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Revision. Convenio Colectivo de Sector de OFICINAS, CAMARAS, COLEGIOS, ASOCIACIONES, FEDERACIONES E INSTITUCIONES (30001055011982) de Murcia
Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2002 en adelante
Convenio Colectivo de Trabajo para Oficinas de Cámaras, Colegios, Asociaciones, Federaciones e Instituciones. Expediente 19/02. (Boletín Oficial de la Región de Murcia num. 45 de 24/02/2003)
Visto el expediente de Convenio Colectivo de Trabajo para Oficinas de Cámaras, Colegios, Asociaciones, Federaciones e Instituciones (Código de Convenio número 3001055) de ámbito Sector, suscrito por la Comisión Mixta de Interpretación del referido Convenio, con fecha 11- 4- 2002, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del R. D. Legislativo 1/1995, de 24- 3- 1995, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Esta Dirección General de Trabajo
RESUELVE:
Primero
Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo, de esta Dirección General, con fecha y notificación a la Comisión Mixta de Interpretación del mismo.
Segundo
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
Murcia a 29 de enero de 2003. El Director General de Trabajo. Por Delegación de firma (Resol. 20- 9- 99). El Subdirector General de Trabajo, Pedro Juan González Serna.
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