Última revisión
Revision. Convenio Colectivo de Sector de PUBLICIDAD (99004225011981) de BOE
Sector Estatal. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2018 en adelante
Resolucion de 1 de junio de 2018, de la Direccion General de Empleo, por la que se registra y publica el Acuerdo en materia salarial para 2018 del Convenio colectivo del sector de empresas de publicidad. (Boletín Oficial del Estado num. 142 de 12/06/2018)
Visto el texto del acuerdo en materia salarial para 2018 del Convenio colectivo del sector de empresas de publicidad (código de convenio n.º 99004225011981), que fue suscrito con fecha 3 de mayo de 2018, de una parte por la Asociación de Agencias de Medios AM, la Asociación Española de Agencias de la Comunicación Publicitaria AEACP-ACP, y la Asociación de Empresas de la Comunicación-La FEDE representando además a la Associació Empresarial de Publicitat, Agencias de España, en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos FSC-CCOO y FESMC-UGT en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 1 de junio de 2018.-El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
ACTA DE LA REUNIÓN DE CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LAS EMPRESAS DE PUBLICIDAD
En Madrid, siendo las 10:30 horas del día 3 de mayo de 2018, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio con las asistencias que se detallan a continuación:
Por la parte empresarial:
- Don Juan Pablo Herrera (Asociación de Agencias de Medios AM).
- Don Carlos Rubio de Miguel (Asociación Española de Agencias de la Comunicación Publicitaria AEACP-ACP).
- Don David Torrejón Lechón (Asociación de Empresas de la Comunicación-La FEDE, representando además a la Associació Empresarial de Publicitat).
- Doña Córdoba Ruiz (Agencias de España).
- Don Ángel G. Tuñón (Asociación de Empresas de la Comunicación-La FEDE).
Por la parte social:
- Don Javier Agudo García (FSC-CC.OO.).
- Don José Luis Gómez Durán (FSC-CC.OO.).
- Doña Cristina Bermejo Toro (FSC-CC.OO.).
- Don José María García González (FESMC-UGT).
- Don Alfonso López García (FESMC-UGT).
- Doña Mar Sánchez Moreno (FESMC-UGT).
Los presentes, por unanimidad, adoptan los siguientes acuerdos:
I. Se acuerda aprobar las tablas salariales y las dietas por desplazamiento para el año 2018 que figuran como Anexo I al presente documento. Las mismas incorporan un incremento de un 1,1% sobre las tablas salariales y dietas por desplazamiento del año 2017, en los términos de lo establecido en los artículos 43 y 44 del convenio colectivo del sector de empresas de publicidad (BOE núm. 35 del 10 de febrero de 2016).
II. Dicho acuerdo entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2018.
III. Se acuerda facultar a La Fede, en la persona de D. David Torrejón Lechón, para que se encargue de los consiguientes trámites de registro y solicite la publicación de las mencionadas tablas, a sus efectos.
No habiendo más asuntos que tratar, se procede a levantar la sesión, procediéndose a la redacción de la presente acta que es firmada por todos los presentes, siendo las 11 horas.
ANEXO I
Tablas salariales año 2018
Incremento de 1,1 % sobre las tablas del 2017
Niveles salariales | Mensual | Mensual | Anual |
15 pagas | 12 pagas | ||
Nivel 1 | 1.460,56 € | 1.825,70 € | 21.908,38 € |
Nivel 2 | 1.298,36 € | 1.622,96 € | 19.475,46 € |
Nivel 3 | 1.237,17 € | 1.546,46 € | 18.557,57 € |
Nivel 4 | 1.230,34 € | 1.537,92 € | 18.455,05 € |
Nivel 5 | 1.226,01 € | 1.532,51 € | 18.390,13 € |
Nivel 6 | 1.146,00 € | 1.432,51 € | 17.190,07 € |
Nivel 7 | 1.137,36 € | 1.421,70 € | 17.060,42 € |
Nivel 8 | 1.053,04 € | 1.316,30 € | 15.795,61 € |
Nivel 9 | 1.028,48 € | 1.285,60 € | 15.427,26 € |
Nivel 10 | 1.024,52 € | 1.280,65 € | 15.367,84 € |
Nivel 11 | 966,00 € | 1.207,50 € | 14.489,95 € |
Las dietas por desplazamiento quedarán establecidas para el año 2018 en los siguientes importes:
Dieta con pernocta (en territorio nacional): 61,10 € netos/día.
Dieta sin pernocta (en territorio nacional): 30,57 € netos/día.
Dieta internacional con pernocta: 104,09 € netos/día.
Dieta internacional sin pernocta: 55,45 € netos/día.
Gastos de manutención (comidas): 13,57 € netos/día.
Gastos de kilometraje: 0,214 € netos/día.