Convenio Colectivo de Sec...) de Ceuta

Última revisión
26/05/2016

Revision, Calendario. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION (51000115011982) de Ceuta

Sector Autonómico. Versión Validez desde 01 de Enero de 2016 en adelante

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Comision paritaria del Convenio Colectivo de Construccion y Obras Publicas de Ceuta, y aprobacion de la revision salarial y calendario laboral para 2016, en expte. 51/01/0011/2016. (Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta num. 5575 de 20/05/2016)

ESTA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO

ACUERDA

Primero: Ordenar la inscripción del Acta de la Reunión de 28 de abril de 2016 de la Comisión Paritaria que aprueba la Revisión Salarial y el calendario laboral para el año 2016 (cuyos documentos se adjuntan).

Segundo: Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

ASISTENTES

Por Comisiones Obreras

Ramón del Valle Inclán Moreda

Por Unión General Trabajadores

Liasin Ahmed Zaglul

Eloy Verdugo Guzmán

Ángel Manuel Jiménez González

Por la Confederación de Empresarios de Ceuta

Francisco Torres Cantero

Alejandro Ramírez Hurtado

Pedro A. Contreras López

En Ceuta, siendo las 19,30 horas del día 28 de abril de 2016, se reúnen las personas arriba reseñadas al objeto de proceder a la firma de la revisión salarial y calendario laboral para el año 2016 del Convenio Colectivo de Construcción de Ceuta.

Se aprueba por unanimidad el texto que acompaña al presente Acta y se mandata a la remisión del texto definitivo especialmen-te al Secretario de la Confederación de Empresarios de Ceuta, Don Alejandro Ramírez Hurtado para que proceda a la remisión del Convenio a la Autoridad Laboral de Ceuta por medios telemáticos, pero que bajo ningún concepto puedan suponer una mo-dificación de lo acordado en el texto final del Convenio.

Sin más asuntos que tratar, se da por concluida la reunión, en el lugar y fecha arriba indicados.

A N E X O I

TABLA SALARIAL 2.016 (EUROS)

CATEGORÍAS (NIVELES)

SALARIO BASE

PLUS RESIDENCIA

PAGAS EXTRAS RET.VACACIONES

II-III-IV

952,78

238,19

1.800,39

V-VI

940,17

235,04

1.773,06

VII

927,65

231,91

1.749,31

VIII

915,10

228,78

1.725,51

IX-X

902,49

225,62

1.701,81

XI

890,05

222,51

1.678,39

XII

887,85

221,96

1.674,21

XIII

666,54

166,64

833,20

DIETA DIARIA: 50,83 ¬ PLUS TRANSPORTE (ART. 43): 1,59 ¬ DIARIO

MEDIA DIETA: 25,39 ¬ PLUS ASISTENCIA (ART. 45): 0,56 ¬ DIARIO

PLUS COMPENSACION ANTIGÜEDAD (ART. 37): 16,78 ¬ MENSUALES

PLUS DESGASTE DE HERRAMIENTAS (ART. 44): 15,11 ¬ MENSUALES

HORAS EXTRAS NIVELES XI y XII (ART. 49): 10,34 ¬

HORAS EXTRAS NIVELES VIII y IX-X (ART. 49): 15,47 ¬

Complemento por Discapacidad (ART. 46)

Grado de Discapacidad comprendido entre el

Importe Bruto por mes natural del complemento en Euros

13 por 100 y 22 por 100

19,35

23 por 100 y 32 por 100

27,31

33 por 100 o superior

38,71

CALENDARIO LABORAL 2016

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