Última revisión
23/02/2026
Revisión, Modificacion / Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de OFFSHORE SPECIAL SERVICIES, S.L. (30104042012021) de Murcia
Empresa Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 25 de Octubre de 2025 en adelante
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Resolución de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del acuerdo de modificación del convenio colectivo de la empresa Ambipar Response, S.L., (Antes Offshore Special Services, S.L.). (Boletín Oficial de la Región de Murcia num. 44 de 23/02/2026)
Visto el expediente de convenio colectivo de trabajo, examinado su contenido por el Servicio de Normas Laborales y Sanciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y de acuerdo con la propuesta formulada al respecto por el citado Servicio de Normas Laborales y Sanciones
Resuelvo
Primero.- Ordenar la inscripción en el correspondiente registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, de modificación de Convenio con número de expediente 30/01/0022/2026; denominado Ambipar Response, S.L. (Antes Offshore Special Services, S.L.); código de convenio n.º 30104042012021; ámbito Empresa; suscrito con fecha 24/10/2025 por la comisión negociadora.
Segundo.- Notificar la presente resolución a la comisión negociadora del acuerdo.
Tercero.- Disponer su publicación en el ?Boletín Oficial de la Región de Murcia?.
Murcia, 6 de febrero de 2026. El Director General de Trabajo, Juan Marín Pérez.
Acuerdo de la comisión negociadora del convenio colectivo de Ambipar Response, S.L.
En Cartagena a 25 de octubre de 2025, siendo las 12:00 horas, se reúnen los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Ambipar Response, S.L., integrada por:
* Representación de la empresa:
? D.ª María Jesús Zamora Agulera, mediante apoderamiento general mercantil otorgado el día 4 de noviembre de 2022 ante el Notario D. Alfredo Gomez Hita, Protocolo 3.392.
* Representación de los trabajadores:
? D. Juan Miguel Cardenes Morales, en su condición de representante de los trabajadores.
Primero. Objeto del acuerdo.
El presente acuerdo tiene por objeto:
1. Modificar las tablas salariales correspondientes al ejercicio 2025-2027
2. Incluir una regulación específica sobre el disfrute/retribución de un nuevo festivo.
3. Aprobar la prórroga de la vigencia del convenio, inicialmente previsto hasta el 4 de junio de 2026, extendiéndolo hasta 31/12/2027.
Segundo. Modificación de las tablas salariales.
En aplicación de acuerdo voluntario, se acuerda un incremento del 3% sobre los conceptos salariales vigentes, con efectos desde el 1 de enero de 2025.
Las nuevas tablas salariales resultantes se incorporan como Anexo I a la presente acta, sustituyendo íntegramente a las publicadas en el Anexo I del Convenio.
Tercero. Inclusión del régimen de festivos:
?Se establece un festivo adicional retribuido para todos los trabajadores, que se disfrutará el día 16 de julio. Este festivo tendrá la consideración de día no recuperable y será remunerado en los mismos términos que un día de trabajo ordinario.?
Cuarto. Prórroga de la vigencia del convenio.
Se acuerda prorrogar la vigencia del Convenio Colectivo hasta el 31 de diciembre de 2027, sin perjuicio de su ultraactividad según lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores.
El presente convenio colectivo tendrá una vigencia desde el 24 de octubre de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2027, prorrogándose anualmente por tácita reconducción, en sus propios términos, en tanto no se solicite su revisión y se formule su necesaria denuncia en los términos del artículo 3.
