Convenio Colectivo de Emp...Las Palmas

Última revisión
25/04/2008

C. Colectivo. Convenio Colectivo de Empresa de NAVIERA DEL ODIEL LAS PALMAS, S.L. (PERSONAL DE FLOTA) de Las Palmas

Empresa Provincial. Versión Validez desde 01 de Enero de 2007 en adelante

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Convenio Colectivo de la empresa Naviera del Odiel Las Palmas, S.L. (Personal de Flota) (Boletín Oficial de Las Palmas num. 54 de 25/04/2008)

VISTA la solicitud presentada el día 21 de febrero de 2008 para la inscripción del Convenio Colectivo de la empresa “NAVIERA DEL ODIEL LAS PALMAS, S. L. (PERSONAL DE FLOTA)“, suscrito con fecha 7 de febrero de 2008, de una parte dicha em presa, y de otra el delegado de personal, en representación de los trabajadores, de conformi dad con lo dispuesto en el art. 92.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Traba jadores, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo (B. O. E. 29 de marzo), Real Decreto 1033/1984, de 11 de abril, sobre transferencias de funciones a la Comunidad Autónoma de Canarias, del Decreto 291/1985, de 1 de agosto, sobre creación de Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Canarias y el art. 18.2a), del Decreto 405/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, (BOC N° 249 de 14 de diciembre de 2007), esta Dirección General,

RESUELVE

PRIMERO.- Ordenar la inscripción del Convenio Colectivo de la empresa “NAVIERA DEL ODIEL LAS PALMAS, S. L. (PERSONAL DE FLTOA)“ en el Registro de Convenios Colectivos y su notificación a la Comisión Negociadora.

SEGUNDO.- Depositar el texto original del mismo en el Servicio de Mediación, Ar bitraje y Conciliación (S. E. M. A. C.) de esta Dirección General de Trabajo.

TERCERO.- Disponer su Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

EL DIRECTOR GENERAL DE TRABAJO, Pedro Tomás Pino Pérez.

CONVENIO COLECTIVO DE NAVIERA DEL ODIEL LAS PALMAS, S. L. PERSONAL DE FLOTA

AÑOS 2007 – 2008 - 2009

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