Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE DE MERCANCIAS POR CARRETERA (46000585011981) de Valencia
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Convenio Colectivo de Sec...e Valencia

Última revisión
19/05/2022

Calendario , Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE DE MERCANCIAS POR CARRETERA (46000585011981) de Valencia

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 153-153)

Anuncio de la Conselleria de Economia Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo sobre acta de la comision paritaria del convenio colectivo sectorial de Transporte de Mercancias por Carretera, Logistica y Mensajeria de la provincia de Valencia. (Codigo: 46000585011981.) (Boletín Oficial de Valencia num. 95 de 19/05/2022)

ANUNCIO

Resolución de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de Valencia, por la que se dispone el registro, depósito y publicación del acuerdo suscrito por la comisión paritaria del convenio colectivo de trabajo del sector del transporte de mercancías por carretera, logística y mensajería de la provincia de Valencia.

Vista la solicitud de inscripción del acuerdo señalado anteriormente, suscrito el día 7 de abril de 2022, por el que se aprueban los días festivos para el año 2022 del convenio colectivo del sector del transporte de mercancías por carretera, logística y mensajería de la provincia de Valencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, los artículos 2.1 a) y 8.3 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad y los artículos 3 y 4 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo por la que se crea el Registro de la Comunitat Valenciana de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

Esta Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, conforme a las competencias legalmente establecidas en el artículo 51.1.1ª del vigente Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, y el artículo 13.3 de la Orden 1/2021, de 6 de abril, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, mediante la que se desarrolla el Decreto 175/2020, del Consell, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo,

Resuelve

Primero: Ordenar su inscripción en este Registro de convenios colectivos y acuerdos colectivos de trabajo, con notificación a la representación de la comisión negociadora, así como el depósito del texto del acuerdo.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

València, 21 de abril de 2022.-El director territorial, Santiago García Gallego.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS POR CARRETERA Y LOGISTICA DE LA PROVINCIA DE VALENCIA

Siendo las 18,00 horas del día 7 de abril de 2022 se reúnen, en los locales de la Federación Valenciana de Empresarios del Transporte y la Logística, los abajo firmantes en representación de la Federación de Servicios para la Movilidad y el Consumo (FESMC-U.G.T.) País Valencia; Federación de Servicios a la Ciudadanía de CC. OO País Valencia y la Federación Valenciana de Empresarios del Transporte y la Logística (F.V.E.T.).

Las partes han llegado una vez publicado el convenio colectivo, a los siguientes ACUERDOS:

1º De acuerdo con el artículo 15 del convenio, para el año 2022, se considerará festivo uno de los siguientes días:

-18 de marzo

-31 de octubre

-5 de diciembre

-9 de diciembre

A quienes el día 24 y 31 de diciembre coincida con el descanso semanal, optarán por dos de los cuatro días señalados anteriormente.

La elección del día no puede coincidir con las festividades locales aplicables al centro de trabajo.

Y ello salvo acuerdo en contrario entre empresa y representación legal de los trabajadores que podrán fijar cualquier otro día en función de las necesidades productivas de la empresa. En todo caso, y aunque todos los trabajadores tienen derecho a disfrutar uno de dichos festivos, no necesariamente toda la plantilla de las empresas los tiene que disfrutar en el mismo día, pudiéndose disfrutar los festivos dividendo la plantilla por secciones o departamentos para disfrutar de los mismos y siempre teniendo en cuenta las necesidades productivas de la empresa

Y no habiendo más temas que tratar se levanta la sesión en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

Por Federación Valenciana de Empresarios del Transporte y la Logística

Juan Ortega Villanueva Carlos Garcia Viana Enrique Torrent Gilabert

Por Federación de Servicios a la Ciudadanía de CC. OO País Valencia

Paula Benet Perez Pedro Plaza Mompó Antonio Rodriguez lozano

Por Federación de Servicios para la Movilidad y el Consumo (FESMC-UGT)

Oscar Martinez Saiz José Blanco Rastoll Antonio Herrero Fernández

2022/5011