Última revisión
06/02/2023
Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de TRANSPORTE DE MERCANCIAS LARGA DISTANCIA (11000935011982) de Cádiz
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 21 de Octubre de 2022 en adelante
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Acta de la Comisión de Conciliación - Mediación y Resolución de inscripción y publicación suscrito entre la representación de trabajadores del sector Transportes de Mercancías Larga Distancia. 11000935011982 (Boletín Oficial de Cádiz num. 24 de 06/02/2023)
En la sede del SERCLA, a 21 de octubre de 2022, presencialmente, en el Expediente número C/11/2022/626, promovido por D. MIGUEL ANGEL LÓPEZ CARMONA, en nombre y representación de Secretario General de la FSC-CC.OO. de Andalucía en la provincia de Cádiz., frente a la ASOCIACIÓN EMPRESAS DEL TRANSPORTE DE MERCANCIAS DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ (AGETRA) con CIF B2460713 , se constituye la Comisión de Conciliación-Mediación integrada por los siguientes miembros:
Presidencia: D. Ignacio Colón Pérez
Secretaría: D. José María Reguera Benitez
Vocalía: D. Rosario Galiana Vigo
Antecedentes:
Con fecha 11 de octubre de 2022 tuvo entrada en el registro electrónico del SERCLA, plataforma ORION, escrito de iniciación (Nº Reg. Entrada: 2022999011302841) interponiendo el presente conflicto colectivo ante el SERCLA. con número de expediente C/11/2022/626.
Con fecha 13 de octubre, se cursaron citaciones a las partes para acto de mediación presencial, lo que fue solicitado y aceptado por las mismas, compareciendo, por estos medios, en el día de hoy las siguientes personas:
Por la parte promotora: D. José López Bravo, D. Francisco Gago Sánchez, D. Carlos Suárez Barragán, D. Juan A. Abad Rodríguez, Dª Carmen Gómez-Plana
Usero y D. Angel L. Santiago Calderón. Email: jlbravo@and.ccoo.es angel.santiago@fesmcugt.org, malopez-ca@fsc.ccoo.es
En representación de la parte frente a la que se promueve el conflicto:
D. José Blas Fernández Sánchez, en representación de AGETRA (CIF B24260713), en virtud de porder otorgado ante el notario del Ilustre Colegio de Sevilla D. Oscar Alberto Fernández Ayala, de fecha 17/07/2006 y número 3260 de su protocolo que obra en nuestra base de datos, quien está acompañado de D. Javier Lobato Moreno y Dª Francisca Aragón Torres . Email: blas.fernandez@joseblasfernandezsanchez.e.tel efonica.net
Objetivos y finalidades del conflicto planteado por el promotor en el escrito de iniciación:
APLICACIÓN E INTERPRETACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRANSPORTES MERCANCÍAS DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ
Se hace constar que en el supuesto de que el procedimiento ante el SERCLA finalice con avenencia, este Sistema solicitará a la Autoridad Laboral la inscripción del acuerdo alcanzado en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, conforme a los artículos 2.1d y 6.1.c del R.D. 713/2010, de 28 de mayo.
El presente acto comienza a las 10:00 horas, finalizando a las 10:45 horas, siendo el numero de trabajadores afectados 5000.
Iniciada la sesión, conforme a las normas legales y convencionales de aplicación, todas las partes interesadas, exponen a los miembros de la CCM, sus
respectivas posturas, iniciándose un debate sobre el objeto del conflicto
Finalmente, tras varias intervenciones de los asistentes, las partes acuerdan:
1.- Constituir la Comisión Paritaria, que se reúne por primera vez, con los miembros que participan en esta sesión y con los que, en su momento, designen AGETRA, CC.OO y UGT, reconociéndose la legitimidad necesaria para ello.
2.- En relación a la interpretación de las dietas (Art. 35) se ratifican en la redacción dada en el convenio por entender que es precisa la misma, no dando lugar a nuevas interpretaciones.
3.- En relación a la interpretación de la toxicidad y peligrosidad (Art. 34,2,2) se ratifican en la redacción dada en el convenio por entender que es precisa la misma, no dando lugar a nuevas interpretaciones.
4.- Solicitar a la Autoridad Laboral una corrección de errores detectados en la publicación del convenio colectivo en las cantidades transcritas de salario mensual y salario día en el Conductor Mecánico para el año 2022 (1.060,81.-€ y 35,36.-€), así como en las del Conductor Repartidos en el salario día (33,75.-€)
A la vista del acuerdo alcanzado, se da por finalizado el procedimiento CON AVENENCIA.
El Secretario de la Comisión de Mediación, lee a las partes el contenido del acuerdo transcrito anteriormente, manifestando las partes su conformidad.
D. José Blas Fernández Sánchez. D. Javier Lobato Moreno. Dª Francisca Aragón Torres.
D. José López Bravo. D. Francisco Gago Sánchez. D. Carlos Suárez Barragán. D. Juan A. Abad Rodrígu. Dª Carmen Gómez-Plana Usero. D. Angel L. Santiago Calderón. Dª Rosario Galiana Vido. D. Ignacio Colón Pérez. Firmas.
CERTIFICACIÓN: D. José María Reguera Benítez, como Secretario de la Comisión de Conciliación –Mediación adscrito funcionalmente al Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, doy fe de todo lo practicado, emitiéndose el presente acta a 21 de Octubre de 2022 y firmándose electrónicamente. De la presente acta se remitirán copias a las partes de forma electrónica
Convenio o Acuerdo: TRANSPORTES DE MERCANCIAS LARGA DISTANCIA
Expediente: 11/01/0295/2022
Fecha: 23/01/2023
Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN
Destinatario: JOSE MARIA REGUERA BENITEZ
Código 11000935011982.
VISTA la comunicación presentada en el registro telemático de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, por el Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Colectivos Laborales de Andalucía en Cádiz,
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que con fecha 7-11-2022 tiene entrada a través de medios electrónicos, en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo, solicitud de inscripción por el responsable del SERCLA en Cádiz, del Acuerdo de Mediación suscrito entre las partes del sector de TRANSPORTES DE MERCANCIAS DE LARGA DISTANCIA, el día 21-10-2022. Se inscribe sin publicación el 14 de noviembre de 2022, reabriéndose el expediente para su publicación a petición de los responsables del Sercla con fecha 16 de enero de 2023.
SEGUNDO.- Que la competencia de esta Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, para la inscripción del precitado acuerdo,
viene determinada por el R.D. 4043/1982, de 29 de Diciembre, por el que se acuerda el traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de trabajo a la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo; y todo ello en relación con el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 304/2015, de 28 de julio; Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo,
Empresa y Comercio.
TERCERO.- Que constando en el expediente administrativo la precitada acta de acuerdo, alcanzado en procedimiento ante la Comisión de Conciliación Mediación del SERCLA y que dicho acuerdo, logrado a través de la mediación, tiene la eficacia jurídica y tramitación de convenios colectivos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 83 y 90 del vigente Estatuto de los Trabajadores y acuerdo interprofesional sobre el Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales en Andalucía (SERCLA).
Por todo lo expuesto,
RESUELVE
UNICO.- Proceder a la inscripción del acuerdo de mediación, suscrito en el SERCLA, entre las partes que forman el convenio del sector de TRANSPORTES DE MERCANCIAS DE LARGA DISTANCIA, el día 21-10-2022.
Cádiz a 23 de enero de 2023. EL DELEGADO TERRITORIAL DE LA DELEGACION DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTONOMO. FDO.: DANIEL SANCHEZ ROMAN.
