Convenio Colectivo de Sec...e Albacete

Última revisión
30/03/2026

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de HOSTELERIA (02000285011981) de Albacete

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Julio de 2025 en adelante

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Registro y publicación de las tablas salariales definitivas para el año 2025 del Convenio Colectivo de Hostelería de la provincia de Albacete. (Boletín Oficial de Albacete num. 38 de 30/03/2026)

Vista: El acta de fecha 28 de enero de 2026, suscrita por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Hostelería de la provincia de Albacete, con código número 02000285011981, en la que se acuerdan las tablas salariales definitivas para el año 2025.

Resultando: Que por resolución de fecha 4 de septiembre de 2025, se acuerda registrar y publicar el mencionado Convenio, cuyo texto fue publicado en el BOP n.º 109, de fecha 19 de septiembre de 2025.

Considerando: Que la competencia la tiene atribuida la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en Albacete, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 64/2025, de 9 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y en el capítulo II del Decreto 99/2013, de 28 de noviembre, por el que se atribuyen competencias en materia de relaciones laborales.

Vistos los textos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, a través de su Servicio de Trabajo, de la Junta de Comunidades de CastillaLa Mancha, Acuerda:

Primero: Registrar las tablas salariales definitivas para el año 2025 en el correspondiente Registro de Convenios Colectivos de Trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Hostelería de la provincia de Albacete

Por la parte empresarial APEHT:

Juan Carlos Santana Álvarez.

Mónica Argudo Garijo.

Por la parte social Servicios-CC. OO. CLM:

Carmen Olivas Córcoles.

Santiago Zafrilla Poveda.

FeSMC-UGT CLM:

José Luis Grueso Martínez.

El día 28 de enero de 2026 a las 9:30 horas, en la sede de CC. OO. de Albacete, se reúne la Comisión Paritaria prevista en el artículo 9 del Convenio Colectivo de Hostelería de la provincia de Albacete, integrada por las personas relacionadas al margen, al objeto de cumplir lo establecido en el artículo 60 de dicho Convenio Colectivo.

El artículo 60 del Convenio Colectivo de Hostelería de la provincia de Albacete para el año 2025, establece:

?Artículo 60.? Revisión salarial.

Si el IPC anual cerrado a diciembre de 2025, fuese superior al incremento pactado del 2,75 % se revisará en la diferencia con un máximo del 0,5 %, con efectos retroactivos al 01/07/2025.

Los atrasos que se pudieran derivar de esta posible revisión se abonarán por las empresas junto a la nómina correspondiente al mes siguiente a la publicación del IPC definitivo?.

Una vez constatado por el INE que el IPC interanual a diciembre de 2025, ha sido el 2,9 %, toca revisar la tabla salarial en la diferencia entre ese 2,9 % y el 2,75 % ya aplicado, es decir un 0,15 %.

Una vez calculada y revisada la nueva tabla salarial para el período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2025, se procede a su firma por los miembros de la Comisión y se adjunta como anexo a esta acta.

Se autoriza al Jurado Arbitral Laboral de Castilla-La Mancha en la persona de su delegada en Albacete, doña Eloína Lucas Ruiz, con DNI ****722** para realizar los trámites de registro en el sistema REGCON para la publicación de esta acta.

Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión en el lugar y fecha arriba indicados.

Anexo

Convenio Colectivo de Hostelería de la provincia de Albacete

Tabla salarial definitiva para el período del 01/07/2025 al 31/12/2025 (incremento de 0,15 % sobre salarios provisionales del 2025).

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)