C. Colectivo. Convenio Colectivo de Sector de FUTBOL PROFESIONAL (99002305011989) de BOE
Sector Estatal. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Julio de 2014
- Preambulo
- CONVENIO COLECTIVO PARA LA ACTIVIDAD DEL FÚTBOL PROFESIONAL SUSCRITO ENTRE LA LIGA NACIONAL DE FÚTBOL PROFESIONAL Y LA ASOCIACIÓN DE FUTBOLISTAS ESPAÑOLES
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES FINALES
- ANEXO I. MODELO DE CONTRATO-TIPO (ARTÍCULO 12)
- ANEXO II. SUELDO MÍNIMO GARANTIZADO
- ANEXO III. FONDO DE GARANTÍA SALARIAL
- ANEXO IV. COMISIÓN MIXTA
- ANEXO V. REGLAMENTO GENERAL DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO
- ANEXO VI. COMISIÓN ECONÓMICA DE CONTROL DE PAGOS
- ANEXO VII. PROCEDIMIENTO ABREVIADO DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL ANTICIPADA
- Código: 9902305
- Código Nuevo: 99002305011989
- Tipo: Sector
- Ámbito: BOE
Boletín Oficial del Estado nº 293 del 08/12/2015
Convenio Colectivo | |||||
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Tipo | Título | F. Publicación | Boletin | F. Vigor | |
C. Colectivo | Resolucion de 25 de septiembre de 2014, de la Direccion General de Empleo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo para la actividad de futbol profesional. Codigo de convenio num. 99002305011989. | 09/10/2014 | Boletín Oficial del Estado | 01/07/2014 | Documento oficial en PDF |
Convenio afectado por | |||||
Tipo | Título | F. Publicación | Boletin | F. Vigor | |
Modificacion/Interpretacion | Resolucion de 5 de noviembre de 2015, de la Direccion General de Empleo, por la que se registra y publica el Acta del acuerdo de modificacion del Convenio colectivo para la actividad de futbol profesional. | 19/11/2015 | Boletín Oficial del Estado | 19/11/2015 | Documento oficial en PDF |
Preambulo
Visto el texto del Convenio colectivo para la actividad de fútbol profesional (código de convenio núm. 99002305011989) que fue suscrito con fecha 25 de julio de 2014 de una parte por la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LNFP), en representación de las empresas del sector, y, de otra por la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 25 de septiembre de 2014.
El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.