Última revisión
21/03/2019
Revision. Convenio Colectivo de Sector de TALLERES DE TINTORERIAS, DESPACHOS A COMISION, LAVANDERIAS Y PLANCHADO DE ROPA (09000615011981) de Burgos
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2019 en adelante
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Acuerdo de la comision paritaria del convenio colectivo de empresas dedicadas a las actividades de talleres de tintorerias, despachos a comision, lavanderias y planchado de ropa de la provincia de Burgos. C.C. 09000615011981 (Boletín Oficial de Burgos num. 56 de 21/03/2019)
Delegación TerriTorial De Burgosoficina Territorial de Trabajo
Resolución de fecha 11 de marzo de 2019 del Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo de Burgos, por la que se dispone el registro y publicación del acuerdo de la comisión paritaria del convenio colectivo de empresas dedicadas a las actividades de talleres de tintorerías, despachos a comisión, lavanderías y planchado de ropa de la provincia de Burgos. (C.C. 09000615011981).
Visto el texto del acuerdo de la comisión paritaria del convenio colectivo de empresas dedicadas a las actividades de talleres de tintorerías, despachos a comisión, lavanderías y planchado de ropa de la provincia de Burgos alcanzado el día 6 de marzo de 2019 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del R.D. Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, R.D. 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo (BOE 12/06/2010), R.D. 831/95, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de Trabajo y Orden EYH/1139/2017, de 20 de diciembre (BOCyL 22/12/2017) por la que se desarrolla la estructura orgánica y se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo.
Esta Oficina Territorial de Trabajo acuerda:
Primero. - Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo. - Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos.
En Burgos, a 11 de marzo de 2019.
El Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo, Andrés Padilla García
ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO DE TINTORERÍAS DE BURGOS 6/MARZO/2019
En Burgos, siendo las 12:30 horas del día 6 de marzo de 2019, y de conformidad con su artículo 9.º, se reúne la comisión paritaria del convenio colectivo de empresas dedicadas a las actividades de talleres de tintorerías, despachos a comisión, lavanderías y planchado de ropa de la provincia de Burgos, al objeto de tratar, interpretar y acordar lo siguiente:
A raíz de la aprobación y publicación del Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2019 en una cuantía anual de 12.600 euros, y dado que en el convenio colectivo de empresas dedicadas a las actividades de talleres de tintorerías, despachos a comisión, lavanderías y planchado de ropa de la provincia de Burgos existen varias categorías profesionales que tienen fijada una retribución anual para el año 2019 inferior a dicha cuantía, procede interpretar el mismo, ajustándose al mínimo legal establecido, por lo que se toma el acuerdo de reelaborar la tabla salarial del convenio para el año 2019, haciendo referencia a que la retribución anual de determinadas categorías es la de «smi 2019», es decir, el salario mínimo interprofesional fijado por el R.D. 1462/2018 para el 2019.
De igual manera, e interpretando que de mantenerse actualmente la tabla salarial para 2020 tal como se acordó en su día determinadas categorías profesionales quedarán por debajo del salario mínimo interprofesional para el 2020, se acuerda modificar dicha tabla salarial, indicando como retribución anual de determinadas categorías la de «smi 2020», es decir, el salario mínimo interprofesional que se fije por el Gobierno para esa anualidad.
Por último, se señala que en caso de que alguna de las categorías profesionales que tienen establecida su retribución anual sin referencia a smi, si como consecuencia del salario mínimo interprofesional que se fije por el Gobierno quedaran por debajo de éste, se debe interpretar que se ha de ajustar la retribución a tal smi, sin necesidad de volverse a reunir esta comisión paritaria.
Dada la importancia de que tal interpretación sea conocida por todo el sector, se acuerda publicar este acta en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos.
Y no habiéndose tratado más asuntos se levantó la sesión, siendo las 13:00 horas.
ANEXO II. TABLAS SALARIALES 2019
TALLERES DE TINTORERÍAS, DESPACHOS A COMISIÓN, LAVANDERÍAS Y PLANCHADO DE ROPA
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(*) Estas cantidades se adaptarán a los porcentajes retribuibles de aplicación, establecidos en la normativa vigente para los contratos de aprendizaje y/o contratos para la formación.
ANEXO III. TABLAS SALARIALES 2020
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