Última revisión
03/03/2026
Revisión. Convenio Colectivo de Sector de GRUAS MOVILES AUTOPROPULSADAS (33004255012007) de Asturias
Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2025 en adelante
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Resolución de 18 de febrero de 2026, de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo, por la que se ordena la inscripción y publicación de la tabla salarial definitiva para el año 2025 y la provisional para 2026, del convenio colectivo del sector de Grúas Móviles Autopropulsadas de Asturias, en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Empleo y Asuntos Laborales. (Boletín Oficial del Principado de Asturias num. 42 de 03/03/2026)
Visto el acta de la Comisión Paritaria del convenio colectivo de sector Grúas Móviles Autopropulsadas de Asturias (expediente C-034/2007, código 33004255012007), recibido a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad del Principado de Asturias el 16 de febrero de 2026, en la que se acuerda la tabla salarial definitiva para el año 2025 y la provisional para 2026, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 19 de mayo de 2025, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Ciencia, Industria y Empleo en la persona titular de la Dirección General de Empleo y Asuntos Laborales, por la presente,
RESUELVO
Primero.?Ordenar su inscripción en el Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad el Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Empleo y Asuntos Laborales, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.?Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Oviedo, a 18 de febrero de 2026. ?La Directora General de Empleo y Asuntos Laborales (P. D. autorizada en Resolución de 19 de mayo de 2025, publicada en el BOPA n.º 98, de 23/05/2025).?Cód. 2026-01458.
Acta de la reunión de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo regional para el sector de Grúas Autopropulsadas del Principado de Asturias
Por los Trabajadores:
D. Carlos Bermúdez López.
D. Arcadio Álvarez de la Grana.
D. Juan Antonio García Delgado.
D. Ignacio Lozano Fernández.
Por los empresarios:
D. José Manuel García Suárez.
D. Raúl Mario Ursueguía Egurza.
En Oviedo, siendo las dieciocho horas del día 28 de enero de 2026, se reúnen los miembros de la Comisión Paritaria, la reunión tiene por objeto dar cumplimiento a lo acordado en el artículo n.º 37 del Convenio Colectivo, que fue suscrito con fecha 17 de agosto de 2007 y publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias con fecha 19 de septiembre de 2007.
Después de las consideraciones oportunas, se adoptan los siguientes acuerdos:
1.º Fijación de las tablas salariales provisionales para el año 2026, de acuerdo al anexo I, que se adjunta a esta acta. Se hace constar que las referidas tablas salariales, de conformidad con lo previsto en el artículo 37 del Convenio Colectivo, se han calculado sobre las tablas salariales del ejercicio 2025, que se adjuntan como anexo II a esta acta. Las referidas tablas salariales del ejercicio 2025 lo son con efectos del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dicho ejercicio.
2.º Se acuerda remitir la presente Acta, junto a los anexos enunciados en los puntos anteriores, a la Dirección General de Empleo y Formación del Principado de Asturias, a los efectos de su registro y depósito, facultándose para este trámite a D. Raúl Ursueguía Egurza, a fin de disponer su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, extendiéndose la presente acta que firman de conformidad todos los presentes.
ANEXO I TABLA SALARIAL 2026
(VER PDF)
