Convenio Colectivo de Sec... Barcelona

Última revisión
17/04/2008

Revision. Convenio Colectivo de Sector de CONSIGNATARIAS DEL MERCADO CENTRAL DEL PESCADO (08001525012001) de Barcelona

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2008

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RESOLUCION TRE/1132/2008, de 2 de abril, por la que se dispone la inscripcion y la publicacion del Acuerdo de revision salarial para el año 2008 del Convenio colectivo de trabajo de las empresas consignatarias del Mercado Central del Pescado de Barcelona (codigo de convenio num. 0801525). (Diario Oficial de Cataluña num. 5113 de 17/04/2008)

ACUERDO DE REVISIÓN SALARIAL PARA EL AÑO 2008 DEL CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS CONSIGNATARIAS DEL MERCADO CENTRAL DEL PESCADO DE BARCELONA.

Asistentes

Por la representación patronal:

Jaime Pijuan Nogueron, Miguel López García, Ángel Mañez Revoltos, Agustín Orteu Nogués y José Roqueta Navarro.

Por la representación social:

Jesús Montoro, Eduardo Tomas Tomas de Cavia, Francisco Jiménez Arroyo y José María Mas García.

Por CCOO:

Pedro Ruíz como asesor.

En la ciudad de Barcelona, a 16 de enero de 2008, siendo las 8 h del día mencionado, se reúne la Comisión Paritaria regulada en el artículo 56 del Convenio colectivo de las empresas consignatarias del Mercado Central de Pescados de Barcelona, que actúan en las calidades que asimismo se mencionan al final de la presente acta.

Es objeto de la reunión de la Comisión Paritaria proceder a la fijación de la nueva tabla salarial en atención a lo establecido en el artículo 17 del Convenio colectivo vigente, suscribiendo por ambas partes la presente acta a la que se adjunta una tabla salarial que ya se está aplicando con normalidad desde primero de enero a la que las partes comparecientes dan su conformidad firmándola en prueba de ello en el lugar y fecha arriba indicados.

ANEXO

Conceptos salariales del Convenio para el período de 1 de enero a 31 de diciembre de 2008

(Incremento 4,2% + 0,5% = 4,70%)

C: categoría; P: período; M: mes; S: semana; SB: salario base; PA: plus de puntualidad y asistencia; T: total; TA: total anual; A: antigüedad.

C

P

SB

PA

T

TA

A

Cajero, oficial administrativo

S

273,98

14,45 x 5

346,23

-

13,70

M

1.190,42

14,45 x 22

1.508,32

22.624,80

59,52

Auxiliar administrativo

S

267,55

11,57 x 5

325,40

-

13,38

M

1.162,49

11,57 x 22

1.417,03

21.255,45

58,12

Encargado, vendedor, conductor

S

272,37

13,68 x 5

340,77

-

13,62

M

1.183,47

13,68 x 22

1.484,43

22.266,45

59,17

Manipulador

S

267,55

11,57 x 5

325,40

-

13,38

M

1.162,49

11,57 x 22

1.417,03

21.255,45

58,12

Aspirante 16-18 años

S

234,96

6,41 x 5

267,01

-

-

M

1.020,88

6,41 x 22

1.161,90

17.428,50

-

Entrada en cámara: 2,04 euros por día

Quebranto de moneda: 159,38 euros (anual)

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