Convenio Colectivo de Sec...1) de Jaén

Última revisión
22/04/2025

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de ACTIVIDADES AGROPECUARIAS (23000165011981) de Jaén

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2025 en adelante

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Adaptación y aprobación de las Tablas Salariales vigentes del convenio de Actividades Agropecuarias de la provincia de Jaén al Salario Mínimo Interprofesional para el año 2025. (Boletín Oficial de Jaén num. 73 de 16/04/2025)

Adaptación y aprobación de las Tablas Salariales vigentes del convenio de Actividades Agropecuarias de la provincia de Jaén al Salario Mínimo Interprofesional para el año 2025.

Edicto

Convenio o Acuerdo: Actividades Agropecuarias

Expediente: 23/01/0037/2025

Código 23000165011981.

Vista el Acta del día 7 de abril de 2025, suscrita por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de trabajo para las Actividades Agropecuarias de la Provincia de Jaén, por medio de la cual se adaptan y aprueban las Tablas Salariales vigentes del convenio al Salario Mínimo Interprofesional para el año 2025, con entrada en el registro telemático de esta Delegación Territorial el día 9 de abril de 2025, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad; sobre la base de las competencias atribuidas a esta Delegación Territorial por el Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo, Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías (BOJA extraordinario núm. 25, de 26 de julio), modificado por Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto (BOJA extraordinario número 27, de 08 de agosto), en relación con el Decreto 155 /2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (BOJA extraordinario número 28, de 11 de agosto), y Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA extraordinario número 29, de 30 de agosto), Esta Delegación Territorial, acuerda:

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de igualdad de este Centro Directivo, con funcionamiento mediante procedimientos electrónicos, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Titular de La Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Jaén,

Ana Belén Mata Soria

Jaén, 14 de abril de 2025.

Acta Comisión Paritaria para la Revisión del Convenio Colectivo del Campo

Asistentes

Presidente

Higinio Castellano García.

Secretaria

María de los Ángeles Ortega García.

Representación Empresarial

D. Elio Sánchez Campos (UPA).

D. Nicolás Vico Roa (ASAJA).

D. Luis Carlos Valero Quijano (ASAJA).

D. Berta María Espinilla Gallardo (ASAJA-asesora).

D. Francisco Manuel Martínez González (ASAJA-asesor).

D. Juan Manuel López Torres (CEJ)

Representación Social

D. Domingo Ocaña Fernández (UGT).

D. Antonio Marcos Parra (UGT).

D. Ana Girón Ramírez (UGT-asesora)

D. Ángel Lahita Cabrera (CCOO).

Dña. Teresa Pérez Alcántara (CCOO).

D. Francisco Alba Torres (CCOO)

Acta

En la ciudad de Jaén, siendo las 11:15 del lunes, 7 de abril de 2025 y en la sede del Paseo de la Estación, 30, 3ª planta, se reúnen los/as señores/as arriba relacionados integrantes de la Comisión Paritaria de negociación del Convenio Colectivo de trabajo para las Actividades Agropecuarias de la provincia de Jaén, actuando como Presidente don Higinio Castellano García y como Secretaria doña Mª Ángeles Ortega García.

El objeto de la presente reunión es la negociación de adaptación y aprobación de la tabla vigente del convenio al Salario Mínimo Interprofesional publicado en el Boletín Oficial del Estado, según el Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2025.

Desde ASAJA ratifica que hay que regularizar el salario mínimo interprofesional, según el Real Decreto publicado, indicándose hacer una columna adicional con la diferencia de salarios a aplicar en las tablas salariales para estar en el SMI.

La representación sindical no está de acuerdo en que exista una columna o complemento de SMI. Entienden que puede existir la posibilidad de regularizar en octubre y minimizar la subida de salario en la próxima regularización de salarios.

ASAJA indica que en el mes de octubre no debe haber una doble subida. La postura sindical indica que la subida está firmada desde hace tiempo y que eso no es modificable, por lo que en octubre se regularizará la tabla, sin columna de complementos, según convenio.

ASAJA ratifica la doble subida. La parte sindical indica que se puede negociar la parte de subida en octubre, y fijar en un 2% la subida de las tablas salariales vigentes.

Después de un receso, ASAJA acepta la propuesta de la parte sindical, pero con un 1,5%, la parte sindical no acepta. La parte empresarial solicita analizar la propuesta y notificarlo a los integrantes del convenio.

Se acuerda aplicar el artículo 5 del convenio vigente, tal y como propone la parte social.

Por ambas partes, sindical y empresarial, Acuerdan, firmar la actualización de la tabla salarial, según el Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, aplicando el artículo 5 en toda su extensión, consecuentemente se procederá a la retirada del recurso presentado en el TSJ. Se acuerda aplicar un 2% en la futura revisión de las tablas que se firmarán en octubre de 2025.

Finalmente todos los asistentes, en unión del Presidente y de la Secretaria, acuerdan proceder a la firma del acta y su contenido, con lo que se da por finalizado el acto siendo las 11:30 horas del día al principio indicado, de lo que yo como Secretaria doy fe.

Tabla Salarial Convenio del Campo en Jaén 2025

En vigor desde el 1 de enero de 2025 al 30 de septiembre de 2025

(TABLA OMITIDA. Consultar en documento PDF de publicación)

Jaén, 15 de abril de 2025.- El Jefe de Servicio de Administración Laboral, MANUEL JESÚS COLMENERO LÓPEZ.