Convenio Colectivo de Sec...de Sevilla

Última revisión
08/11/2004

Revision. Convenio Colectivo de Sector de AGENCIAS DE TRANSPORTE Y OPERADORES DE TRANSPORTES (41000055011981) de Sevilla

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2000

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Revision Salarial del Convenio Colectivo de Sector Agencias de Transportes-Operadores de Transportes, para Sevilla y provincia (Codigo: 4100055) (Boletín Oficial de Sevilla num. 156 de 07/07/2000)

Preambulo

Visto el Acuerdo de Revisión Salarial (Concreción de Tablas Salariales) del Convenio Colectivo de Sector Agencias de Transportes-Operadores de Transportes, para Sevilla y provincia (Código: 4100055), suscrito por ASATRANS y las Centrales Sindicales CC.OO. y U.G.T., con vigencia desde el 1-1-00 al 31-12-00.

Visto lo dispuesto en el art. 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en relación con el Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral a los solos efectos de su registro, publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia y remisión, para su depósito, al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (CMAC).

Visto lo dispuesto en el art. 2.b del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, que dispone que serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios de cada una de las Delegaciones de Trabajo los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del referido Estatuto, sus revisiones y los acuerdos de adhesión a un convenio en vigor.

Esta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, acuerda:

Primero.-Registrar el Acuerdo de Revisión Salarial (Concreción de Tablas Salariales) del Convenio Colectivo de Sector Agencias de Transportes-Operadores de Transportes, para Sevilla y provincia.

Segundo.-Remitir el mencionado Convenio al CMAC para su depósito.

Tercero.-Comunicar este acuerdo a las representaciones económica y social de la Comisión Negociadora, en cumplimiento del artículo 3 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo.

Cuarto.-Disponer su publicación gratuita en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Sevilla, 9 de junio de 2000.-El Delegado Provincial, Antonio Rivas Sánchez.

ACTA

Asistentes:

ASATRANS:

D. Andrés Muñoz Bachiller

D. Antonio Rodríguez Hernández

D. Elías Rodríguez Gómez

D. José A. Jiménez Ruiz

D. Juan J. Gamito Camacho

CC.OO.:

D. Manuel Jurado Díaz

D. Antonio Pérez Velázquez

D. Vicente Castillejo Fernández

D. Antonio Palma Monje (Asesor)

D. Domingo Cantalejo Núñez (Asesor)

U.G.T.:

D. Juan Vázquez Alvarez

D. Manuel Romero García

D. Agustín González Muñiz

D. Domingo Linares Caballero

D. Joaquín Velasco Cerpas

En la ciudad de Sevilla, siendo las 9.30 horas del día 18 de abril de 2000, se reúnen los señores anteriormente relacionados, integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Provincial de Agencias de Transportes/Operadores de Transportes de Sevilla.

Tiene por objeto la reunión proceder a la revisión de la Tabla Salarial del Convenio Colectivo citado, a tenor de lo dispuesto en el artículo 13 del Texto Articulado.

Tras las deliberaciones oportunas, los reunidos, por unanimidad, acuerdan:

Primero.- Incrementar en el 2,5% los salarios y horas extras del Convenio, con efecto de 1 de enero a 31 de diciembre de 2000, según se detalla en el Anexo I que se acompaña a la presente Acta.

Segundo.- Con efecto 1 de enero a 31 de diciembre de 2000, el importe de la dieta a que se refiere el artículo 15 del Texto Articulado será de 4.786 ptas., cuya distribución será la siguiente:

-Almuerzo: 1.484 ptas.

-Cena:1.484 ptas.

-Cama: 1.484 ptas.

-Desayuno:334 ptas.

Tercero.- Con efecto 1 de enero a 31 de diciembre de 2000, el Plus Escolar a que se refiere el artículo 26 del Texto Articulado se fija en la cantidad de 6.215 ptas.

Cuarto.- Remitir la presente Acta y su Anexo a la Autoridad Laboral, para su registro y posterior publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.

No habiendo más asuntos de que tratar se da por terminada la reunión, siendo las 10.30 horas del día 18 de abril de 2000, firmando todos los asistentes en prueba de conformidad. (Siguen las firmas.)

ANEXO I TABLA DE SALARIOS A APLICAR DESDE EL 1-1-2000 A 31-12-2000

CATEGORÍA A) SALARIOS B) HORAS EXTRAS

En Pesetas En Euros * En Pesetas En Euros *

Personal Superior y Técnicos.-

Jefe de Servicios

163.908

985,107

2.252

13,535

Ingenieros y Licenciados

153.468

922,361

2.100

12,621

Ayudantes de Ingenieros y Licenciados

130.528

784,489

1.755

10,548

Ayudante Técnico Sanitario

118.926

714,759

1.577

9,478

Personal de Agencias.-

Encargado General

128.361

771,465

1.722

10,349

Encargado de Almacén

119.729

719,585

1.592

9,568

Capataz

116.353

699,295

1.536

9,232

Auxiliarde Almacén Basculero

113.654

683,074

1.487

8,937

Mozo especializado

3.764

22,622

1.497

8,997

Mozo

3.687

22,159

1.468

8,823

Personal de Tráfico.-

Jefe de Tráfico

128.361

771,465

1.722

10,349

Conductor 1ª especial

4.034

24,244

1.614

9,700

Conductor 1ª

3.940

23,680

1.575

9,466

Conductor 2ª

3.851

23,145

1.534

9,220

Ayudante

3.781

22,724

1.503

9,033

Mozo especializado

3.764

22,622

1.497

8,997

Mozo

3.687

22,159

1.468

8,823

Personal Administrativo.-

Jefe de Sección

134.702

809,575

1.822

10,950

Jefe de Negociado

129.899

780,708

1.751

10,524

Oficial de 1ª

122.747

737,724

1.634

9,821

Oficial de 2ª

118.833

714,201

1.577

9,478

Auxiliar

111.012

667,196

1.459

8,769

Aspirante de 16 a 18 años

84.988

510,788

Personal Subalterno.-

Cobrador de facturas

113.227

680,508

1.497

8,997

Telefonista

112.464

675,922

1.484

8,919

Portero y Vigilante

111.012

667,196

1.459

8,769

Botones de 16 a 18 años

84.988

510,788

Limpiadora (hora)

551

3,312

Personal de Talleres.-

Jefes de Equipo

4.034

24,245

1.614

9,700

Oficial 1ª

3.964

23,824

1.582

9,508

Oficial 2ª

3.919

23,554

1.560

9,376

Oficial 3ª

3.830

23,019

1.520

9,135

Peón Especializado

3.764

22,622

1.497

8,977

Peón Ordinario

3.687

22,159

1.468

8,823

Aprendiz de 16 a 18 años

84.988

510,788

* 1 Euro = 166,386 pesetas, valor oficial establecido el 31 Diciembre 1999.