C. Colectivo , Revision. Convenio Colectivo de Sector de DERIVADOS DEL CEMENTO (33000335011980) de Asturias
Sector Autonomico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Julio de 2014 en adelante
- Código: 3300335
- Código Nuevo: 33000335011980
- Tipo: Sector
- Ámbito: Asturias
- Código: 3300335
- Código Nuevo: 33000335011980
- Tipo: Sector
- Ámbito: Asturias
- Código: 3300335
- Código Nuevo: 33000335011980
- Tipo: Sector
- Ámbito: Asturias
- Código: 3300335
- Código Nuevo: 33000335011980
- Tipo: Sector
- Ámbito: Asturias
- Código: 3300335
- Código Nuevo: 33000335011980
- Tipo: Sector
- Ámbito: Asturias
- Código: 3300335
- Código Nuevo: 33000335011980
- Tipo: Sector
- Ámbito: Asturias
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- Código Nuevo: 33000335011980
- Tipo: Sector
- Ámbito: Asturias
- Código: 3300335
- Código Nuevo: 33000335011980
- Tipo: Sector
- Ámbito: Asturias
- Código: 3300335
- Código Nuevo: 33000335011980
- Tipo: Sector
- Ámbito: Asturias
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- Código Nuevo: 33000335011980
- Tipo: Sector
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- Código: 3300335
- Código Nuevo: 33000335011980
- Tipo: Sector
- Ámbito: Asturias
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- Tipo: Sector
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- Código Nuevo: 33000335011980
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- Ámbito: Asturias
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- Ámbito: Asturias
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 24 del 04/02/2022
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 165 del 25/08/2020
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 220 del 14/11/2019
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 248 del 25/10/2018
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 116 del 22/05/2017
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 87 del 15/04/2016
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 111 del 15/05/2015
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 200 del 28/08/2014
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 187 del 12/08/2013
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 189 del 14/08/2012
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 136 del 14/06/2011
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 98 del 29/04/2011
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 99 del 30/04/2010
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 40 del 18/02/2009
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 68 del 25/03/2008
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 44 del 22/02/2008
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 73 del 28/03/2007
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 34 del 10/02/2007
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 47 del 26/02/2005
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 62 del 15/03/2004
Boletín Oficial del Principado de Asturias nº 24 del 30/01/2004
Preambulo
Vista la solicitud de inscripción de Convenio Colectivo presentada por la Comisión Negociadora del convenio colectivo del sector Derivados Cemento (expediente C-016/2014, código 33000335011980), a través de medios electrónicos ante el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo del Principado de Asturias, suscrito por la representación legal de la empresa y de los trabajadores el 1 de julio de 2014, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 3 de julio de 2012, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Economía y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo, por la presente,
RESUELVO
Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Trabajo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.
Oviedo, a 5 de agosto de 2014.- El Consejero de Economía y Empleo.-P.D. autorizada en Resolución de 3-07-2012, publicada en el BOPA núm. 156, de 06-07-2012, el Director General de Trabajo.-Cód. 2014-14169.
CONVENIO COLECTIVO DE DERIVADOS DEL CEMENTO DE LA PROVINCIA DE ASTURIAS (2014-2016)
ÍNDICE. Acta de otorgamiento
Artículo 0. -Determinación de partes y eficacia Convenio.
Artículo 1.-Ámbito de aplicación.
Artículo 2.-Vigencia y duración.
Artículo 3.-Remisión.
Artículo 4.-Absorción, compensación y condiciones más beneficiosas.
Artículo 5.-Jornada.
Artículo 6.-Horas extraordinarias.
Artículo 7.-Toxicidad, penosidad y peligrosidad.
Artículo 8.-Nocturnidad.
Artículo 9.-Festivos y descansos.
Artículo 10. -Vacaciones.
Artículo 11.-Permisos y licencias.
Artículo 12.-Retribuciones y revisión salarial.
Artículo 13.-Condiciones y procedimiento para la no aplicación del régimen salarial.
Artículo 14.-Gratificaciones extraordinarias.
Artículo 15.-Antigüedad consolidada.
Artículo 16.-Dietas y kilometraje.
Artículo 17.-Ropas de trabajo y herramientas.
Artículo 18.-Complementos por incapacidad temporal.
Artículo 19.-Jubilación.
Artículo 20.-Cartilla profesional.
Artículo 21.-Seguridad e higiene en el trabajo.
Artículo 22.-Comisión paritaria.
Artículo 23.-Acción sindical.
Artículo 24.-Póliza de seguros.
Artículo 25.-Contratación.
Artículo 26.-Clasificación profesional.
Artículo 27.-Mujer trabajadora.
Artículo 28.-Sometimiento al AISECLA.
Disposición transitoria 1.ª
Disposición transitoria 2.ª
ANEXO I. Salario hora ordinaria.
ANEXO II. Tablas salariales.
ANEXO III. Modelo de finiquito.