Convenio Colectivo de Emp...84) de BOE

Última revisión
04/08/2025

Revisión. Convenio Colectivo de Empresa de ONCE Y SU PERSONAL (90003912011984) de BOE

Empresa Estatal. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2025 en adelante

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Resolución de 14 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para 2025 del XVII Convenio colectivo de la Organización Nacional de Ciegos. (Boletín Oficial del Estado num. 186 de 04/08/2025)

Visto el texto del Acta en la que se pactan las tablas salariales para 2025 del XVII Convenio colectivo de la Organización Nacional de Ciegos (ONCE) ?código de convenio 90003912011984?, que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 8 de diciembre de 2022, acta que ha sido suscrita en fecha 17 de diciembre de 2024, de una parte por las personas designadas por la dirección de la empresa, en representación de la misma y, de otra, por la sección sindical de UGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales para 2025 en el correspondiente registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de julio de 2025.?La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

ACUERDOS DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL XVII CONVENIO COLECTIVO DE LA ONCE Y SU PERSONAL

En Madrid, el 17 de diciembre de 2024, se reúnen las representaciones de la empresa y de los trabajadores, constituidas en Comisión Negociadora del XVII Convenio Colectivo de la ONCE y su Personal, convocada a estos efectos, de conformidad con el artículo 88 del Estatuto de los Trabajadores.

Se aprueba por mayoría la actualización del apartado 7 del artículo 48 del XVII Convenio Colectivo («Comisiones anuales por venta»), cuya redacción queda como sigue:

«En el año 2025 se aplicará la siguiente:

Tabla de comisiones (datos de venta en euros)

(VER PDF)