Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION, OBRAS PUBLICAS Y OFICIOS AUXILIARE...095011982) de Málaga
Convenios
Convenio Colectivo de Sec... de Málaga

Última revisión
22/03/2024

Modificacion / Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION, OBRAS PUBLICAS Y OFICIOS AUXILIARES (29000095011982) de Málaga

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 15 de Febrero de 2024 en adelante

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Acuerdo de la comisión negociadora del Convenio Colectivo para las Industrias de la Construcción, Obras Públicas y Oficios Auxiliares de Málaga relativo a la contribución al Plan de Pensiones 2024. (Boletín Oficial de Málaga num. 58 de 22/03/2024)

RESOLUCIÓN DE LA DELEGADA TERRITORIAL DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO SOBRE LA INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN DEL ACUERDO PARCIAL DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN, OBRAS PÚBLICAS Y OFICIOS AUXILIARES DE MÁLAGA Y PROVINCIA.

Visto el acuerdo de fecha 15 de febrero de 2024 de la comisión negociadora del Convenio Colectivo del Sector de la Construcción, Obras Públicas y Oficios Auxiliares de Málaga y provincia presentado en REGCON con fecha, 21 de febrero de 2024, número de expediente 29/01/0081/2024 y código de acuerdo 29000095011982, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre) y el artículo 8.3 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (BOE número 143, de 12 de junio de 2010), esta Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo acuerda:

1.º Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo a través de medios telemáticos, con notificación a la comisión negociadora, quien queda advertida de la prevalencia de la legislación general sobre aquellas cláusulas que pudieran señalar condiciones inferiores o contrarias a ellas, con especial advertencia de que el ningún trabajador podrá percibir mensualmente como salario cantidades inferiores al SMI que se establezca en cada momento de vigencia del Convenio.

2.º Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Málaga, 27 de febrero de 2024.La Delegada Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, María del Carmen Sánchez Sierra.

Reunida en Málaga, el día 15 de febrero del año 2024, previa convocatoria, la comisión negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para las Industrias de la Construcción, Obras Públicas y Oficios Auxiliares de Málaga y su provincia para los años 2022-2026, con la asistencia de don David Conde Conde y don José Manuel Pallarés González por FICA-UGT; don Juan Antonio Rueda Fernández y don Diego Ruiz Montesinos por CC.OO-HABITAT y, doña Violeta Aragón Correa y don Francisco Romero Pérez, por parte de la Asociación Provincial de Constructores y Promotores de Málaga (ACP), todos ellos miembros de la mencionada comisión negociadora, alcanzan el siguiente acuerdo:

Los representantes de la comisión negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para las Industrias de la Construcción, Obras Públicas y Oficios Auxiliares de Málaga y su provincia para los años 2022-2026 ?en cumplimiento de lo establecido en el artículo 56 del VII Convenio General del Sector de la Construcción publicado en el BOE de fecha 23 de septiembre de 2023? acuerdan establecer y cuantificar el importe de la contribución empresarial al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la Construcción para el año 2024 aplicando un 1,00 por ciento del importe de los conceptos salariales, excluyendo los pluses extrasalariales, de las tablas de 2021 del Convenio Colectivo Provincial de Málaga, más un 0,25 por ciento del importe de los conceptos salariales, excluyendo los pluses extrasalariales, de las tablas de 2023 del Convenio Colectivo Provincial de Málaga, si la persona trabajadora prestase servicios durante todo el año 2024 a tiempo completo o, en su defecto, de la parte proporcional correspondiente.

Contribución al Plan de Pensiones 2024

1% del resultado de [SB x 335 + (PS x número de días efectivos de trabajo) + vacaciones + PJ + PN] de las tablas de 2021 + 0.25 % del resultado de [SB x 335 + (PS x número de días efectivos de trabajo) + vacaciones + PJ + PN] de las tablas de 2023.

Siendo

S. B. = Salario base: Tomando como referencia el salario base diario recogido en las tablas salariales del Convenio Provincial (Málaga).

P.S. = Pluses salariales recogidos en las tablas salariales del Convenio Provincial (Málaga).

P. J. = Paga de julio recogida en las tablas salariales del Convenio Provincial (Málaga).

P. N. = Paga de navidad recogido en las tablas salariales del Convenio Provincial (Málaga).

La cuantificación del importe de la contribución empresarial al Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la Construcción para el año 2024 se adjunta a la presente acta como anexo II bis, si bien, el mismo, no es ningún documento contractual, y solo se firman como mera referencia y ayuda a empresas y trabajadores.

ANEXO II BIS

Contribución empresarial anual Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la Construcción

2024

NIVEL  APORTACIÓN ANUAL

II 333,52

III 292,37

IV 291,60

V 278,84

VI 267,77

VII 257,47

VIII 250,73

IX 246,73

X 243,19

XI 242,73

XII 242,01

XIII 166,63

JEF. EQUIPO

VIII 203,57

IX 200,39

X 247,00

XI 246,09

XII 244,82