Última revisión
18/12/2024
Revisión. Convenio Colectivo de Sector de EMPRESAS DE ENSEÑANZA PRIVADA SOSTENIDAS TOTAL O PARCIALMENTE CON FONDOS PUBLICOS (99008725011994) de BOE
Sector Estatal. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023 en adelante
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Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de aprobación de las tablas salariales de 2023 para el personal docente en pago delegado del VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos. (Boletín Oficial del Estado num. 302 de 16/12/2024)
Visto el texto del Acta por la que se aprueban las tablas salariales de 2023 para el personal docente en pago delegado del VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (código de convenio número 99008725011994), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 27 de septiembre de 2021, Acta que ha sido suscrita con fecha 29 de octubre de 2024, de una parte por las organizaciones empresariales Educación y Gestión (EyG), Confederación de Centros de Enseñanza (CECE), Federación de Centros de Enseñanza de Economía Social (FED-ACES) y Asociació Profesional Serveis Educatius de Catalunya (APSEC), en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales FSIE, USO y UGT-Servicios Públicos en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de la citada Acta por la que se aprueban las tablas salariales de 2023 para el personal docente en pago delegado del mencionado convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 3 de diciembre de 2024.?La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.
ACTA DE ACUERDO DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN DEL VII CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DE ENSEÑANZA PRIVADA SOSTENIDAS TOTAL O PARCIALMENTE CON FONDOS PÚBLICOS
Asistentes:
EyG, FSIE, CECE, USO, FED ACES, UGT Servicios Públicos y APSEC que delega en EyG.
La Comisión negociadora del VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, (en adelante, el VII Convenio), se reúne para firmar las tablas salariales de 2023 para el personal docente en pago delegado.
La reunión se celebra de forma presencial en la sede de Educación y Gestión (EyG), Calle Hacienda de Pavones, núm. 5, 1.ª planta. El secretario de la Mesa identifica a las personas presentes y hace constar que las personas reseñadas actúan en representación de sus respectivas organizaciones como negociadoras del VII Convenio Colectivo, reconociéndose todas las partes la representación que se ostentaba en el momento de constitución de la Mesa del VII convenio.
La organización APSEC ha excusado su asistencia delegando su representación en EyG.
Preside la reunión la organización empresarial EyG y la Secretaría de Actas la asume el sindicato FSIE.
Tras las deliberaciones pertinentes, los abajo firmantes acuerdan:
Primero.
Aprobar por mayoría sindical y unanimidad patronal la firma, y llevarla a cabo en la sesión de hoy, de las tablas salariales de 2023 para el personal en pago delegado en cumplimiento del artículo 57 del VII Convenio Colectivo.
Las tablas contemplan un incremento de un 3,5?% para el personal docente en pago delegado y se anexan a esta acta.
En Madrid a 29 de octubre de 2024.
TABLAS SALARIALES 2023
Personal docente en pago delegado
(TABLAS OMITIDAS. Consultar en documento PDF de publicación)
Disposición adicional primera.
Complemento salarial específico de equiparación para licenciados, grados o titulación equivalente y autorizada de 1.º y 2.º de ESO con los que imparten 3.º y 4.º de la ESO:
Siempre y cuando se encuentren en posesión del título de licenciado, grados o titulación equivalente y autorizada y ésta le habilite para dar la materia correspondiente, en 1.º y 2.º de la ESO en niveles concertados, y con el fin de lograr la equiparación salarial con los que imparten 3.º y 4.º de la ESO en niveles concertados, se les aplicará el complemento correspondiente para el salario y el trienio establecido en las tablas salariales.
En todo caso, esta obligación queda condicionada a que la Administración Educativa responsable del pago delegado se haga cargo de ella, sin que los Centros Concertados deban abonar cantidad alguna por este concepto.
Disposición adicional segunda.
Complemento salarial específico de equiparación para Maestros de 1.º y 2.º de ESO con los de la enseñanza pública:
A tenor de lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, a los Maestros que imparten 1.º y 2.º de ESO, se les abonará la misma cuantía que se establezca para los maestros de los mismos cursos en los centros públicos.
En todo caso, esta obligación queda condicionada a que la Administración Educativa responsable del pago delegado se haga cargo de ella, sin que los Centros Concertados deban abonar cantidad alguna por este concepto.
PLUS DE RESIDENCIA E INSULARIDAD AÑO 2023
Personal docente en pago delegado
(TABLAS OMITIDAS. Consultar en documento PDF de publicación)
TABLAS SALARIALES 2023 DEL PERSONAL COMPLEMENTARIO TITULADO
(TABLAS OMITIDAS. Consultar en documento PDF de publicación)
PLUS DE RESIDENCIA 2023 EN CEUTA Y MELILLA Y PLUS DE INSULARIDAD EN ISLAS CANARIAS E ISLAS BALEARES 2023 DEL PERSONAL COMPLEMENTARIO TITULADO
(TABLAS OMITIDAS. Consultar en documento PDF de publicación)
