Última revisión
07/07/2022
Revision. Convenio Colectivo de Sector de RESIDENCIAS PRIVADAS DE PERSONAS MAYORES (26001285012005) de La Rioja
Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 29 de Junio de 2022 en adelante
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Resolucion 35/2022, de 4 de julio, de la Direccion General de Empleo, Dialogo Social y Relaciones Laborales, por la que se registra y publica el acuerdo de la comision paritaria sobre tablas salariales para el año 2022 del convenio colectivo de trabajo para la actividad de Residencias Privadas de Personas Mayores de la Comunidad Autonoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja num. 129 de 07/07/2022)
Visto el acuerdo de la comisión paritaria sobre tablas salariales para el año 2022 del convenio colectivo de trabajo para la actividad de Residencias Privadas de Personas Mayores de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Código número 26001285012005), suscrito al efecto con fecha 29 de junio de 2022, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Boletín Oficial del Estado del 24), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.
Esta Dirección General de Empleo, Diálogo Social y Relaciones Laborales,
ACUERDA
Primero. Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Segundo. Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial de La Rioja'.
Logroño a 4 de julio de 2022.- El Director General de Empleo, Diálogo Social y Relaciones Laborales, Ignacio Arreche Goitisolo.
Acta de la novena reunión de la Comisión Paritaria del III Convenio Regional Colectivo de residencias de la tercera edad de La Rioja
En Logroño a 29 de junio de 2022.
Asistentes:
- Representación Sindical:
- CCOO:
- Carmen Martínez Román
- Cristina González Mesonero
- Virginia López López,
- UGT:
- Carlos Luis González
- María Inmaculada Rubio Domínguez
- CSIF:
- José Luis Acha Latorre
- Representación Empresarial:
- Asociación Residencias 3ª Edad de La Rioja
- Carlos Leciñana Álvarez
- Gabriel Gimeno Llerena
- Inés Aguado Hernáiz
- Asociación Lares-Rioja
- Aránzazu Villaluenga Iturza
- Sara Alba Corral
- Roberto San Juan Martínez
Estando presentes todos los integrantes de la Comisión Paritaria, por unanimidad acuerdan que se celebre reunión, para abordar el siguiente:
- Orden del día:
Primero. Actualización de tablas salariales correspondientes al ejercicio 2022.
Segundo. Autorización expresa para publicación del acuerdo de aprobación de tablas salariales para 2022 en el Boletín Oficial de la Rioja.
Tercero. Redacción, lectura y aprobación del acta.
Una vez leído el orden del día, siendo las 9:30 horas del 29 de junio de 2022:
- Se inicia la sesión:
* Actualización de tablas salariales correspondientes al ejercicio 2022.
Por el banco empresarial se aportan las tablas salariales para 2022 con una subida, de conformidad a lo establecido en el artículo 6 del convenio Colectivo, del índice de precios al consumo real nacional del 6,5% sobre el salario base contenido en las últimas tablas salariales publicadas hasta la fecha del presente convenio en el Boletín Oficial de La Rioja.
Los miembros de la Comisión Paritaria acuerdan, por unanimidad, aprobar la subida de tablas salariales para 2022, según tabla que se adjunta firmada al acta, como anexo I, en prueba de dicha conformidad, siendo éstas las que se remitirán a publicación al Boletín Oficial de La Rioja, permitiendo su regularización de las nóminas tras la publicación del boletín y permitiendo el abono de los atrasos hasta el 31 de diciembre de 2022.
Por el banco social se expone: CCOO Cree necesario reunirse previamente para acordar este asunto. A esta manifestación se unen el resto de las uniones sindicales.
CCOO agradece este paso del banco empresarial en cuanto al reconocimiento del 6.5% de revisión de las tablas salariales en el salario base de las tablas salariales existentes en el convenio colectivo aplicable al sector en la región.
UGT, CCOO y CSIF manifiestan que entienden que se publican ahora las tablas, actualizar los salarios en julio y los atrasos en el 15 de septiembre y una segunda paga en el 15 de noviembre.
Banco social manifiesta la conformidad a las tablas planteadas por el banco empresarial, si bien haciendo expresa mención a que se aplique el SMI para los salarios que sean inferiores a mil euros al mes.
El banco empresarial manifiesta a este respecto que en cuanto a la anterior manifestación del banco social y al ajuste al SMI o a salarios inferiores a mil euros que se deberá estar a lo dispuesto a la normativa legal vigente.
El banco Empresarial manifiesta que debemos atender a posibles problemas de tesorería y para evitación de demandas se estima oportuno dejar el margen de pago hasta fin de ejercicio 2022. Igualmente se propone que en el mes de julio cada empresa comunicará a sus trabajadores o a sus representantes cómo se van a pagar estos atrasos.
En virtud de lo antedicho: Los miembros de la Comisión Paritaria acuerdan, por unanimidad, aprobar la subida de tablas salariales para 2022, según tabla que se adjunta firmada al acta, como anexo I, siendo éstas las que se remitirán a publicación al Boletín Oficial de La Rioja, permitiendo su regularización de las nóminas tras la publicación del boletín y permitiendo el abono de los atrasos hasta el 31 de diciembre de 2022
La mesa se compromete a la publicación de las tablas en el Boletín Oficial de La Rioja haciendo inmediata la actualización de salarios y la obligación en el mes de julio de comunicación a los trabajadores del cómo y cuando se abonarán los atrasos antes del 31 de diciembre de los presentes.
- Autorización expresa para publicación del acuerdo de aprobación de tablas salariales para 2022 en el Boletín Oficial de La Rioja. Se acuerda, por unanimidad de los integrantes de la Comisión Paritaria, autorizar expresamente a: Arantxa Villaluenga Iturza, Juan José Martínez -Alesón Gil, Carlos Leciñana Álvarez, Sara Alba Corral, Gabriel Gimeno Llerena, Roberto San Juan Martínez, Inés Aguado Hernáiz; Carmen Martínez Román, Inmaculada Rubio Domínguez, Cristina González Mesonero, Virginia López López , Carlos Luis González , y José Luis Acha Latorre, para que cualquiera de los mismos, de forma indistinta, realicen los trámites oportunos ante el Boletín Oficial de La Rioja a fin de publicar la tabla salarial de 2022 aprobada en el acuerdo primero, a través de la plataforma Regcon.
Ultimo. Redacción, lectura y aprobación de la redacción del acta se concluye la reunión a las 10.53 horas, se redacta el acta, y tras su lectura es aprobada su redacción por las partes presentes.
Tablas 2022:
| Grupo | Categoría profesional | Sla.basex14 /euros | P.transpx11 /euros | Antigüedadx14 /euros | Domingo /euros | Hora/nocturna /euros |
| A | Administrador | 1.947,95 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 3,84 |
| Gerente | 1.947,95 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 3,84 | |
| Director | 1.947,95 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 3,84 | |
| Médico | 1.633,38 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 3,22 | |
| Psicólogo | 1.633,38 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 3,22 | |
| B | Supervisor | 1.394,22 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 2,75 |
| Ats/Due | 1.394,22 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 2,75 | |
| Trabajador Social | 1.394,22 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 2,75 | |
| Fisioterapeuta | 1.394,22 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 2,75 | |
| Terapeuta ocupacional | 1.394,22 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 2,75 | |
| Gobernante | 1.073,32 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 2,11 | |
| Cocinero | 1.073,32 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 2,11 | |
| C | Tasoc | 1.073,32 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 2,11 |
| Oficial mantenimiento | 1.073,32 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 2,11 | |
| Oficial | 1.073,32 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 2,11 | |
| D | Conductor | 1.073,32 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 2,11 |
| Gerocultor/aux.enfermería | 1.073,32 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 2,11 | |
| Jardinero | 1.055,72 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 2,08 | |
| Auxiliar mantenimiento | 1.055,72 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 2,08 | |
| Auxiliar administrativo | 1.055,72 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 2,08 | |
| Portero/recepcionista | 1.055,72 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 2,08 | |
| E* | Limpiadora/planchadora | 973,15 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 1,92 |
| Pinche de cocina | 973,15 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 1,92 | |
| Ayudante de oficios | 973,15 | 50,28 | 21,00 | 18,65 | 1,92 | |
| Subida | 6,50% |
