Última revisión
25/02/2026
Revisión. Convenio Colectivo de Sector de TELEVISION LOCAL Y REGIONAL (78000205012002) de Castilla y León
Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2026 en adelante
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RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2026, de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, por la que se dispone la inscripción en el Registro Central de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo y la publicación, de la tabla salarial para el año 2026 del VIII convenio colectivo de televisiones locales y autonómicas de Castilla y León, código de convenio 78000205012002. (Boletín Oficial de Castilla y León num. 38 de 25/02/2026)
Visto el texto del acuerdo de la Comisión Negociadora del VIII Convenio Colectivo de Televisiones Locales y Autonómicas de Castilla y León, suscrito el 3 de febrero de 2026, de una parte por la representación de la empresa, y de otra por la representación de los trabajadores, por el que se aprueba la tabla salarial para el año 2026, de conformidad con el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y el Decreto 8/2022, de 5 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, esta Dirección General
ACUERDA
Primero: Ordenar la inscripción de la citada tabla salarial en el Registro de este Centro Directivo con funcionamiento a través de medios electrónicos, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Así lo acuerdo y firmo.
Valladolid, 20 de febrero de 2026.
El Director General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales,
Fdo.: José Manuel Barrios Costa
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA
1/2026
VIII CONVENIO COLECTIVO DE TELEVISIONES LOCALESY AUTONÓMICAS DE CASTILLA Y LEÓN
Fecha: 3 de febrero de 2026
Hora: 16:30 h
Lugar: Sede de RTVCyL, Manuel Carmesí n.º 1, 47016 Valladolid
ORDEN DEL DÍA:
? Actualización de tablas salariales para el año 2026
ASISTENTES
Representación Sindical:
1. G.D.P. (FSC-CCOO)
2. F.P.G.R. (FSC-CCOO)
3. D.C.G.G. (FESMC-UGT)
Representación Empresarial (Asociación de Empresas de Televisión de Castilla y León):
1. J.S.D.
2. M.A.P.G.
3. J.C.D.A.
Reunida la Comisión Negociadora del VIII Convenio Colectivo de Televisiones Locales y Autonómicas de Castilla y León, en el lugar, fecha y hora arriba indicados, y conforme a lo establecido en los artículos 5.3 y 33 del citado Convenio, se procede a la actualización de las tablas salariales para el ejercicio 2026.
DATOS ECONÓMICOS PARA LA REVISIÓN 2026
Incremento aplicable 2026: 2,9%
ACUERDOS ADOPTADOS
Primero. Una vez conocido el IPC real del año 2025 a 31 de diciembre, la Comisión Negociadora acuerda aplicar dicho porcentaje de incremento a todos los conceptos económicos del Convenio para el ejercicio 2026.
Segundo. El incremento acordado se aplicará de forma lineal y proporcional a todos los conceptos económicos recogidos en las tablas salariales del Anexo I del Convenio.
Tercero. Las nuevas tablas salariales actualizadas para 2026 se incorporarán al Anexo I revisado del VIII Convenio Colectivo de Televisiones Locales y Autonómicas de Castilla y León, con el código 78000205012002 y tendrán efectos económicos desde el 1 de enero de 2026.
Cuarto. La presente actualización salarial será remitida a la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo de la Junta de Castilla y León para su registro en el Registro Central de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo (REGCON), conforme al artículo 5.3 del Convenio.
Quinto. Se autoriza a D. G.D.P. para efectuar registro en el REGCON el presente acuerdo.
Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión, redactándose la presente acta que será firmada por todos los asistentes en señal de conformidad.
En Valladolid, a 03 de febrero de 2026
TABLAS SALARIALES
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