Convenio Colectivo de Sec...0) de León

Última revisión
09/01/2009

Calendario. Convenio Colectivo de Sector de EDIFICACION Y OBRAS PUBLICAS (24002005011980) de León

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2009

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Documento oficial en PDF(Páginas 19-20)

Acta de la reunion de la Comision Paritaria del Convenio Colectivo de Trabajo, ambito provincial, del sector de Edificiacion y Obras Publicas de Leon relativa a la aprobacion del calendario laboral acordado para el año 2009. Codigo 2402005 (Boletín Oficial de León num. 5 de 09/01/2009)

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de esta Oficina Territorial con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo

Disponer su publicación obligatoria y gratuita en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA.

León, 10 de diciembre de 2008. -La Jefa de la Oficina Territorial de Trabajo, María Asunción Martínez González.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO, ÁMBITO PROVINCIAL, DEL SECTOR DE EDIFICACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE LEÓN

Asistentes:

Representación de los trabajadores.

Por la Unión General de Trabajadores:

- D. Manuel Gómez Quiñones

- D. Manuel Luna Fernández

Por Comisiones Obreras:

- D. Alejandro Trabanco García

- D. Germán Tascón Tascón

Representación empresarial.

Por la Asociación Leonesa de Edificación y Obra Pública:

- D. Javier Vega Corrales

- D. Domingo Cueto Sánchez

- D. Amabilio Cubillas González

Secretario de Actas: D. Javier Sanz Rojo

En la ciudad de León, siendo las diecisiete horas del día 2 de diciembre de 2008 y en los locales de la Asociación Leonesa de Edificación y Obra Pública, se reúnen las personas mencionadas utsupra, miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Trabajo Provincial del Sector de Edificación y Obras Públicas de León, adoptando por unanimidad el siguiente acuerdo:

Primero.- Aprobar el Calendario Laboral para el año 2009. Y en prueba de conformidad, previa redacción y lectura, las partes firman la presente acta, en el lugar y fecha indicados, así como el nuevo Calendario Laboral que se adjunta, a todos los efectos y para su remisión a la autoridad laboral y posterior publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, si se estima conveniente.

CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2009

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)

11 días de vacaciones x 8 horas: 88 horas Horas anuales: 1. 738 2 fiestas locales x 8 horas: 16 horas

Los días 15 de agosto, 24, 25, y 31 de diciembre y los días 1 y 6 de enero no se computan dentro de las vacaciones.

Las partes firmantes están de acuerdo en que, sin perder su carácter laboral para futuros Convenios, los días 7, 8 y 9 de enero, 20 de marzo, 6, 7, 8 y 24 de abril, y 7 de diciembre, no sean laborables, salvo pacto en contrario entre empresa y trabajadores, que podrán sustituirlos por cualquier otro día.

Las fiestas locales que coincidan en sábado o domingo se trasladarán al día laborable inmediatamente anterior, a los efectos de no exceder la jornada laboral en cómputo anual de 1.738 horas.

Siguen firmas (ilegibles).