Convenio Colectivo de Sector de PIROTECNIA (80000325011997) de Comunidad Valenciana
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Convenio Colectivo de Sec...Valenciana

Última revisión
07/05/2008

Revision. Convenio Colectivo de Sector de PIROTECNIA (80000325011997) de Comunidad Valenciana

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2007

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RESOLUCION de 8 de abril de 2008, de la Direccion General de Trabajo, Cooperativismo y Economia Social, por la que se dispone el Registro y Publicacion del Acuerdo de la Comision Paritaria del Convenio Colectivo de Pirotecnia de la Comunidad Valenciana sobre Revision Salarial para el año 2008 y Actualizacion por Diferencias del IPC para el año 2007 ( cod. 80002325). [ 2008/5500 ] (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana num. 5757 de 07/05/2008)

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Dirección General, con notificación a la Comisión Negociadora, y depósito del texto original del Acta.

Segundo

Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Valencia, 8 de abril de 2008. - El director general de Trabajo, Cooperativismo y Economía Social: Román Ceballos Sancho

En Valencia a 28 de enero de 2008. Reunida en el día de hoy a las nueve horas, la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Pirotécnia de la Comunidad Valenciana en el domicilio de PIROVAL, cuyos integrantes aparecen relacionados al pie del presente documento, llega a los siguientes

ACUERDOS

Primero

Dando cumplimiento a lo acordado en el artículo 10 del Convenio Colectivo de Pirotécnia de la Comunidad Valenciana 2007- 2009 (Clave Convenio 8000325) y por lo que concierne a la anualidad de 2007 (efectos económicos desde el 1 de enero de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2007) , se procede, una vez constatado el IPC definitivo del año 2007 cifrado en el 4,2% , a revisar las tablas salariales de 2007.

Como quiera que el IPC citado supera el incremento fijado para el 2007 que señala el artículo 9 (2,85%), el exceso de este porcentaje hasta alcanzar el IPC real supone el 1,35%, más el 0,85% contemplado todo ello en el artículo 10, en consecuencia se procede a fijar las tablas salariales definitivas del año 2007, incrementando las tablas salariales en un 5,05% con respecto a las del año 2006.

Las retribuciones definitivas aparecen reflejadas en las tablas que se adjuntan bajo el anexo I.

Segundo

Asimismo y en aplicación de lo previsto en el artículo 9 del texto del convenio, se procede a fijar las retribuciones salariales para el año 2008; habiéndose obtenido las mismas, de aplicar un incremento del 2,85% sobre las tablas salariales definitivas del año 2007.

En el anexo II se reproducen categorías y salarios correspondientes para el año 2008.

Tercero

El pago de diferencias salariales motivadas por las tablas adjuntas, se abonará a los trabajadores al mes siguiente a la publicación del presente acuerdo en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Cuarto

Las partes intervinientes facultan a don Pedro Carceller Roda para efectuar los trámites pertinentes ante la Autoridad Laboral para que proceda a la inscripción, registro y posterior publicación del presente acuerdo.

Y no habiendo más asuntos a tratar, habiéndose adoptado los presentes acuerdos, por unanimidad de los miembros de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Pirotécnia de la Comunidad Valenciana, se suscribe en el lugar y fecha arriba indicado.

Por PIROVAL:

María Amparo Caballer Barat 52.653.371- T

María del Carmen Caballero Moreno 33.450.892- Z

Ricardo Caballer Estellés 19.817.996- T

Pedro Carceller Roda 22.674.923- M

Por FIAUGTPV

Ignacio Cots Chafer 48.288.275- M

Ramón Francisco Morales Duato 22.641.912- E

Por FITEQA de CCOOPV Andrés

Soria Palomares 26.427.219- N

Irene Trinidad Cerezo Albusax 73.573.597- R

Miguel Ángel Castelló Garfella 21.628.172- F

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)

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