Convenio Colectivo de Sec...) de Ceuta

Última revisión
27/02/2009

Revision. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION (51000115011982) de Ceuta

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2009

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Documento oficial en PDF(Páginas 18-20)

Revision Salarial 2009 para el Convenio Colectivo del Sector de la CONSTRUCCION, (5100115) (Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta num. 4821 de 27/02/2009)

Preambulo

VISTA el Acta de la Comisión Negociadora, sobre Revisión Salarial para el Convenio Colectivo del Sector de la CONSTRUCCION, (5100115), suscrito por la representación empresarial y la parte social.

Primero: Que dicho Acuerdo, fue presentado en el Área de Trabajo y Asuntos Sociales de esta Delegación del Gobierno en Ceuta, el día 16 de febrero de 2009.

Segundo: Que el mismo no se aprecia ninguna infracción de la legalidad vigente y sus cláusulas no contienen estipulaciones en perjuicio de terceros.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero: Que el Artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de trabajo, otorga facultades a la Autoridad Laboral competente en orden al registro, publicación, depósito y notificación de los Acuerdos Colectivos pactados en el ámbito de su competencia.

ESTA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO

ACUERDA

1.º Ordenar la inscripción de la citada Acta de Revisión salarial en el Registro de Convenios de esta Área de Trabajo y Asuntos Sociales, así como el subsiguiente depósito del Texto original.

2.ºDisponer su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta. 3.ºOrdenar se notifique este Acuerdo a la Comisión Negociadora del mismo.

Ceuta, 17 de febrero de 2009.

- EL DELEGADO DEL GOBIERNO, P. A. (Art. 22.4 Ley 6/97).- EL SECRETARIO GENERAL.- Fdo.: José J. Espartero López.

ANEXO I TABLA SALARIAL 2009 (EUROS) CONVENIO COLECTIVO CONSTRUCCIÓN

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)

Por Unión General de Trabajadores D. Adolfo Márquez León D. Eloy Verdugo Guzmán (como Asesor)

Por Comisiones Obreras D. Antonio León Muñoz D. Antonio Gálvez Gálvez(como Asesor)

Por la Confederación de Empresarios de Ceuta D. Cristóbal ChavesMuñoz D. Manuel López Heredia D. Miguel A. MenaSedeño D. José A. Mena Sedeño D. José Pérez Molina D. Pedro Arturo Contreras López (como Asesor)

Siendo las 19,30 horas del día 12 de febrero de 2009, se reúnen las personas arriba reseñadas al objeto de proceder a la firma de la revisión salarial del Convenio Colectivo de la Construcción para la Ciudad de Ceuta.

Según lo establecido en el articulo 33 del Convenio Colectivo de la Construcción "para el año 2009 se aplicará un 1,5 por 100 de incremento salarial sobre el IPC previsto en los Presupuesto Generales del Estado para cada uno de los años anteriormente citados, sobre los conceptos de salario base, gratificaciones extraordinarias, retribución de vacaciones y pluses salariales y extrasalariales" por lo que en aplicación de lo expuesto se procede a incrementar la tabla salarial del 2008 en un porcentaje del 3,5% (2% + 1,5%), aprobándose por unanimidad la tabla salarial resultante, y que se anexa al presente documento. Igualmente, se procede a la firma del Calendario Laboral Orientativopara el Sector de la Construcción de Ceuta, para el 2009.

Sin más asuntos que tratar, se da por concluida la reunión, siendo las 20,00 horas del día señalado «utsupra».