Convenio Colectivo de Sec...e Cataluña

Última revisión
30/01/2025

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de EMPRESAS ORGANIZADORAS DEL JUEGO DEL BINGO (79000205011992) de Cataluña

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2025 en adelante

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Resolución EMT/178/2025, de 22 de enero, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de trabajo para el sector de las empresas organizadoras del juego del bingo de Cataluña 2023-2026 (código de convenio núm. 79000205011992) (Diario Oficial de Cataluña num. 9340 de 30/01/2025)

Visto el texto del Acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de trabajo para el sector de las empresas organizadoras del juego del bingo de Cataluña 2023-2026 (código de convenio nº 79000205011992), relativa a las tablas salariales para el año 2025, suscrita en fecha 15 de enero de 2025, y de acuerdo con lo que disponen el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 2.1) del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad; el Decreto 56/2024, de 12 de marzo, de Reestructuración del Departamento de Empresa y Trabajo y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña,

Resuelvo:

--1 Disponer la inscripción del Acta mencionada en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, con notificación en las partes firmantes.

--2 Disponer su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, con el cumplimiento previo de los trámites pertinentes.

Barcelona, 22 de enero de 2025

Núria Gilgado Barbadilla

Directora general de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral

Transcripción literal del texto firmado por las partes

Acta Paritaria del convenio colectivo de trabajo del sector de empresas organizadoras del juego del bingo de Catalunya (Código convenio nº 79000205011992)

Asistentes

Por la representación empresarial

AEJEA:

Sr. Jordi Torres López

Sr. Carlos González Oliver (asesor)

ASCABIN

Gremi Català de Bingos

Sr. Juan Carlos Trujillo Ortiz

Por la representación sindical

FeSMC-UGT

Sra. Margarita del Rio Rodríguez

Sra. Núria García García

Sr. Moisés Berruezo Blanco (asesor)

Serveis CCOO

Sr. Paco Galván

Sr. Esteban Sanabria Garnica

En Barcelona, a 15 de enero de 2025, en la Federación de FeSMC-UGT, se reúne la representación de la vigente comisión paritaria, cuyos nombres y representantes constan al margen.

Tras haber constatado que el IPC para el año 2024 es del 2,8% y de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 46 y 75 del vigente convenio, procede confeccionar las tablas salariales para el año 2025 cuyos efectos son del 01/01/2025 según anexo I de la presente acta.

Facultar al miembro de la Comisión Negociadora de la parte social, Moises Berruezo Blanco con DNI 46.570.471W para que proceda con los trámites de registro y publicación Ante el Departament d'Empresa i Treball a través del REGCON.

Y no habiendo más asuntos que tratar, y en prueba de conformidad, se aprueba y firma la presente Acta, siendo las 17::15 horas, en el lugar y fecha ut supra.

Anexo I

Tablas salariales

Tabla salarial año 2025

Euros

Salario base (mes) 1096,72

Nocturnidad (mes) 85,18

Plus transporte (mes) 60,89

Quebranto de moneda (mes) 21,09

Plus prolongación jornada (mes) 62,80

Complemento incremento jornada (mes) 72,53

Horas extraordinarias 2025 Euros

Director de sala 13,72

Personal de mesa 12,99

Personal de sala 11,53

Complemento ex-antigüedad: El importe aplicable a 31 de diciembre de 2024 se incrementará en un 3,00% de conformidad con el artículo 46 para el año 2025.

Plus convenio consolidado: El importe aplicable a 31 de diciembre de 2024 se incrementará en un 3,00% de conformidad con el artículo 46 para el año 2025.