Convenio Colectivo de Emp...xtremadura

Última revisión
01/11/2003

-. Convenio Colectivo de Empresa de SERVICIOS Y GESTION, S.L. de Extremadura

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RESOLUCION de 11 de abril de 2000, de la Dirección General de Trabajo, por la que se determina la inscripción en el Registro y publicación de la revisión del artículo 41, del Convenio Colectivo de Trabajo «Servicios y Gestión, S. L.», Expte. 3/2000, de Comunidad Autónoma. (Diario Oficial de Extremadura num. 47 de 25/04/2000)

Esta Dirección General de Trabajo acuerda: PRIMERO.– Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de la Dirección General de Trabajo de la Consejería del mismo nom bre, con el número 3/2000, con notificación de ello a las partes

firmantes. SEGUNDO.– Disponer su publicación en el «Diario Oficial de Extremadura».

Mérida, 11 de abril de 2000.

El Director General de Trabajo, JOSE LUIS VILLAR RODRIGUEZ

ACTA DE LA COMISION PARITARIA EMPRESA SERYGES Asisten por la parte social: D. Juan Gómez Frejo y D. José Granadero Lobón.

Por la pante empresarial: D. Luis Díaz Jiménez y D. Jacinto Ibáñez Pozanco.

Reunida la Comisión Paritaria a petición de la parte social, a fin de discutir el siguiente orden del día:

– Omisión Convenio 1997/2000. En relación a este único punto, la parte social manifiesta que en el acuerdo suscrito entre ambas partes para la firma del Convenio arriba mencionada, se ha omitido y falta la impresión de:

Artículo 41.– LICENCIAS RETRIBUIDAS Para asuntos propios, 2 días. 8.– Los días de asuntos propios surtirán efecto a partir del último año de vigencia del Comenio, es decir el año 2000.

La parte empresarial está de acuerdo con este punto, manifestando que fue objeto de las mejoras sociales pactadas en el Convenio y por tanto ambas partes están de acuerdo para que pase a formar parte del mismo.

Sin más asuntos que tratar, se levanta la presente acta en Cáceres, a 15 de septiembre de 1999.