Última revisión
07/03/2023
Revision. Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE SANITARIO (31007385011996) de Navarra
Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023 en adelante
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RESOLUCIÓN 33C/2023, de 12 de febrero, de la directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial de Navarra del Acuerdo de revisión salarial para el año 2023 y 2024 del Convenio Colectivo del Sector Transporte Sanitario de Navarra. (Boletín Oficial de Navarra num. 47 de 07/03/2023)
Visto el texto del Acuerdo de revisión salarial para el año 2023 y 2024 del Convenio Colectivo del Sector Transporte Sanitario de Navarra (código número 31007385011996), que ha tenido entrada en este Registro con fecha 19 de enero de 2023, suscrito con fecha 18 de enero de 2023 por la representación empresarial y parte de la sindical (CC.OO. y UGT), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
RESUELVO:
1. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad de Navarra.
2. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, para su general conocimiento.
Pamplona, 12 de febrero de 2023.–La directora general de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo, Izaskun Goñi Razquin.
ACTA COMISIÓN PARITARIA
“CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DEL TRANSPORTE SANITARIO DE NAVARRA”
En Pamplona, en los locales de Ambulancias Baztán Bidasoa S.L., siendo las 11:00 horas del día 18 de enero de 2023, da comienzo la reunión de la comisión paritaria.
ASISTENTES:
Parte empresarial; E.N.A.: Juan Antonio Pacheco Azcarate, Jose Antonio Cesar Solar y Jose Javier Valenzuela Moreno.
Parte social; UGT Jose Alberto Eslava García,
Javier Sesma, Pereira Jesús, Marin Gurrea.
CCOO Ricardo Guzman Guerrero.
Tras un debate sobre los puntos del orden del día se adoptan los siguientes
ACUERDOS:
1.º Respecto a la interpretación del artículo 13 del Convenio y la clarificación de la subida correspondiente a las tablas del año 2023, se acuerda por unanimidad, que la subida debe partir del IPC del 2022 que ha sido del 5,7% a nivel nacional, como viene siendo la práctica en dicha aplicación, y así resultan unas diferencias para abonar del 2,8%.
Estas diferencias deben abonarse antes del 31de marzo de 2023.
Las tablas del año 2023 deberán ser las del 2022, ya actualizadas, con un incremento del 3% (el fijado originariamente en el Convenio).
Se adjunta tabla aclaratoria con los nuevos salarios para 2022, 2023 y 2024.
2.º En cuanto al tema de las horas de nocturnidad se aplicarán las nuevas tablas resultantes que se adjuntan.
3.º Respecto a la publicación de las modificaciones y revisiones de las tablas salariales, se acuerda facultar a UGT en la persona que designe, para tramitar la publicación del acuerdo y las nuevas tablas.
Y no habiendo más asuntos que tratar se da por terminada la reunión
TABLA SALARIAL
(TABLA SALARIAL OMITIDA. CONSULTAR PDF)
