Convenio Colectivo de Sec...e Valencia

Última revisión
13/09/2010

Revision. Convenio Colectivo de Sector de PELUQUERIAS Y SALONES DE BELLEZA de Valencia

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Diciembre de 1993 en adelante

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Resolucion del 16 de diciembre de 1993, por la que se dispone el registro y publicacion del texto de la Revision Salarial del Convenio Colectivo del sector Peluquerias y Salones de Belleza de la provincia de Valencia. (Boletín Oficial de Valencia num. 5947 de 04/02/1994)

Preambulo

Visto el contenido del Acta suscrita el pasado día 1 de diciembre de 1993 por la comisión negociadora, sobre acuerdo del convenio colectivo de trabajo del Sector de Peluquerías y Salones de Belleza, formada por la Asociación Provincial de Peluqueros de Valencia, formada por la Asociación Provincial de Peluqueros de Valencia, CC.OO. y U.G.T. que fue presentada en este organismo con fecha 10 de los corrientes, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 de la ley 8/1980 de 10 de marzo, y artículos 1º y 2º del real decreto 1.040/1981 de 22 de mayo.

Esta Dirección Territorial de Trabajo, acuerda:

Primero:

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos.

Segundo:

Ordenar su depósito en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero:

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia.

ACTA DE ACUERDO DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE PELUQUERIAS Y SALONES DE BELLEZA

Asistentes:

CC.OO.: Rafael Simarro Castillejo.

U.G.T.: Lola Navarro Jiménez.

Asociación de Peluqueros. C.E.V.: Ricardo Jarque Vidal.

Vicente Fos Argente.

En Valencia, siendo las 10 horas del día 1 de diciembre de 1993, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Sector de Peluquerías y Salones de Belleza de la provincia de Valencia.

Las partes se habían reconocido capacidad suficiente al iniciarse la negociación.

Tras una serie de deliberaciones, han acordado lo que sigue:

Primero.

Aprobar las tablas salariales que a continuación se relacionan, cuya vigencia se extiende desde el 1 de diciembre de 1993 hasta el 31 de diciembre de 1994:

Ptas/día

Oficial Mayor

2.333

Oficial 1ª esteticista

2.208

Oficial 2ª

2.188

Oficial 3ª masajista

2.168

Ayudante manicura

2.165

Aprendiz 1ª y 2ª

1.329

Segundo.

Aprobar, exclusivamente para 1993, una Bolsa de Navidad abonable en el recibo de salarios del mes de diciembre de 1993, y en todo caso en el plazo de un mes desde la publicación de la presente Acta, cuyas cantidades se reflejan a continuación:

Ptas

Oficial Mayor

4.000

Oficial 1ª esteticista

4.000

Oficial 2ª

4.000

Oficial 3ª masajista

4.000

Ayudante manicura

4.000

Aprendiz 1ª y 2ª

3.000

Tercero.

Para diciembre de 1993 y el año 1994, el Plus de Transporte se fija, en distinción de actividad o categoría, en la cantidad de 185 pesetas por día efectivamente trabajado.

Cuarto.

La jornada de trabajo será de 40 horas semanales.

Aquellas empresas cuya capacidad y necesidades organizativas lo permitan, podrán fijar su jornada en cómputo anual, quedando establecida para 1994 en 1.800 horas.

Quinto.

De acuerdo con lo establecido en el artículo primero de la Resolución de 26 de julio de 1993, de la Dirección General de Trabajo, para la que se dispone el registro y publicación del acuerdo sobre Solución Extrajudicial de Conflictos Colectivos, las partes firmantes se someten expresamente al mismo.

Sexto.

Las partes firmante, conscientes de la importancia que para el desarrollo y la competitividad del sector representa la formación profesional de los trabajadores, se comprometen a potencias la misma en el marco del Acuerdo Nacional de Formación Continua.

Séptimo.

La vigencia del convenio colectivo se extenderá desde el 1 de enero de 1993 hasta el 31 de diciembre de 1994. El contenido normativo del convenio no afectado por los acuerdos aprobados en la presente acta, será, durante la vigencia del mismo, el publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia número 310 de 30 de diciembre de 1992.

Octavo.

Facultar a don Rafael Segarra Rausell, con D.N.I. número 22.551.345, y domicilio a efectos de notificaciones en Valencia, calle Pinzón, número 6, para efectuar los trámites de depósito y solicitud de publicación de estos Acuerdos en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Leído que es y encontrado conforme, se firma en las ciudad y fecha ut supra.