convenio colectivo de pirotecnia de la Comunitat Valenciana, sobre revisión salarial con efectos desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2017, suscrito, de una parte por la organización empresarial PIROVAL, y de otra, por los sindicatos FICA-UGT e Industria de CC.OO-PV, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2.015, de 23 de octubre, texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, artículo 2 del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y el artículo 3 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, por la que se crea el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Subdirección General de Relaciones Laborales, conforme a las competencias transferidas según el Real decreto 4105/82, de 129 de diciembre, resuelve:

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora, y depósito del texto del acuerdo.

Segundo

Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 28 de diciembre de 2018.- El subdirector general de Relaciones Laborales: Juan Ignacio Soler Tormo.

València, 4 de noviembre de 2018

Reunida en el día de hoy a las diecisiete horas, la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Pirotécnia de la Comunidad Valenciana en la sede de PIROVAL, cuyos integrantes aparecen relacionados al pie del presente documento, llegan a los siguientes

ACUERDOS

Primero

Dando cumplimiento a lo acordado en el artículo 10 del Convenio Colectivo de Pirotécnia de la Comunidad Valenciana (Clave Convenio 80000325011997), cuya vigencia es de carácter bianual (efectos económicos desde el 1 de enero de 2016, hasta el 31 de diciembre de 2017). Una vez constatado el módulo de cálculo del porcentaje de la cláusula de actualización prevista en el citado artículo para la anualidad de 2017 se procede, a revisar las tablas salariales de 2017, que experimentan un incremento del 1,10 por ciento con respecto a las de la anualidad de 2016.

Las retribuciones definitivas del año 2017 aparecen reflejadas en las tablas que se adjuntan bajo el anexo I.

Segundo

El pago de diferencias salariales motivados por las tablas adjuntas, se abonará a los trabajadores a los dos meses siguientes de su publicación del presente acuerdo en el DOGV.

Tercero

Permanecen invariables las cuantías fijadas para el año 2017 y reflejadas en el anexo III del texto del convenio 2016/2017 (DOGV 19.10.2016), por lo que concierne a los pluses de disparos, así como el importe del seguro colectivo del artículo 38 y el importe del kilometraje del artículo 40 (traslados).

Cuarto

Los comparecientes facultan en este acto al letrado Pedro Carceller Roda, para que proceda a las gestiones telemáticas pertinentes ante la autoridad laboral y obtener el Registro, Depósito y Publicación del presente acuerdo pactado y cuantos trámites sean menester.

Y no habiendo más asuntos a tratar, habiéndose adoptado el presente acuerdo por unanimidad de los miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Pirotécnia de la Comunidad Valenciana, se suscribe en el lugar y fecha arriba indicado.

Por PIROVAL

- Ivan Peñalver Garcia

- José Rausell García

- Asesor: Pedro Carceller Roda

Por Industria de CC.OO.PV

- José Vicente Garcés López.

Por FICA-UGT

- Joaquín Garcia Rodriguez

- Asesor: Ramón Fco. Morales Duato

TABLAS SALARIALES AÑO 2017

DEFINITIVAS

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* El plus de peligrosidad no se abona al personal contratado en tiendas dedicadas a la venta de productos pirotécnicos, ni para el personal de oficinas cuyos despachos se hallen fuera del recinto fabril.

Artículo 12. Plus chófer montador

- Conductor 1ª 17,03

- Conductor 2ª 11,36

Artículo 15. Desplazamientos y dietas

- 1 comida 18,64

- 2 comidas 31,47