Última revisión
20/02/2026
Revisión. Convenio Colectivo de Sector de OCIO EDUCATIVO Y ANIMACION SOCIO-CULTURAL (01100635012017) de Álava
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2026 en adelante
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Resolución del delegado territorial de Trabajo y Seguridad Social de Álava del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo, por la que se dispone la inscripción y publicación de las tablas salariales 2026 del convenio colectivo de ocio educativo y animación socio-cultural de Álava. Código convenio 01100635012017. (Boletín Oficial de Álava num. 22 de 20/02/2026)
Resolución del delegado territorial de Trabajo y Seguridad Social de Álava del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo, por la que se dispone la inscripción y publicación de las tablas salariales 2026 del convenio colectivo de ocio educativo y animación socio-cultural de Álava. Código convenio 01100635012017.
ANTECEDENTES
Se ha presentado, el texto de las tablas salariales del convenio colectivo citado, suscrito por la representación empresarial y la representación social.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia prevista en el artículo 90.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, corresponde a la delegación territorial de Álava del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo, de conformidad con el artículo 18.2.g del Decreto 323/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo.
RESUELVO
Primero. Ordenar la inscripción en la sección territorial de Álava del Registro de Convenios, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad del País Vasco, de las tablas salariales del convenio colectivo citado.
Segundo. Disponer su publicación en el BOTHA.
Vitoria-Gasteiz, 6 de febrero de 2026
Eldelegado territorial de Álava
IBON LOPEZ ALDAZ
Acta de la comisión mixta paritaria del convenio colectivo de ocio educativo y animación sociocultural de Álava (2023-2026)
(Código convenio número 01100635012017)
En Vitoria-Gasteiz, a las horas 9:30 horas del día 6 de febrero de 2026 en la sede territorial de Álava de Lan Harremanen Kontseilua/ Consejo de Relaciones Laborales (Preco), y en presencia de la responsable territorial para la gestión del Preco se reúnen los representantes de las organizaciones sindicales ELA, LAB y CCOO así como de la Asociación Zeharka, todos ellos miembros de la comisión mixta paritaria del Convenio Colectivo de Ocio Educativo y Animación Sociocultural de Álava (años 2023-2026).
Todos ellos se reconocen recíprocamente la representación que ostentan y su plena capacidad para obrar en este acto.
Las citadas partes se reúnen al objeto de dar cumplimiento a lo señalado en el anexo I del Convenio Colectivo de Ocio Educativo y Animación Sociocultural de Álava (años 2023-2026), (BOTHA número 142, de 16 de diciembre de 2024), que establece que la comisión mixta paritaria se reunirá en el plazo de un mes desde que se sepa el IPC de cada año de vigencia del convenio, para actualizar y publicar las tablas salariales de cada año.
En virtud de lo indicado, las partes acuerdan por unanimidad:
Primero. Proceder, al amparo de lo previsto en el anexo I del Convenio Colectivo de Ocio Educativo y Animación Sociocultural de Álava, a la actualización de las tablas salariales correspondientes al año 2026, documento que se adjunta a la presente acta como anexo, y que tendrán efectos desde el 1 de enero de 2026.
Segundo. Suscriben el presente acuerdo los miembros de la comisión paritaria y firmantes del convenio, las organizaciones sindicales ELA, LAB y CCOO así como la parte empresarial, representada en el acto de firma por la Asociación Zeharka.
Tercero. Las partes convienen que este acuerdo sea presentado a la autoridad laboral para su registro y publicación, lo que encomiendan al Consejo de Relaciones Laborales en la persona de su presidenta o en la responsable del Preco de Araba, indistintamente.
Sin más asuntos que tratar, finaliza la presente reunión a las 9:30 horas, procediendo todos los asistentes a suscribir el acta.
Subida salarial año 2026
Para el año 2025 será de un fijo del 3 por ciento, (con garantía de IPC,25 + 1 por ciento). El IPC de la CAPV ha sido de un 2,9 por ciento. Por lo tanto el incremento salarial será de un 3,9 por ciento.
(TABLAS OMITIDAS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)
* Plus de domingos y festivos: 4,50 euros/hora.
* Festivos de especial significación: 5,14 euros/hora.
* Compensación de gastos: 0,38 euros/km.
* Antigüedad: por trienio 26,01 euros en 14 pagas.
