Convenio Colectivo de Emp.... de Soria

Última revisión
23/01/2013

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de GALLETAS TEJEDOR, S.A. de Soria

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 23 de Enero de 2013 en adelante

Tiempo de lectura: 5 min

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Convenio Colectivo
Tipo:
Modificacion/Interpretacion
F. Publicación:
2013-01-23
Boletín:
Boletín Oficial de Soria
F. Vigor:
2013-01-23
Convenio afectado por
Tipo:
Modificacion/Interpretacion
F. Publicación:
2013-01-23
Boletín:
Boletín Oficial de Soria
F. Vigor:
2013-01-23
Documento oficial en PDF(Páginas 49-50)

Acuerdo de mediacion Galletas Tejedor, S.A. (Boletín Oficial de Soria num. 9 de 23/01/2013)

Preambulo

Convenio o acuerdo: acuerdo de mediación Galletas tejedor cm/223/2012/so

Expediente: 42/04/0001/2012

Fecha: 02/01/2013

Asunto: resolución de inscripción y Publicación

Destinatario: agustín Gajate martín

Código 42100052042012.

Resolución de 27 de diciembre de 2012, de la oficina territorial de trabajo de la delegación territorial de la junta de castilla y león en soria, por la que se dispone el registro del acta del acuerdo alcanzado en el expediente cm/223/2012/so del servicio regional de relaciones laborales (serla), entre dña. trinidad Pérez fernández y d. luis miguel díaz Herrero en su condición de asesores del sindicato unión General de trabajadores (uGt), dña. mª del carmen frías García (uGt), d. julio angulo angulo (uGt), ambos en su condición de delegados de Personal de la empresa, de una parte, y de otra, en representación de Galletas tejedor, s.a. d. jesús de lozar de Grado en su condición de representante de la empresa.

Visto el acta del acuerdo alcanzado en el procedimiento de conciliación-mediación, expediente cm/223/2012/so, seguido ante el servicio regional de relaciones laborales de castilla y león (serla), suscrito el día 19 de noviembre de 2012, y presentado en este organismo, por medios electrónicos, el día 27 de diciembre de 2012, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 del real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del estatuto de los trabajadores, en los arts. 22 y 23 del ii acuerdo interprofesional sobre procedimientos de solución autónoma de conflictos laborales en castilla y león (asacl), (resolución de 4 de mayo de 2005, de la dirección General de trabajo y Prevención de riesgos laborales, boletín oficial de castilla y león de 20 de mayo de 2005), en el r.d. 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo (boletín oficial del estado 12-06-2010), real decreto 831/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la administración del estado a la comunidad de castilla y león en materia de trabajo (ejecución de legislación laboral) y orden de 21 de noviembre de 1996 de las consejerías de Presidencia y administración territorial y de industria, comercio y turismo por la que se definen las funciones de las oficinas territoriales de trabajo con relación a lo dispuesto en los artículos 1 y 3 del decreto 2/2007, de 2 de julio (boletín oficial de castilla y león de 3 de julio), de reestructuración de consejerías.

Esta oficina territorial de trabajo acuerda:

Primero.-

Ordenar la inscripción del acuerdo de referencia en el registro telemático establecido al efecto en esta oficina territorial de trabajo, con notificación a las partes interesadas.

Segundo.-

Disponer su publicación obligatoria y gratuita en el Boletín Oficial de la Provincia.

nº expediente: cm/223/2012/so

ACTA

En soria a las 18:15 horas del día 19 de noviembre de 2012, ante d. josé mario Heras uriel y dª mª eulalia Herráez Hernando en su condición de conciliadores-mediadores del servicio regional de relaciones laborales de castilla y león (serla), en el procedimiento seguido en el expediente arriba indicado, según nombramiento del serla que consta en el expediente arriba indicado.

En fecha 6 de noviembre de 2012, se presentó la solicitud de inicio de procedimiento de conciliación-mediación frente a la empresa Galletas tejedor, s.a. por d. luis miguel díaz Herrero en su condición de secretario de la federación de uGt de alimentos, bebidas y tabaco (fitaG-uGt).

Conforme se establece en la referida solicitud, el conflicto surge por discrepancias derivadas del incumplimiento del deber de negociar.

Comparecen

De una parte:

Trinidad Pérez Fernández. En Su Condición De Asesora De Ugt

D. Mª Del Carmen Frías García. En Su Condición De Delegada De Ugt

D. Julio Angulo Angulo. En Su Condición De Delegado De Ugt

D. Luis Miguel Díaz Herrero. En Su Condición De Asesor De Ugt

De Otra Parte:

d. jesús de lózar de Grado. en su condición de representante de la empresa.

Todas las partes se reconocen capacidad y poder suficiente para la negociación objeto de este conflicto.

Concluido el Procedimiento de conciliación-mediación entre las representaciones antes mencionadas, se levanta acta para hacer constar el siguiente acuerdo:

Las partes acuerdan la firma inmediata del convenio entre la empresa Galletas tejedor y sus trabajadores como fecha tope antes del 24 de noviembre de 2012. siendo la entrada en vigor, al día siguiente de la formalización de la escritura de préstamo, avalada por iberaval sGr, por importe de 209.000 €. Y que el abono correspondiente a los atrasos de 2011, tendrá lugar de forma inmediata y en todo caso antes del 29 de diciembre de 2012.

El acuerdo alcanzado entre las partes tendrá, la eficacia de un convenio colectivo estatutario, según concurran, o no, los requisitos de legitimación previstos en los artículos 87 y 88 del estatuto de los trabajadores.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante d. josé mario Heras uriel y dª mª eulalia Herráez Hernando en su condición de conciliadores-mediadores del serla en el procedimiento de conciliación-mediación tramitado.

Firma conciliadores-mediadores. firma partes en conflicto.

Soria, Enero De 2013.

- Jefa De La Oficina Territorial De Trabajo De Soria, Noemí Molinuelo Estéfano . 89