Convenio Colectivo de Sector de ACUERDO INTERPROFESIONAL SOBRE SOLUCION EXTRAJUD...365091995) de Madrid
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Convenio Colectivo de Sec... de Madrid

Última revisión
21/09/2018

Correccion. Convenio Colectivo de Sector de ACUERDO INTERPROFESIONAL SOBRE SOLUCION EXTRAJUDICIAL DE CONFLICTOS LABORALES (28015365091995) de Madrid

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 21 de Septiembre de 2018 en adelante

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Convenio afectado por
Documento oficial en PDF(Páginas 113-127)

CORRECCION de errores de la Resolucion de 17 de julio de 2018, de la Direccion General de Trabajo, de la Consejeria de Economia, Empleo y Hacienda, sobre registro, deposito y publicacion del Acuerdo interprofesional entre empresarios y sindicatos sobre la creacion del sistema de solucion extrajudicial de conflictos y del Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid publicada en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID numero 188, de 8 de agosto de 2018 (codigo de convenio numero 28015365091995). (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid num. 226 de 21/09/2018)

Habiéndose advertido la existencia de error en la Resolución de 17 de julio de 2018, de la Dirección General de Trabajo, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, sobre registro, depósito y publicación del Acuerdo y por omisión de la aportación de la documentación relativa al texto del Reglamento del Funcionamiento del Sistema de Solución Autónoma de Conflictos Laborales y del Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y en virtud del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su subsanación:

- Donde dice: Registro, depósito y publicación del Acuerdo interprofesional entre empresarios y sindicatos sobre la creación del sistema de solución extrajudicial de conflictos y del Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid .

- Debe decir: Registro, depósito y publicación del Acuerdo interprofesional entre empresarios y sindicatos sobre la creación del sistema de solución extrajudicial de conflictos y del Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid y del Reglamento de Funcionamiento del Sistema de Solución Autónoma de Conflictos Laborales y del Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid .

De acuerdo a todo ello se anexa la documentación del mencionado reglamento para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 7 de septiembre de 2018.-El Director General de Trabajo, Ángel Jurado Segovia.

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(03/29.408/18)