Convenio Colectivo de Sec... de Toledo

Última revisión
06/04/2004

Revision. Convenio Colectivo de Sector de TINTORERIAS Y LAVANDERIAS (45000315011981) de Toledo

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2004 en adelante

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REVISION SALARIAL PARA EL AÑO 2004 DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE TINTORERIAS Y LAVANDERIAS (Boletín Oficial de Toledo num. 79 de 06/04/2004)

Primero

Ordenar su inscripción en el libro registro de Convenios Colectivos y proceder al depósito del texto original del mismo en la Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación, con notificación a las partes negociadoras.

Segundo

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Toledo.

Toledo 17 de marzo de 2004. - El Delegado Provincial de Industria y Trabajo, Jesús Velázquez García Bueno.

ACTA

En Toledo, siendo las 11, 00 horas del día 11 de marzo de 2004, se reúne la Comisión Mixta del Convenio Colectivo Provincial de Tintorerías y Lavanderías de la provincia de Toledo, y:

ACUERDAN:

1) La firma de las tablas salariales para el año 2004, en aplicación de lo establecido en los artículos 38 y 39 del vigente Convenio Colectivo y que suponen un incremento del 7.4 por 100, cuyas tablas, que tendrán vigencia de 1 de enero de 2004 a 31 de diciembre de 2004, se adjuntan al presente acta como anexo I.

2) Remitir dichas tablas salariales a la Delegación Provincial de Industria y Trabajo de Toledo, a efectos de su depósito, registro y publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Toledo.

3) Los atrasos que se pudieran devengar deberán ser abonados en el plazo máximo de un mes desde la fecha del presente acta.

Y en prueba, de conformidad con lo que antecede, lo firman en el lugar y fecha al principio indicados.-(Firmas ilegibles).

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)

- Antigüedad: 4 quinquenios al 7 por 100 y trienios al 7 por 100.

- Ayuda cultural: 396,02 euros.

- Plus transporte: 1,78 euros.

- Domingos y festivos: 50 por 100 S. H.

- Nocturnidad: 25 por 100 S. H. + antigüedad.

- Tóxico, penoso, peligroso: 20 por 100 S. H.

- Seguro de accidentes: 12.404,60 euros.