Convenio Colectivo de Sec... de Málaga

Última revisión
19/02/2024

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION, OBRAS PUBLICAS Y OFICIOS AUXILIARES (29000095011982) de Málaga

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023 en adelante

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RESOLUCIÓN DE LA DELEGADA TERRITORIAL DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO, SOBRE LA INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN DEL ACUERDO PARCIAL DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA CONSTRUCCIÓN, OBRAS PÚBLICAS Y OFICIOS AUXILIARES (Boletín Oficial de Málaga num. 35 de 19/02/2024)

Expediente: 29/01/0018/2023.


Fecha: 26 de enero de 2023.

Asunto: Resolución de inscripción y publicación.

Código: 29000095011982.

RESOLUCIÓN DE LA DELEGADA TERRITORIAL DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO, SOBRE LA INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN DEL ACUERDO PARCIAL DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA CONSTRUCCIÓN, OBRAS PÚBLICAS Y OFICIOS AUXILIARES

Visto el acuerdo, de fecha 4 de enero de 2024, de la comisión negociadora del Convenio Colectivo de las Industrias de la Construcción, Obras Públicas y Oficios Auxiliares, número de expediente REGCON, 29/01/0018/2024 y código de convenio colectivo 29000095011982 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre) y el artículo 8.3 del Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo (BOE número 143, de 12 de junio de 2010) esta Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo acuerda:

1.º Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo a través de medios telemáticos, con notificación a la comisión negociadora, quien queda advertida de la prevalencia de la legislación general sobre aquellas cláusulas que pudieran señalar condiciones inferiores o contrarias a ellas, con especial advertencia de que el ningún trabajador podrá percibir mensualmente como salario cantidades inferiores al SMI que se establezca en cada momento de vigencia del convenio.

2.º Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

En Málaga, a 26 de enero de 2024.

La Delegada Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga, María del Carmen Sánchez Sierra.

Reunida en Málaga, el día 4 de enero del año 2024, previa convocatoria, la comisión negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para las Industrias de la Construcción, Obras Públicas y Oficios Auxiliares de Málaga y su Provincia para los años 2022-2026, con la asistencia de don David Conde Conde y don José Manuel Pallarés González por FICA-UGT; don Juan Antonio Rueda Fernández y doña Pilar Cortés Pérez por CC.OO-HABITAT y, doña Violeta Aragón Correa y don Francisco Romero Pérez, por parte de la Asociación Provincial de Constructores y Promotores de Málaga (ACP), todos ellos miembros de la mencionada comisión negociadora, alcanzan los siguientes acuerdos:

Incrementos económicos 2023

Los miembros de la comisión negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para las Industrias de la Construcción, Obras Públicas y Oficios Auxiliares de Málaga y su provincia para los años 2022-2026, proceden a actualizar las tablas salariales para el año 2023 por aplicación de lo dispuesto en el artículo 55 del VII Convenio General del Sector de la Construcción (en adelante CGSC) publicado en el BOE de fecha 23 de septiembre de 2023 y en su virtud acuerdan que:

Las tablas provinciales del año 2022, vigentes durante el ejercicio, se actualizarán en un tres por ciento (3 %) con efectos desde el día 1 de enero de 2023. No obstante, se acuerda que el plus salarial de actividad se regirá por el siguiente criterio: Actualización en un cuatro por ciento (4 %) de las tablas del año 2022 con efectos desde el día 1 de enero de 2023.

Las tablas salariales revisadas correspondientes al año 2023 se adjuntan a la presente acta, como anexos II, III y VI. Estas tablas, que serán de aplicación con efectos desde el 1 de enero del año 2023, no son ningún documento contractual, y sólo se firman como mera referencia y ayuda a empresas y trabajadores.

Las partes negociadoras recuerdan que el 1 de enero de 2015 entró en vigor el nuevo sistema de clasificación profesional, motivo por el que recomiendan que, a efectos retributivos, se haga constar el grupo profesional (como es preceptivo desde esa fecha) y, además, se siga indicando la antigua categoría profesional, como medio de acreditar el nivel retributivo correspondiente.

Cláusula de garantía salarial 2023

Aunque no se establece cláusula de garantía salarial para el año 2023 de manera independiente, si se estará a lo dispuesto en el artículo 55 del VII CGSC, donde se establece una cláusula de garantía salarial, de manera que si la suma de la tasa anual del índice de precios al consumo de los meses de diciembre de los años 2022, 2023 y 2024, publicado por el Instituto Nacional de Estadística, se situara en un nivel superior al 10,0 %, y siempre con un máximo de un 13,0 %, se incrementarán con efectos de 1 de enero de 2025 las tablas salariales del año 2024, sin efectos retroactivos, de manera que el 50,0 % de ese exceso irá en un 50,0 % a incremento salarial en las tablas salariales y el otro 50,0 % a aportación al plan de pensiones de las personas trabajadoras en alta en la empresa a dicha fecha de 1 de enero de 2025; la contribución al plan de pensiones se llevará a cabo en los términos y condiciones que se determinen en el libro tercero del VII CGSC publicado en el BOE de fecha 23 de septiembre de 2023.

Otros conceptos económicos del articulado para los años 2022 y 2023

Los miembros de la comisión negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para las Industrias de la Construcción, Obras Públicas y Oficios Auxiliares de Málaga y su provincia para los años 2022-2026, proceden a actualizar los siguientes conceptos económicos para los años 2022 y 2023 en aplicación de lo dispuesto en el artículo 55 del VII Convenio General del Sector de la Construcción (en adelante CGSC) publicado en el BOE de fecha 23 de septiembre de 2023 y en su virtud:

? Se acuerda que el complemento por discapacidad establecido en el artículo 34 del convenio quede cifrado en las siguientes cantidades para los años 2022 y 2023:

GRADOS DE DISCAPACIDAD COMPRENDIDA ENTRE EL -IMPORTE BRUTO POR MES NATURAL DEL COMPLEMENTO

13 POR 100 Y 22 POR 10017 EUROS

23 POR 100 Y 32 POR 10024 EUROS

33 POR 100 O SUPERIOR34 EUROS

Respecto al complemento salarial para los años 2024, 2025 y 2026, se estará a lo que, para cada uno de los mismos sea objeto de acuerdo y publicación por la comisión negociadora del convenio.

? Se acuerda que el complemento de cualificación y especialización de operadores de grúas torres y telescópicas, establecido en el artículo 39 del convenio, quede cifrado en las siguientes cantidades para los años 2022 y 2023:

AÑO 202212,30 EUROS/DÍA TRABAJADO

AÑO 202312,67 EUROS/DÍA TRABAJADO

Respecto al complemento salarial para los años 2024, 2025 y 2026, se estará a lo que, para cada uno de los mismos sea objeto de acuerdo y publicación por la comisión negociadora del convenio.

? Se acuerda que la retribución de los trabajos para la especialidad del yeso y escayola establecida en el artículo 46 del convenio, quede cifrada en las siguientes cantidades para los años 2022 y 2023:

AÑO 2022

TRABAJOS DE YESO

En base a una producción semanal de 165 m2, referida a la jornada de 40 horas semanales y que corresponden a una producción diaria, en igual periodo, de 33 m2.

? m2 DE YESO A BUENA VISTA2,46 EUROS/m2

? m2 DE YESO MAESTREADO EN PARAMENTOS VERTICALES Y HORIZONTALES A BUENA VISTA3,16 EUROS/m2

TRABAJOS DE ESCAYOLA

? m2 DE TECHO CONTINUO DE PLANCHA DE ESCAYOLA LISA TERMINADA 5,21 EUROS/m2.

Para una producción semanal de 105 m2 referida a la jornada de 40 horas semanales y que corresponden a una producción diaria, en igual periodo, de 21 m2.

AÑO 2023

TRABAJOS DE YESO

En base a una producción semanal de 165 m2, referida a la jornada de 40 horas semanales y que corresponden a una producción diaria, en igual periodo, de 33 m2.

? m2 DE YESO A BUENA VISTA2,54 EUROS/m2.

? m2 DE YESO MAESTREADO EN PARAMENTOS VERTICALES Y HORIZONTALES A BUENA VISTA3,26 EUROS/m2.

TRABAJOS DE ESCAYOLA

? m2 DE TECHO CONTINUO DE PLANCHA DE ESCAYOLA LISA TERMINADA5,37 EUROS/m2

Para una producción semanal de 105 m2 referida a la jornada de 40 horas semanales y que corresponden a una producción diaria, en igual periodo, de 21 m2.

Respecto a la retribución para los años 2024, 2025 y 2026, se estará a lo que, para cada uno de los mismos sea objeto de acuerdo y publicación por la comisión negociadora del convenio.

? Se acuerda que la indemnización por desgate de herramientas establecida en el artículo 49 del convenio quede cifrada en las siguientes cantidades para los años 2022 y 2023:

? Año 2022: Sesenta y tres céntimos de euro (0,63) euros por día efectivamente trabajado.

?Año 2023: Sesenta y cinco céntimos de euro (0,65) euros por día efectivamente trabajado.

Para los años 2024, 2025 y 2026, se estará a lo que, para cada uno de los mismos, sea objeto de acuerdo y publicación por la comisión negociadora del convenio.

? Se acuerda que la Indemnización por muerte e incapacidad permanente establecida en el artículo 50 del convenio quede cifrada en las siguientes cantidades para los años 2022 y 2023:

?En caso de muerte derivada de enfermedad común o accidente no laboral, el importe de cuatro mensualidades de todos los conceptos de las tablas del convenio, vigente en cada momento.

?En caso de muerte, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional, la cantidad fija de 47.000 euros.

?En caso de incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional, la cantidad fija de 28.000 euros.

Para los años 2024, 2025 y 2026, se estará a lo que, para cada uno de los mismos, sea objeto de acuerdo y publicación por la comisión negociadora del convenio.

?Se acuerda que la dieta completa y la media dieta establecidas en el artículo 66 del convenio queden cifradas en las siguientes cantidades para los años 2022 y 2023:

AÑO 2022

DIETA COMPLETA

Su importe queda cifrado en la cantidad de treinta y ocho euros con sesenta y tres céntimos de euro (38,63 euros), siendo esta una cantidad fija, no susceptible variación, actualización o modificación alguna.

MEDIA DIETA

Su importe queda cifrado en la cantidad de dieciséis euros con cuarenta y seis céntimos de euro (16,46 euros), siendo esta una cantidad fija, no susceptible variación, actualización o modificación alguna.

AÑO 2023

DIETA COMPLETA

Su importe queda cifrado en la cantidad de treinta y nueve euros con setenta y nueve céntimos de euro (39,79 euros), siendo esta una cantidad fija, no susceptible variación, actualización o modificación alguna.

MEDIA DIETA

Su importe queda cifrado en la cantidad de dieciséis euros con noventa y cinco céntimos de euro (16,95 euros), siendo esta una cantidad fija, no susceptible variación, actualización o modificación alguna.

Para los años 2024, 2025 y 2026, se estará a lo que, para cada uno de los mismos, sea objeto de acuerdo y publicación por la comisión negociadora del convenio.

?Se acuerda que para los años 2022 y 2023 los gastos de locomoción que deban correr a cargo de la empresa, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 del convenio, queden cifra- dos en la cantidad de 0,19 euros/km.

Para los años 2024, 2025 y 2026, se estará a lo que, para cada uno de los mismos, sea objeto de acuerdo y publicación por la comisión negociadora del convenio.

PLAN DE PENSIONES 2022 Y 2023

1.º Los representantes de la comisión negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para las Industrias de la Construcción, Obras Públicas y Oficios Auxiliares de Málaga y su provincia para los años 2022-2026, acuerdan ?en cumplimiento de lo establecido en el artículo 56 del VII CGS publicado en el BOE de fecha 23 de septiembre de 2023? establecer y cuantificar el importe de la contribución empresarial al Plan de Pensiones Simplificado del Sector de la Construcción para los ejercicios 2022 y 2023 aplicando un 1 % al resultado que se obtenga de realizar el siguiente cálculo, excluyendo los pluses extrasalariales:

Contribución al plan de pensiones = 1 % del resultado de:

[SB x 335 + (PS x número de días efectivos de trabajo) + vacaciones + PJ + PN]

Siendo:

SB = Salario base: Tomando como referencia el salario base diario recogido en las tablas salariales 2021 del Convenio Provincial (Málaga).

PS = Pluses salariales recogidos en las tablas salariales 2021 del Convenio Provincial (Málaga).

PJ = Paga de julio recogida en las tablas salariales 2021 del Convenio Provincial (Málaga).

PN = Paga de navidad recogido en las tablas salariales 2021 del Convenio Provincial (Málaga).

La cuantificación del importe de la contribución empresarial al Plan de Pensiones Simplificado del Sector de la Construcción para los ejercicios 2022 y 2023 se adjunta a la presente Acta como anexo II Bis, si bien, el mismo, no es ningún documento contractual, y solo se firman como mera referencia y ayuda a empresas y trabajadores.

2. º Aprobar, conforme a lo ya prevenido en el artículo 52 del VII CGSC, que el pago de las contribuciones empresariales al Plan de Pensiones Simplificado del Sector de la Construcción para los ejercicios 2022 y 2023, determinadas según lo aprobado anteriormente, se efectuarán de una sola vez en favor de cada persona trabajadora (partícipe) dada de alta (en activo) en la fecha en que entre en vigor el Plan y que no tengan interrumpido o suspendido el contrato de trabajo por alguna de las causas previstas en la legislación vigente (sin perjuicio de las excepciones existentes, conforme a los artículos 17.3 y 29 del Reglamento de Especificaciones del PPSC (incorporado en el libro tercero del VII CGSC)), dentro de los noventa días siguientes a la referida entrada en vigor del Plan.

ANEXO II. Tabla de salarios, plus salarial y plus extrasalarial - año 2023

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EL PDF DE PUBLICACIÓN)

ANEXO II BIS. Contribución anual plan de pensiones de empleo simplificado del sector de la construcción

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EL PDF DE PUBLICACIÓN)

ANEXO III. Tabla de pagas extraordinarias y de vacaciones - año 2023

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EL PDF DE PUBLICACIÓN)

ANEXO VI. Tabla de horas extraordinarias - año 2023

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EL PDF DE PUBLICACIÓN)