Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS POR CARRETERA (07000845011982) de Baleares
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Convenio Colectivo de Sec...e Baleares

Última revisión
29/01/2015

Modificacion / Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS POR CARRETERA (07000845011982) de Baleares

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2015

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Resolucion del consejero de Economia y Competitividad por la que se dispone la inscripcion y deposito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears, y la publicacion del Acta de la Comision Negociadora del Acuerdo de ampliacion del plazo de ultraactividad del Convenio colectivo del sector del transporte regular de viajeros por carretera de las Illes Balears (exp.: CC AP 05/062, codigo de convenio 07000845011982) (Boletín Oficial de las Islas Baleares num. 14 de 29/01/2015)

Antecedentes

1. El día 30 de diciembre de 2014, la Comisión Negociadora del Convenio colectivo del sector del transporte regular de viajeros por carretera de las Illes Balears suscribió el Acta de la Comisión Negociadora del Acuerdo de ampliación del plazo de ultraactividad del citado convenio.

2. El día 30 de diciembre, el señor José Carlos Sedano Almiñana, en representación de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada Acta.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 90.3 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

3. El artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Inscribir y depositar el Acta de la Comisión Negociadora del Acuerdo de ampliación del plazo de ultraactividad del Convenio colectivo del sector del transporte regular de viajeros por carretera de las Illes Balears en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears.

2. Publicar el Acta en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Hacer constar que la versión castellana del texto es la original firmada por los miembros de la Comisión Negociadora y que la versión catalana es su traducción.

4. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora.

Palma, 22 de enero de 2015

El director general de Trabajo y Salud Laboral

Onofre Ferrer Riera

Por delegación del consejero de Economía y Competitividad

(BOIB 70/2013)

ACTA 7

COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA EL SECTOR DEL TRANSPORTE REGULAR DE VIAJEROS POR CARRETERA DE LAS ILLES BALEARS

(CÓDIGO CONVENIO 07000845011982)

ASISTENTES

REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:

D. Javier Parra Parra (FEBT)

D. Salvador Servera Jaume (FEBT)

D. Carlos Sedano Almiñana (asesor FEBT)

REPRESENTACIÓN SINDICAL:

D. Pedro Víctor Huerta Rebollo (asesor CC.OO.)

D. Tomás Muñoz Mota (CC.OO.)

D. Josep Ginard Vallcaneras (asesor CC.OO.)

D. Borja Eizaguirre Pascual (CC.OO.)

D. José García Relucio (asesor UGT)

D. Ángel Moyà Garrido (UGT)

D. Francisco Melgarejo Puertollano (asesor USO)

D. Miguel Ángel Vázquez Folgoso (USO)

En Palma de Mallorca (Illes Balears), siendo las 10 horas del día 30 de diciembre de 2014, en la sede social de la FEDERACIÓN EMPRESARIAL BALEAR DE TRANSPORTES (FEBT), C/. Aragón nº 215, piso 1º de esta ciudad, se reúnen las personas al margen izquierdo relacionadas, constituidas en Comisión negociadora del convenio colectivo indicado en el encabezamiento, al objeto de celebrar una nueva reunión oficial, la séptima, de acuerdo con la convocatoria realizada al efecto por la parte empresarial.

Levanta la presente Acta D. Carlos Sedano, asesor de la parte empresarial.

Antes de iniciar la reunión se firma aprobándola, por un miembro de cada organización, el acta 6 de la reunión anterior, que ha sido revisada y circulada previamente.

A efectos de que conste en el Acta, la representación empresarial da la bienvenida de nuevo a la Mesa a D. Ángel Moyà, una vez recuperado de su enfermedad.

En otro orden de cosas, también se informa por la representación empresarial que D. Rafael Llompart Mestre, ha vendido su empresa, por lo que cesará como miembro de la Mesa negociadora, quedando pendiente el nombramiento de un sustituto. Se añade que el Sr. Llompart también ha cesado como Presidente de la Asociación empresarial, cargo que ha pasado a ocupar D. Santiago Aguado Rubio.

También se informa por parte empresarial que D. José María Cardona Ribas, representante empresarial por Ibiza, disculpa su no asistencia a la reunión motivada por estar de viaje.

Finalmente la parte empresarial hace alusión a que en fecha 22 de diciembre de 2014 se ha firmado en el ámbito nacional un Acuerdo Marco sobre materias concretas del sector del transporte de viajeros por carretera, que regula en su título IV la sucesión convencional y subrogación en el sector, resolviendo de este modo uno de los temas que las partes de este convenio tenían sobre la mesa. Se supone que este Acuerdo Marco se tramitará a fin de que se registre ante la autoridad laboral y se publique en el BOE.

Sigue en el uso de la palabra la representación empresarial recordando que la vigencia pactada convencionalmente alcanzaba hasta el día 31 de diciembre de 2013, y que mañana, día 31 de diciembre de 2014 habrá transcurrido el año de ultra-actividad previsto en el artículo 86.3, último párrafo, del Estatuto de los Trabajadores. Por tanto, legalmente, el 1 de enero de 2015 el convenio perdería su vigencia y decaería su aplicación. No obstante lo anterior, considera esta representación que sería conveniente que la comisión negociadora, dado que aún se está dialogando activamente el contenido del convenio, continúe con la negociación del mismo, ampliándose hasta el 28 de febrero de 2015 la vigencia y aplicación del actual, sin perjuicio de que el día 1 de marzo de 2015 se produzcan los efectos inherentes a la pérdida de vigencia en los mismos términos y condiciones que se producirían el 1 de enero de 2015 si no se pactase la citada prórroga.

Los representantes de todos los sindicatos se muestran favorables al mantenimiento de la negociación y a la prórroga planteada en los términos señalados, aunque les parece un periodo corto. Por parte de la representación de USO, se manifiesta además que a raíz de la reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre ultra-actividad, los trabajadores se muestran bastante más tranquilos, sentencia que ha sido propiciada por una demanda cursada precisamente en esta comunidad autónoma y por el sindicato USO. También añade USO que en las asambleas celebradas por los trabajadores del sector el pasado 17 de diciembre, mostraron su rechazo a la prórroga del convenio colectivo por un año más.

Responde la parte empresarial, que el plazo propuesto de dos meses de ampliación de negociación fueron aprobados en asamblea de la asociación empresarial, y sería este órgano que debería, en su caso, decidir ampliar el tiempo de negociación, y que la parte empresarial tampoco está por la labor de ampliar sin más un año más el convenio.

En conclusión, la totalidad de los miembros que componen la Comisión negociadora acuerdan mantener las negociaciones del convenio y prorrogar la aplicación y vigencia del mismo, de forma excepcional y concluyente, hasta el día 28 de febrero de 2015, perdiendo éste su vigencia en los términos expuestos en el último párrafo del apartado 3 del artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores a partir de día 1 de marzo de 2015.

Igualmente, la Comisión negociadora mandata al asesor de la parte empresarial a los efectos de comunicación de esta decisión a la autoridad laboral competente, para que tenga conocimiento de esta prórroga excepcional y la inscriba en el registro de convenios colectivos y proceda a su publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears (BOIB).

Se procede a fijar las fechas de las próximas sesiones negociadoras de la Comisión que quedan fijadas de común acuerdo en los siguientes días y horas: miércoles 14/1/15 a las 16,30 horas; martes 27/1/15 a las 16,30 horas; miércoles 4/2/15 a las 16,30 horas; jueves 12/2/15 a las 16,30 horas, jueves 19/2/15 a las 16,30 horas; y jueves 26/2/15, última reunión, a las 16,30 horas, celebrándose todas en los mismos locales de hoy.

Así, se deja constancia de todo lo anterior, de lo que se levanta la presente Acta, que se aprueba y firma en el día de hoy por todas las partes, ocurriendo todo ello a las 11,20 horas, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

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