Convenio Colectivo de Sec...) de Cádiz

Última revisión
06/03/2026

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de AGENCIAS MARITIMAS CONSIGNATARIAS DE BUQUES (11000685011982) de Cádiz

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2026 en adelante

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Acuerdo de mediación sobre la tabla salarial 2026. (Boletín Oficial de Cádiz num. 44 de 06/03/2026)

CONVENIO O ACUERDO: AGENCIAS MARITIMAS

CONSIGNATARIAS DE BUQUES S.A. (APEMAR)

 Expediente: 11/01/0029/2026

 Fecha: 14/02/2026

 Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN

 Destinatario: EMILIO LUÍS SAMBUCETY MARTÍN 

Código 11000685011982

 PRIMERO.- Que con fecha 09-02-2026 tiene entrada a través de medios electrónicos, en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo, solicitud de inscripción por la responsable del SERCLA del Acuerdo de Mediación, en el expediente C/11/2026/22, suscrito el 04/02/2026 en el seno de este Sistema, siendo partes firmantes

Dª. Blanca Moreno Pascual de Pobil, en representación de la ASOCIACIÓN PROFESIONAL DE EMPRESAS DE ACTIVIDADES MARÍTIMAS DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ (APEMAR) y D. Alberto Jesús Mesa González y otros, como representante de los trabajadores.

SEGUNDO.- Que la competencia de esta Delegación Territorial de Conocimiento y Empleo, para la inscripción del precitado acuerdo, viene determinada por el R.D. 4043/1982, de 29 de Diciembre, por el que se acuerda el traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de trabajo a la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios yAcuerdos Colectivos de Trabajo; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del R.D. Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio sobre reestructuración de Consejerías.

 TERCERO.- Que constando en el expediente administrativo el precitado

Acuerdo de Mediación, alcanzado en procedimiento ante la Comisión de Conciliación Mediación del SERCLA y que dicho acuerdo, logrado a través de la mediación, tiene la eficacia jurídica y tramitación de convenios colectivos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 83 y 90 del vigente Estatuto de los Trabajadores y acuerdo interprofesional sobre el Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales en Andalucía (SERCLA). Por todo lo expuesto,

  RESUELVE

 UNICO.-Proceder a la inscripciónypublicacióndelAcuerdodeMediación, suscrito 04/02/2026 en el seno de este Sistema.

 Cádiz a 14 de febrero de 2026. DELEGADO TERRITORIAL DE LA DELEGACIÓNDEEMPLEO,EMPRESAYTRABAJOAUTONOMO,Fdo.:DANIEL SANCHEZ ROMAN

ACTA DE FINALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO GENERAL ANTE LA COMISIÓN DE CONCILIACIÓN-MEDIACIÓN DEL SERCLA.

 En la sede virtual del SERCLA, a 4 de febrero de 2026, en el Expediente número C/11/2026/22, promovido por D. Alberto Jesus Mesa González en calidad de Coordinador Comarcal del sindicato Coordinadora de Trabajadores de los Puertos Andaluces frente a la Asociación Profesional de Empresas de Actividades Marítimas de la Provincia de Cádiz (APEMAR) (CIF:G11044930) se constituye la Comisión de Conciliación-Mediación integrada por los siguientes miembros:

Presidencia: D. Manuel Medina Andana

Secretario: D. Emilio L. Sambucety Martín

Vocalia: D. Joaquín Rodríguez Blanco

Vocalia: D. José Lloret Galiana

  Antecedentes:

Con fecha 16 de enero de 2026 tienen entrada en la Oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía (Nº Reg. Entrada: 202699900430527) escrito de inicio interponiendo el presente conflicto ante el SERCLA.

  Con fecha 04/02/2026 se cursaron citaciones a las partes para celebrar sesión de mediación online, quedando constancia en el expediente la recepción de las mismas y compareciendo en el día de hoy, pormedio de videoconferencia,lassiguientes personas:

  Por la parte promotora, D. Alberto Jesus Mesa González en calidad de Coordinador Comarcal del sindicato Coordinadora de Trabajadores de los Puertos Andaluces en virtud de poder otorgado ante el Notario delIlustreColegio deAndalucía, D. Luis Enríquez Muñoz Aibar, de fecha 04/04/2024 y con el número 403 de su protocolo.

Por la Asociación Profesional de Empresas de Actividades Marítimas de la Provincia de Cádiz (APEMAR), Dª. Blanca Moreno Pascual del Pobil, en virtud de otorgamiento de poder general que consta en el registro electrónico de apoderamientos (Apodera), de fecha 03/02/2026 y con numero de Identificador apoderamiento: 738183.

 Como partes interesadas, en representación de laFESMC-UGT-CÁDIZ,D. JorgeBerenjenoBorrego,VicesecretarioGeneralydeCoordinaciónSectorial en nombre de D. Matías Agrafojo Martínez, Secretario General en virtud de poder otorgado ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, D. Isabel Estape Tous, de fecha 19/04/2017 y con el número 2169 de su protocolo; representación comunicada el 23/01/2026.

EnrepresentacióndeFSCCCOO,Dª.LauraMayoLópezGuerrero, en virtud de apoderamiento electrónico, otorgado por D. Jose López Bravo, para comparecer y actuar en el Sercla de fecha 14/04/2025.

Las partes se reconocen capacidad y representación suficiente para el presente acto.

Objetivos y finalidades del conflicto planteado por el promotor en el escrito de iniciación y ratificada ante la Comisión:Acuerdo sobre la tabla salarial del convenio de Agencias Marítimas de la provincia de Cádiz 2026.

El presente acto comienza a las 10:00 horas finalizando a las 10:15 horas.

Se hace constar que en elsupuesto de que el procedimiento ante el SERCLA finalice con avenencia, este Sistema solicitará a la Autoridad Laboral la inscripción del acuerdo alcanzado en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, conforme a los artículos 2.1.d y 6.1.c del R.D. 713/2010, de 28 de mayo.

Iniciada la sesión, conforme a las normas legales y convencionales de aplicación, las partes exponen a los miembros de la CCM sus respectivas posturas y, finalmente, tras varias intervenciones alcanzan el siguiente acuerdo:

Aprobar las tablas salariales del convenio de Agencias Marítimas Consignatarías de Buques(APEMAR), con Código 11000685011982 para el año 2026 con el incremento del 3,5% según el artículo 11 del citado Convenio, que se anexan al presente acuerdo.

A la vista de los acuerdos alcanzados,se da por finalizado el procedimiento CON AVENENCIA

El Secretario de la Comisión de Mediación, lee a las partes el contenido del acuerdo transcrito anteriormente, manifestando las partes su conformidad.   4 de febrero de 2026. Fdo.: D. Alberto Jesús Mesa González. Fdo.: Dª. Blanca Moreno Pascual del Pobil. 8 de febrero de 2026. Fdo.: D. Jorge Berenjeno Borrego. 5 de febrero de 2026. Fdo.: Dª. Laura Mayo López Guerrero

CERTIFICACIÓN:

  D. Emilio L. Sambucety Martín, como Secretario/a de la Comisión de Conciliación-Mediaciónyfuncionario/adelConsejoAndaluzdeRelacionesLaborales, doy fe de todo lo practicado, emitiéndose el presente acta 4 de febrero de 2026 y firmándose electrónicamente por todaslas partes. Del presente acta se remitirán copias a las partes de forma electrónica.

  9 de febrero de 2026. Fdo.: Emilio Luis Sambucety Martín

ANEXO IV TABLA SALARIAL

(TABLAS OMITIDAS. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)