Última revisión
05/07/2023
Revision, Correccion. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIA Y COMERCIO DE LA VID (47000595011982) de Valladolid
Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 05 de Julio de 2023 en adelante
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Anuncio por el que se dispone el acuerdo, depósito y publicación de acta de subsanación del convenio colectivo de la industria y comercio de la vid para Valladolid y provincia. (Boletín Oficial de Valladolid num. 128 de 05/07/2023)
Anuncio por el que se dispone el acuerdo, depósito y publicación de acta de subsanación del convenio colectivo de la industria y comercio de la vid para Valladolid y provincia
RESOLUCIÓN DE 22 DE JUNIO DE 2023 DE LA OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID, POR LA QUE SE DISPONE EL REGISTRO, DEPÓSITO Y PUBLICACIÓN DEL ACTA DE SUBSANACION DE DEFECTOS DE ACTA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO DE LA VID PARA VALLADOLID Y PROVINCIA.
Vista la documentación relativa al ACTA DE SUBSANACION DE DEFECTOS DE ACTA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO DE LA VID PARA VALLADOLID Y PROVINCIA, acordada el día 14/06/2023 por la Comisión Negociadora, integrada por representantes de la parte empresarial y representantes de la parte social, con fecha de entrada en este Organismo a través del Registro Telemático de Convenios, una vez subsanada, el día 22/06/2023 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Real Decreto 831/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de trabajo (ejecución de legislación laboral) y la Orden PRE/813/2022, de 1 de julio, por la que se desarrolla la estructura orgánica y se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo, con relación a lo dispuesto en el Decreto 33/2016, de 22 de septiembre, en materia de elaboración y aprobación de estructuras orgánicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, esta Oficina Territorial de Trabajo,
ACUERDA
Primero.-Inscribir la subsanación en el correspondiente Registro de este Organismo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Tercero.-Depositar un ejemplar en este organismo.
De conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, frente a la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá presentarse recurso de alzada en el plazo de un mes ante el Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en Valladolid.
En Valladolid, a veintitrés de junio de dos mil veintitrés.- La Jefa de la Oficina Territorial de Trabajo.- (P.A. Acuerdo 09-06-2023).-La Secretaría Técnica.-Fdo.: Pilar Cuesta Cosías
ACTA DE SUBSANACION DE DEFECTOS DE ACTA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO DE LA VID PARA VALLADOLID Y PROVINCIA EN CUMPLIMIENTO DEL REQUERIMIENTO DE LA OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO DE VALLADOLID
En Valladolid siendo las 09.30 horas del día 14-JUNIO -2023, se reúnen en la sede de la CONFEDERACION VALLISOLETANA DE EMPRESARIOS (CEOE VALLADOLID.) la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo “Industria y Comercio de la Vid” al objeto de proceder a cumplir con el requerimiento efectuado por la Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid y proceder dentro del plazo conferido la subsanación e los defectos manifestados en la resolución de fecha 8-06-2023 .
Asistentes:
CC.OO:
Jesús Emilio Izquierdo Heras, DNI 09****43J
Fernando Santos Cabezas, DNI 12****27S
UGT:
Juan Carlos García Serrano, DNI 09****11Y
Pedro Méndez Zamora, DNI 12****412E
Por la representación de la parte empresarial:
ASOCIACIÓN DE INDUSTRIALES Y COMERCIANTES DE VINO DE VALLADOLID
Francisco Javier Andrés Abad, DNI 13****14N
José Fernández Rodríguez DNI 12****15S
CONFEDERACIÓN VALLISOLETANA DE EMPRESARIOS (CEOE VALLADOLID)
María José González Romo, DNI 09****52B
María Blanca López Lozano, DNI 09****11A
En la resolución notificada se dice que con fecha 06/06/2023 ha tenido entrada en la Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid el acta del acuerdo de rectificación de errores de la comisión paritaria del CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA Y EL COMERCIO DE LA VID PARA LA PROVINCIA DE VALLADOLID Una vez revisada la misma se ha observado las siguientes cuestiones objeto de subsanación:
La documentación que se ha anejado a la solicitud aparece como resultado de un acuerdo alcanzado en la comisión paritaria; sin embargo, una vez analizadas las competencias de esta recogidas en el vigente CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA Y EL COMERCIO DE LA VID PARA LA PROVINCIA DE VALLADOLID no se encuentra la de rectificación de errores, teniendo en cuenta además, que el acuerdo alcanzado y que ahora se corrige, procede de la comisión negociadora; por otro lado también figura aquella como órgano que delega en la autorizada para la tramitación en REGCON. Dichas deficiencias deberán ser subsanadas en todos los documentos presentados.
Con carácter previo se establece la capacidad y legitimación de esta Comisión Negociadora para proceder a subsanar las deficiencias notificadas por la Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid así como para proceder a la rectificación del error detectado en la Resolución de 13 de abril de 2023 de la Oficina Territorial de Trabajo de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Valladolid, por la que se dispone el registro, depósito y publicación de las tablas salariales 2023 del Convenio Colectivo de la Industria y el Comercio de la Vid para la provincia de Valladolid, Resolución publicada en el BOP de Valladolid de fecha 26-4-2023 .
En el acta publicada en fecha 26-04-2023 se explicaba que con la publicación del Real Decreto 99/2023 de 14 de febrero se fija el SMI para el año 2023 había que examinar si los grupos profesionales del Convenio Colectivo de la Industria y el Comercio de la Vid para la provincia de Valladolid se tienen que actualizar según el SMI establecido para 2023.
El Convenio Colectivo de la Industria y el Comercio de la Vid para la provincia de Valladolid tiene 15 pagas, con lo que hay que mirar si el cómputo anual establecido en el convenio colectivo para los distintos grupos profesionales es inferior al SMI anual para el año 2023.
Con la actualización del SMI el salario de dichas categorías quedaría:
(CUADRO OMITIDO. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)
El SMI para 2023 es de 1080€ mensuales en 14 pagas (15.120€ anuales), salario anual que con las pagas prorrateadas sería 1260,00€ mensuales.
El salario anual para las categorías reseñadas del Convenio Colectivo de la Industria y el Comercio de la Vid es de 1.008,00 € en 15 pagas (15.120€ anuales), salario anual que con las pagas prorrateadas sería 1260,00€ mensuales.
En la acta publicada en fecha 26-04-2023 erróneamente se decía :
Si las pagas se prorratean el salario mensual de estos grupos profesionales es de 1080,00€.
Siendo lo correcto: … Si las pagas se prorratean el salario mensual de estos grupos profesionales es de 1 260,00 €.
La comisión negociadora del Convenio de la Industria y Comercio de la Vid acuerdan delegar en Doña Vanesa Pérez Rodríguez D.N.I.: 12.****69-V la tramitación del registro telemático de esta Acta .
Se concluye la sesión siendo las 10.00 horas, levantándose la presente Acta, que en prueba de conformidad firmaron las partes en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
CC.OO
UGT
ASOCIACIÓN DE INDUSTRIALES Y COMERCIANTES DE VINO DE VALLADOLID
CEOE VALLADOLID
