Convenio Colectivo de Sec... de Málaga

Última revisión
03/02/2025

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de CLINICAS Y SANATORIOS PRIVADOS (29000565011981) de Málaga

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024 en adelante

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RESOLUCIÓN DE LA DELEGADA TERRITORIAL DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO, SOBRE LA INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE CLÍNICAS Y SANATORIOS PRIVADOS DE MÁLAGA Y PROVINCIA. (Boletín Oficial de Málaga num. 22 de 03/02/2025)

Expediente: 29/01/0401/2024.

Fecha: 15 de enero de 2024.

Asunto: Resolución de inscripción y publicación.

Código: 29000565011981.

RESOLUCIÓN DE LA DELEGADA TERRITORIAL DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO, SOBRE LA INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES DEL CONVENIO COLEC-TIVO DEL SECTOR DE CLÍNICAS Y SANATORIOS PRIVADOS DE MÁLAGA Y PROVINCIA.

VISTO el acuerdo de fecha 11 de diciembre de 2024 de la comisión negociadora del Convenio Colectivo del Sector de Clínicas y Sanatorios Privados en la provincia de Málaga, número de expediente REGCON, 29/01/0401/2024 y código de convenio colectivo 29000565011981 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre) y el artículo 8.3 del Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo (BOE número 143 de 12 de junio de 2010) esta Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo acuerda:

1.º Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo a través de medios telemáticos, con notificación a la comisión negociadora, quien queda advertida de la prevalencia de la legislación general sobre aquellas cláusulas que pudieran señalar condiciones inferiores o contrarias a ellas, con especial advertencia de que el ningún trabaja-dor podrá percibir mensualmente como salario cantidades inferiores al SMI que se establezca en cada momento de vigencia del convenio.2.º Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Málaga, 16 de enero de 2025.La Delegada Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga, María del Carmen Sánchez Sierra.

ACTA NÚMERO 3 DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVODE HOSPITALES Y CLÍNICAS PRIVADOS DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA

En Málaga, siendo las once horas del día 11 de diciembre de 2024, en la sede de la Asociación Empresarial de Hospitales y Clínicas Privadas de Málaga, sita en Málaga, 29001, Alameda Principal número 49, se reúnen:

Por la parte social

Por cc.oo.

Doña María Elena Fernández Carvajal.

Doña Dolores Segado Caparrós.

Doña María Remedios Pérez Núñez.

Doña Carmen María Blanco Vega.

Asesor: Don Juan Carlos Navas Herrera.

Por UGT

Doña Catalina Rico Rodríguez.

Doña Sarah Peña Zimmermann.

Asesor: Doña Carmen Gaona Lería.

Por CSIF

Doña Cecilia Espinosa Calderón.

Por SATSE

Doña María Isabel Esquinas Fernández

Por la parte empresarial

La Asociación Empresarial de Hospitales y Clínicas Privadas de Málaga:

Vithas Sanidad Málaga Internacional, SL: Doña Iciar Matas García Valle (*).

Desarrollos Asist. del Sur, SL (HM): Don Jesús Burgos Perraut.

IDCQ Hosp. y Sanidad, SL (Quirón Salud): Don Joaquín Hidalgo Fernández.

Diaverum Serv. Renales, SLU: Don Ramón Argüelles P. (*).

Clínicas del Sur, SL: Don Julio Sánchez González (*).

Asesor: Don Miguel Ángel Sánchez Burgos (Auren Abogados).

(*Asisten de forma telemática).

Por unanimidad de los asistentes se acuerda celebrar esta sesión de la comisión negociadora del Convenio Colectivo de Hospitales y Clínicas Privadas de la provincia de Málaga.Se designa para este acto, por unanimidad, Presidente a doña María Remedios Pérez Núñez y Secretario a Desarrollos Asistenciales del Sur, SL (representada por don Jesús Burgos Perraut).

Se aprueba por unanimidad que el ?orden del día? contenga los siguientes puntos:

1.º Aprobación de tablas salariales válidas para 2024.

2.º Pago de las diferencias de convenio.

3.º Autorización para publicación de las nuevas tablas salariales de 2024 en el RegCom y ante la autoridad laboral.

4.º Comienzo de negociaciones sobre el texto del convenio.

5.º Aprobación del acta de la reunión.

En su virtud las partes, por unanimidad de asistentes, alcanzan los siguientes

Acuerdos

1.º Aprobación de tablas salariales válidas para 2024.

Las partes acordaron el pasado 11 de noviembre de 2024, la conveniencia de iniciar ya en 2025 la negociación del Convenio Provincial teniendo ya aprobados los salarios de 2024, que se acordó como prioridad.

Por su parte, en la sesión de 25 de noviembre de 2024, acordaron una subida salarial del 3,2 % válido sobre todos los conceptos salariales aprobados para 2023 y señalados en una cantidad bruta, pues los que están en porcentaje se mantienen inalterables y esos porcentajes se aplicarán sobre la nueva cantidad bruta.

Se acompañan mediante anexo, las tablas salariales aplicables en 2024, que incorporan ya esa revisión del 3,2 % y que ha sido aprobada por unanimidad de miembros.

Como según el artículo 4 del Convenio Provincial en caso de denuncia a finales de 2023 se producía una revisión del 2 % para los salarios del 2024, se acuerda que este 3,2 % significa una revisión adicional del 1,2 % sobre ese 2 % , que se considerará pagado a cuenta.

Por tanto, los efectos económicos de esta revisión del 3,2 % se retrotraen a 1 de enero de 2024, considerándose a cuenta el pago de ese 2 % .

Respecto a 2025, no hay revisión mínima aprobada, y la revisión para ese ejercicio será la que acuerde la comisión negociadora en futuras sesiones, en aplicación del artículo 4, último párrafo del convenio colectivo en vigor, el cual establece que ?en caso de denuncia por cualesquiera de las partes, el presente convenio colectivo mantendrá su vigencia indefinidamente, hasta la aprobación de un nuevo convenio colectivo, manteniéndose en vigor en todo su contenido normativo y económico, sin revisión ni actualización salarial. Excepcionalmente, en caso de denuncia por cualquiera de las partes negociadoras al final del ejercicio 2023 y para 2024, sí se revisarán los salarios para 2024 en un 2 % , si bien sin actualización o revisión para ejercicios posteriores?.

2.º Pago de las diferencias de convenio.

Las diferencias de convenio del 1,2 % generadas por la revisión del 3,2 % , aprobada en el acuerdo anterior, serán pagadas por las empresas sometidas al ámbito de aplicación de este convenio en el plazo de un mes desde que se publiquen las nuevas tablas en el Boletín Oficial de la Provincia. No obstante, esas diferencias serán anticipadas por los hospitales y clínicas pertenecientes a la Asociación Empresarial para ser pagadas en el transcurso de enero de 2025.

3.º Autorización para publicación de las nuevas tablas salariales de 2024 en el RegCom y ante la autoridad laboral.

La comisión negociadora autorizada para la realización de ese trámite solidariamente al representante asesor de CC.OO. don Juan Carlos Navas Herrera y al despacho profesional Auren Abogados y Asesores Legales AGP, SAP a través de su representante legal.

4.º Comienzo de negociaciones sobre el texto del convenio. Dadas las fechas y la prioridad de poner al día los salarios de 2024, se acuerda que la siguiente sesión de la comisión negociadora será convocada ya en 2025 una vez publicadas esas tablas salariales.

5.º Aprobación del acta de la reunión. No habiendo más asuntos que tratar, se levanta acta de la sesión, y que siendo de conformidad, es firmada por los asistentes en cinco ejemplares, extendido cada uno de ellos en cuatro folios de papel común a una cara, siendo las doce horas del día de celebración de la reunión.

INCREMENTO 3,2 %

TABLA SALARIAL 2024

(TABLA  OMITIDA. VER PDF DE PUBLICACIÓN)