Última revisión
30/10/2023
Revisión. Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DEL MUEBLE (38001625011989) de Tenerife
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023 en adelante
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Acuerdo de Revisión Salarial para el año 2023 del Convenio Colectivo Provincial del Sector de Muebles de Santa Cruz de Tenerife. (Boletín Oficial de Tenerife num. 131 de 30/10/2023)
VISTO el Acuerdo de Revisión Salarial para el año 2023 del CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DEL SECTOR DE MUEBLES DE S/C DE TENERIFE. presentado en esta Dirección General del Trabajo, suscrito por la Comisión Negociadora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, Real Decreto 713/2010 sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y en la Disposición Transitoria Única del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, esta Dirección General de Trabajo,
ACUERDA
1.- ORDENAR su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Dirección General de Trabajo.
2.- NOTIFICAR a la Comisión Negociadora.
3.- INTERESAR su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Santa Cruz de Tenerife, a diecisiete de octubre de dos mil veintitrés.
EL DIRECTOR GENERAL DE TRABAJO, José Ramón Rodríguez Albertus, documento firmado electrónicamente.
ACTA DE ACUERDO DE LA MESA NEGOCIADORA DE LAS TABLAS SALARIALES DEL CONVENIO COLECTIVO DEL COMERCIO DEL MUEBLE DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE 2023
(Cod. Convenio 380101912017)
ASISTENTES:
En Santa Cruz de Tenerife, a _____ de _________ de 2023.
Por la Parte Social
Por CC.OO.
Don Francisco Javier Velasco Rodríguez (Asesor)
Por USO
Doña Sandra Tarín Herrera (Asesora)
Por U.G.T.
Don Antonio Martín Guerra (Asesor)
Por S.B.
Doña Irene Franquis Avero (Asesora)
Por la Parte Empresarial
POR FEDECO Canarias
Don Víctor M. Sánchez Cruz
POR FTAC
Don Antonio Luis González Núñez
POR A.ECP Arona
Dña. Mª Esmeralda Martín Rodríguez (Asesora)
Reunidos los anteriormente señalados, en Santa Cruz de Tenerife, siendo las 09:00horas del día ______ de __________ de 2023 con objeto de firmar el desarrollado de lo pactado en base lo contemplado en Artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio del Mueble de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. (BOP 39, del 30 Marzo 2018), en base a los siguientes acuerdos:
Primero.?Que ambas representaciones, sindicales y patronales poseen el conocimiento mutuo de legitimación y representatividad como interlocutores en el ámbito provincial de la negociación colectiva del sector de Comercio del Mueble de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife para el desarrollo del presente acuerdo.
Segundo.? Que las partes presentes acuerdan la firmar de las tablas salariales para el año 2023, para dar cumplimiento al artículo 3 del Convenio Colectivo del Comercio del Mueble.
Por tanto, la tabla salarial del Convenio Colectivo del Comercio del Mueble de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife para el año 2023 es la que se señala.
Tercero.? Se actualizan las tablas en base al I.P.C. del 2022 (+ 5,7%).
Cuarto.? A esta actualización de tablas se le añade un (+0,2%) para el año 2023, en virtud de acuerdo ratificado por las partes el pasado 26 de Julio de 2021 el cual establece en su punto tercero que:
Con los antecedentes de la situación económica y viendo los datos del I.P.C., se actualizan las tablas en base al I.P.C. en (+0,8%)pero se prorratea en los próximos cuatro ejercicios su aplicación a razón de (+0,2%) de incremento anual que se añadirán al incremento del I.P.C. anual que corresponda en cada uno de los respectivos años siguientes para disipar el impacto del I.P.C. durante la crisis económica como consecuencia del Coronavirus y no lastrar el crecimiento, ya que el I.P.C. del año 2020 fue negativo en un (?0,3%). Contribuyendo así a aminorar los efectos de la carga en la masa salarial de las empresas y favorecer el crecimiento.
No obstante si en los siguientes años el I.P.C. interanual fuese negativo, no se aplicaría ese año sino al inmediatamente siguiente del I.P.C. positivo.
Quinto.? Las partes acuerdan la revisión económica del Convenio del Comercio del Mueble de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, cuya vigencia finalizó el pasado 31 de Diciembre de 2020, con la revisión salarial establecida en el artículo 3 del Convenio, I.P.C 5,7 % más el 0,2% establecido anteriormente y acordado en acta 26 de Julio de 2021, con independencia de la denuncia, negociación o prórroga del Convenio.
Sexto.?TABLA SALARIAL 2023
(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EN EL PDF DE PUBLICACIÓN)
Séptimo.? ARTÍCULO 12.? TABLA ANTIGÜEDAD ACTUALIZADA 2023
(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EN EL PDF DE PUBLICACIÓN)
Por tanto, la tabla salarial con las categorías determinadas del Convenio de Comercio del Mueble para la Provincia de Santa Cruz de Tenerife año para el año 2023 es la que se señala, quedando esta para determinar la base de los salarios para los años siguientes.
Las partes acuerdan delegar, en Dña. SANDRA TARÍN HERRERA, con número de D.N.I.: ***0197**, la facultad del Registro Telemático (REGCON) del presente acuerdo de las tablas salariales y conceptos anexos, favoreciendo su publicación en el BOP.
Sin más, y para que así conste en prueba de conformidad de todas las partes implicadas, se firma el presente acuerdo, siendo las 9:00 horas de la fecha indicada en el encabezamiento.
POR LA PARTE SOCIAL
POR LA PARTE EMPRESARIAL
