Convenio Colectivo de Sec...1) de Jaén

Última revisión
11/11/2024

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de ACTIVIDADES AGROPECUARIAS (23000165011981) de Jaén

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024 en adelante

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Acta de la comisión paritaria para la revisión del Convenio colectivo de trabajo para las Actividades Agropecuarias de la provincia de Jaén. (Revisión salarial 2024-2025). (Boletín Oficial de Jaén num. 219 de 11/11/2024)

Acta comisión paritaria para la revisión del Convenio colectivo de trabajo para las Actividades Agropecuarias de la provincia de Jaén. (Revisión salarial 2024-2025).

Edicto

Referencia: Relaciones colectivas/Convenios Colectivos 

Expediente: 23/01/0116/2024

Código Convenio: 23000165011981

Vista el Acta de la Comisión paritaria del Convenio Colectivo de trabajo para las Actividades Agropecuarias de la provincia de Jaén de fecha 29/10/2024, con entrada en el registro de Convenios colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad de esta Autoridad Laboral el día 29/10/2024, por medio de la cual se aprueban las tablas salariales que han de regir en dicho sector durante el período de 01/10/2024 a 30/09/2025, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad; sobre la base de las competencias atribuidas a esta Delegación Territorial por el Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo, Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías (BOJA extraordinario núm. 25, de 26 de julio), modificado por Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto (BOJA extraordinario número 27, de 08 de agosto), en relación con el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (BOJA extraordinario número 28, de 11 de agosto), y Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA extraordinario número 29, de 30 de agosto), esta Delegación Territorial, acuerda:

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de igualdad de este Centro Directivo, con funcionamiento mediante procedimientos electrónicos, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo. Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Jaén, 06 de noviembre de 2024

La Delegada Territorial, Ana Belén Mata Soria

Acta comisión paritaria para la revisión del Convenio Colectivo del Campo

Asistentes 

Presidente

Higinio Castellano García.

Secretaria

María de los Ángeles Ortega García.

Representación Empresarial

D. Elio Sánchez Campos (UPA).

D. Rafael Guzmán García (ASAJA).

D. Nicolás Vico Roa (ASAJA).

D. Francisco Manuel Martínez González (ASAJA-asesor).

D. José Ramón Gómez-Puig Gómez (CEJ)

Representación Social

D. Domingo Ocaña Fernández (UGT).

D. Antonio Marcos Parra (UGT).

D. Juan Jiménez Sánchez (UGT)

Dña. Teresa Pérez Alcántara (CCOO).

Acta

En la ciudad de Jaén, siendo las 9:30 del martes, 29 de octubre de 2024 y en la sede del Paseo de la Estación, 30, 3ª planta, se reúnen los/as señores/as arriba relacionados integrantes de la Comisión Paritaria de negociación del Convenio Colectivo de trabajo para las Actividades Agropecuarias de la provincia de Jaén, actuando como Presidente D. Higinio Castellano García y como Secretaria Dª. Mª Ángeles Ortega García.

El objeto de la presente reunión es dar lectura y aprobar, en su caso, la Tabla Salarial del Convenio Colectivo del Trabajo para las Actividades Agropecuarias en la Provincia de Jaén, en la forma prevista en su art. 5, cuya vigencia será del 1 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2025.

?Para el tercer y cuarto año de vigencia, la tabla salarial se incrementará en el IPC real de la provincia de Jaén para el año en cuestión, siempre que dicho IPC se sitúe entre el 1,5% y el 3,5% por ciento. En el caso de que el referido IPC sea inferior al 1,5%, el incremento de la tabla salarial se fija en ese 1,5%, que actuará como incremento mínimo. En el caso de que el referido IPC sea superior al 3,5%, el incremento de la tabla salarial se fija en el 3,5 %, que actuará como incremento máximo?.

Dado que conforme a los datos facilitados por el Instituto Nacional de Estadística respecto del período comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024, el IPC provincial ha sido del 1,6 se procede a la confección de la nueva tabla de salarios para el tercer año de vigencia del Convenio mediante la aplicación del incremento máximo de 1,6% establecido en el art. 5 del mismo.

Dicha tabla salarial es aprobada por unanimidad de ambas representaciones y se une a la presente acta, iniciándose su vigencia con efectos de 1 de octubre de 2024 cualquiera que sea la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, conforme a lo establecido en el art. 4 del Convenio del Campo vigente. También por unanimidad de ambas representaciones se acuerda que la Sra. Secretaria de la Comisión Paritaria eleve el acta y la tabla salarial aprobada a la Delegación Territorial de Empleo para que, previos los trámites correspondientes, se ordene su inserción en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.

Desde CCOO se expone que estas tablas salariales se confeccionan a partir de la Sentencia 290/24 del Juzgado de lo Social nº 3 de Jaén, la cual ha sido recurrida ante el TSJA, por lo que, podría modificar las cuantías que deberían aparecer en la tabla salarial de la campaña 2023/24, y por consiguiente, las que hoy se presentan no sería correctas y habría que actualizarlas.

Desde UGT FICA Jaén, quieren hacer señalar que la aprobación de estas tablas son provisionales tanto en cuanto salga la resolución de la sentencia 290/24 que está recurrida en el TSJA, una vez salga esta sentencia si confirma el fallo que ha salido en el Juzgado de lo Social de Jaén pasarán a ser definitivas y en caso contrario en el plazo de 10 días desde su publicación se volverá a reunir la Comisión Paritaria del Convenio de Sector Agropecuario de Jaén para actualizarlas conforme a la nueva sentencia.

Desde ASAJA-Jaén y la CEJ se indica que no están de acuerdo con las consideraciones realizadas por CCOO y UGT, ya que las tablas anexas son firmes y no provisionales, al ser la aplicación de lo acordado por los presentes en el convenio colectivo, estando en vigor y siendo plenamente válido lo firmado en este acto.

Desde UPA Jaén considera que la cuestión de la tabla salarial se encuentra ?sub iudice?, es decir, está pendiente de resolución judicial puesto que hay una sentencia de primera instancia, y la misma se encuentra recurrida, lo cual le da carácter de provisionalidad. Toda vez que pueda ser que la sentencia el TSJ valide la sentencia de primera instancia o la haga decaer, con lo que las consecuencias de la misma dejaría de tener efecto y se aplicaría la subida tal y como pretendía la representación sindical, por eso desde UPA Jaén, se entiende que esta situación es provisional y que hasta que no se pronuncie el TSJ no se saldrá de ella, por eso no se causaría ningún perjuicio si en la tabla se recogiese esta circunstancia.

Finalmente todos los asistentes, en unión del Presidente y de la Secretaria, acuerdan proceder a la firma del acta y tabla salarial aprobada, iniciándose su vigencia a efectos de 1 de octubre de 2024 cualquiera que sea la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, conforme a lo establecido en el art. 4 del Convenio del Campo vigente. También por unanimidad de ambas representaciones se acuerda que la Sra. Secretaria de la Comisión Paritaria eleve el acta y la tabla salarial aprobada a la Delegación Territorial de Empleo para que, previos los trámites correspondientes, se ordene su inserción en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, con lo que se da por finalizado el acto siendo las 09.55 horas del día al principio indicado, de lo que yo como Secretaria doy fe.

Tabla Salarial Convenio del Campo en Jaén 2024/25

(TABLA OMITIDA. Consultar en documento PDF de publicación)

Jaén, 6 de noviembre de 2024.- El Jefe del Servicio de Administración Laboral, MANUEL JESÚS COLMENERO LÓPEZ.