Convenio Colectivo de Sec...81) de BOE

Última revisión
10/03/2021

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de CICLO DE COMERCIO DE PAPEL Y ARTES GRAFICAS (99001105011981) de BOE

Sector Estatal. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2021 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 289-291)

Resolucion de 25 de febrero de 2021, de la Direccion General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de revision salarial para el año 2021 y las correspondientes tablas salariales del Convenio colectivo nacional del ciclo de comercio del papel y artes graficas. (Boletín Oficial del Estado num. 59 de 10/03/2021)

Visto el texto del acuerdo de revisión salarial para el año 2021 y las correspondientes tablas salariales del Convenio colectivo nacional del ciclo de comercio del papel y artes gráficas (código de convenio 99001105011981), publicado en el BOE de 14 de agosto de 2020, acuerdo que fue suscrito con fecha 5 de febrero de 2021, de una parte por las organizaciones empresariales CEGAL y FANDE, en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales FeSMC-UGT y CC. OO.- Servicios, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de revisión salarial y tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de febrero de 2021.- La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO COLECTIVO NACIONAL DEL CICLO DE COMERCIO DEL PAPEL Y ARTES GRÁFICAS

Por la representación Patronal:

CEGAL: Don Javier Almagro.

FANDE: Don José Manuel Anta Carabias.

Por la representación Sindical:

FeSMC-UGT: Doña María Dolores Díez García.

CC. OO.-Servicios: Don Rolando Cano Moreno.

En Madrid, a las 10:00 horas del día 5 de febrero de 2021, se reúnen, previa convocatoria, en la sede de esta Comisión, los representantes de los trabajadores y de los empresarios al margen reseñados.

Abierta la sesión, se procede a dar cumplimiento al artículo 27 del Convenio Colectivo citado en lo referente a la revisión salarial para el pago de salarios del 2021. Textualmente el artículo 27 establece:

«Cláusula de revisión salarial 2021: Se establece una revisión salarial anual en referencia al IPC Real del año 2020. Si el IPC Real de 2020 supera el porcentaje previsto para el año 2021 (0,75 %) de incremento salarial, se abonará con carácter retroactivo desde 1 de enero de 2021 con el límite de 1,5 %».

El IPC definitivo de 2020 ha resultado ser el -0,5, por lo que no procede revisión de la tabla salarial prevista en el convenio para el año 2021 y como consecuencia queda como definitiva la que se incorpora a la presente acta.

La Comisión Mixta autoriza a doña María Dolores Díez García a realizar los trámites necesarios para el registro y publicación de la presente acta.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las 11:00 horas.

Salarios definitivos 2021 incremento - 0,75 %

(TABLAS OMITIDAS. Consultar en documento PDF de publicación)