Convenio Colectivo de Sec...de Bizkaia

Última revisión
15/04/2026

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de LOCALES Y CAMPOS DEPORTIVOS (48001455011981) de Bizkaia

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2026 en adelante

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Resolución de la delegada territorial de Trabajo y Seguridad Social de Bizkaia del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo, por la que se dispone el registro, depósito y publicación de las tablas salariales de los años 2026, 2027 y 2028 del Convenio Colectivo de Locales y Campos Deportivos de Bizkaia, publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia de fecha 23 de julio de 2024 (código de convenio número 48001455011981). (Boletín Oficial de Bizkaia num. 69 de 15/04/2026)

Antecedentes

El día 25 de marzo de 2026, por vía telemática, se presenta en esta Delegación el Acuerdo citado, suscrito, el día 24 del mismo mes, entre la representación de la parte empresarial y la representación de la parte social, ambas con legitimación suficiente. Fundamentos de derecho Primero: Esta Autoridad Laboral es competente de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 90.2 del Estatuto de los Trabajadores; en el artículo 18.2.g) del Decreto 323/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo; en el Decreto 9/2011, de 25 de enero, del registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del País Vasco en relación con el Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo («BOE» de 12 de junio de 2010) sobre registro de convenios colectivos. Segundo: El Acuerdo es suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85 ss del referido Estatuto de los Trabajadores. Tercero: Conforme al artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos, serán objeto de inscripción en el referido Registro las revisiones salariales que se realicen anualmente en los convenios plurianuales. En su virtud, 

RESUELVO: 

Primero: Ordenar su inscripción y depósito en la Sección Territorial de Bizkaia del Registro de Convenios Colectivos, con notificación a las partes.

Segundo: Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia». En Bilbao, a 31 de marzo de 2026.-La Delegada Territorial de Bizkaia, Veronica Fernandez Fernandez 

ACUERDO DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LOCALES Y CAMPOS DEPORTIVOS DE BIZKAIA DE APROBACIÓN DE TABLAS SALARIALES PARA LOS AÑOS 2026, 2027 Y 2028

Reunida en Bilbao, en la sede del Consejo de Relaciones Laborales el 24 de marzo de 2026, la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Locales y Campos Deportivos de Bizkaia, quedan aprobadas por unanimidad de la parte sindical conformada por las organizaciones sindicales UGT, LAB y CCOO y por la totalidad de la parte empresarial integrada por CEBEK las tablas salariales para los años 2026, 2027 y 2028, en base a la adopción de los siguientes Acuerdos: Primero: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.A) del convenio colectivo de Locales y Campos Deportivos de Bizkaia se aprueban las tablas salariales para los años 2027 y 2028 en relación al personal de las empresas dedicadas a la gestión de instalaciones públicas deportivas o servicios públicos deportivos para las Administraciones Públicas (Anexo I). Dichas tablas han sido elaboradas teniendo en cuenta que dado que la suma de los IPC de los años 2024 y 2025 asciende a 5,7 puntos —superando en 1,7 puntos el umbral del 4% establecido en el artículo 5.A) del convenio colectivo sectorial—, dicho exceso debe sumarse al 1,5% pactado para el año 2027, resultando un incremento total del 3,2% sobre la tabla salarial del año 2026, con efectos desde el 1 de enero de 2027. Y para el año 2028 el 1,5% se aplica sobre la tabla salarial que resulta del año 2027. Todo ello sin perjuicio del posible incremento adicional que pudiera operar en el año 2029, en función de que la suma de los IPC de los años 2026 y 2027 superase el umbral de 3 puntos previsto en el convenio. Segundo: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.B) y en la Disposición Transitoria I del convenio colectivo de Locales y Campos Deportivos de Bizkaia se aprueban las tablas salariales para el año 2026 en relación al personal del resto de empresas (Anexo II) y en relación al personal fijo discontinuo del resto de empresas en todos los deportes, ferias y exposiciones (Anexo III), con un incremento en ambos casos equivalente al 2,90% (IPC del año 2025) en base a lo previsto en las mencionadas disposiciones del convenio colectivo sectorial. Tercero: Encomendar al Consejo de Relaciones Laborales en la persona de su presidenta, Emilia Málaga Pérez, que proceda a presentar a la Autoridad Laboral el presente acuerdo y sus anexos a efectos de su registro y publicación oficial en el «Boletín Oficial de Bizkaia». 

UGT LAB CCOO CEBEK

ANEXO I

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)

ANEXO II RESTO DE EMPRESAS

(TABLA OMITIDA. CONSULTAR EN DOCUMENTO PDF DE PUBLICACIÓN)